Archivan la causa por cohecho contra López Madrid y Villarejo pero aún deben ser juzgados por acoso y lesiones a Elisa Pinto
La Audiencia da carpetazo únicamente al juicio por cohecho, ya que Pinto era la única acusación y no estaba legitimada para acusar en solitario por este delito.
No obstante, un Juzgado de lo Penal tiene previsto juzgar al empresario y al comisario jubilado por presunto acoso, amenazas y lesiones.
La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha decidido archivar definitivamente la causa seguida por un supuesto delito de cohecho contra Javier López Madrid y José Manuel Villarejo.
En ella se investigaba si fue delictivo el supuesto encargo que recibió el excomisario de parte del empresario para perjudicar a la doctora y dermatóloga María Elisa Pinto, debido a un conflicto personal.
En una resolución de 64 folios, a la que ha tenido acceso EL ESPAÑOL, los magistrados de la Sección Cuarta anulan la apertura de juicio oral y dan la razón a la defensa del empresario, ya que la doctora "no está legitimada" para acusar, en solitario, por un supuesto delito de cohecho. No es ni ofendida ni perjudicada por el delito.
Y no existen más acusaciones en esta causa después de que la Fiscalía decidiese no dirigirse contra el empresario en esta pieza del caso Villarejo y fuese imitada por el partido Podemos, que ejercía hasta entonces la acusación popular.
Ahora bien, aún debe celebrarse un juicio, en el Juzgado de lo Penal número 10 de Madrid, contra estos dos mismos acusados por los supuestos delitos de lesiones, amenazas y acoso.
Lo que la Sala de lo Penal ha decidido es anular el juicio que iba a celebrarse en la Audiencia Nacional por el supuesto delito de cohecho. Como explica el tribunal, su decisión no puede ser otra que la solicitada por la defensa de López Madrid.
Es decir, "la nulidad de las actuaciones; en concreto, del auto de apertura de juicio oral, y el sobreseimiento y archivo de las actuaciones, al carecer de legitimación la acusación particular, única que interesaba la condena [por cohecho de López Madrid y de Villarejo]".
El juicio por este delito iba a celebrarse el pasado noviembre en la Audiencia Nacional, pero la Sala acordó suspenderlo debido a la enfermedad de la letrada de la doctora Pinto. El tribunal anunció que resolvería "las cuestiones previas de modo anticipado a la celebración del nuevo juicio". Y así lo ha hecho, anulando la resolución anterior que ordenaba la celebración de este juicio y archivando definitivamente esta causa.
No obstante, la Sala, en su resolución, realiza una precisión importante. Aunque haya decidido el archivo definitivo de la causa, esta postura "se encuentra muy alejada de lo que supone un sobreseimiento libre por no ser los hechos constitutivos de delitos".
A renglón seguido, indica que no ha entrado en el fondo del asunto, ya que la falta de legitimación de Pinto para acusar por cohecho ya obliga a dar carpetazo a este procedimiento.
En su resolución, la Sala subraya que, pese a su decisión, "en ningún caso la señora Pinto quedaría en situación de indefensión material", ya los hechos que relataba su escrito de acusación en esta pieza coinciden, en gran parte, con los que enjuiciará el Juzgado de lo Penal número 10 de Madrid.
"La señora Pinto no ha sido perjudicada por el delito de cohecho objeto de denuncia. El hecho de que fuera indebidamente tenida como acusación particular en la fase de instrucción no obsta a que pueda ser expurgada del procedimiento en cualquier momento", señala la Sección Cuarta de la Sala de lo Penal.
"La legitimación de la acusación particular para ejercicio de la acción penal nace de su condición de ofendido por el delito", explican.
El tribunal también rechaza la petición de la dermatóloga de convertirse en acusación popular justo antes de la celebración del juicio oral. "Entraña un evidente fraude de ley procesal", indican los magistrados Juan Francisco Martel, Francisco Segura y Fermín Echarri.
El "escollo" y el "peregrinaje"
Los tres jueces señalan en la mencionada resolución que su decisión de archivo, "además de no causar indefensión [a Pinto], desde otro punto de vista, despeja el camino para la defensa íntegra de sus postulados ante el Juzgado de lo Penal número 10 de Madrid".
De hecho, creen que, en parte, el archivo de este procedimiento beneficiaría, incluso, a Pinto, ya que los magistrados prevén que, de celebrarse el juicio, la doctora hubiera tenido que "soportar" un "largo peregrinaje", debido a "la imposibilidad de señalar el juicio oral en fechas próximas".
Además, "sin ánimo de prejuzgar", subrayan la "dificultad de alcanzar una hipótesis condenatoria en la presente causa", a la vista de lo narrado por el fiscal en el escrito en el que rechazaba acusar a López Madrid y a Villarejo. En resumen, "dado el importante escollo acreditativo de algunos de los elementos esenciales del delito de cohecho, como es el pago de la dádiva".
El otro juicio
No habrá, por tanto, juicio en la Audiencia Nacional sobre este asunto. Pero, en efecto, aún debe celebrarse en el otro procedimiento en el que la dermatóloga acusa a Villarejo y a López Madrid.
Tal y como relató la Fiscalía en aquella otra causa (en la que sí ejerce la acusación), Pinto era médico de la familia del empresario, que es presidente de Ferroglobe y consejero delegado del Grupo Villar Mir. Y ambos iniciaron una relación de estrecha amistad en 2013.
A partir de entonces, y hasta septiembre de 2013, comenzó a recibir regalos, mensajes subidos de tono, fotografías sexuales o a tener encuentros "deliberadamente" casuales en sitios públicos (tiendas, restaurantes y lugar de trabajo), además de llamadas telefónicas y correos electrónicos. Así lo narra el escrito de acusación de la Fiscalía en dicho procedimiento.
Según aquel documento, en septiembre de 2013, López Madrid contactó con Villarejo por el temor a que la doctora le denunciara. De acuerdo con esta versión, el comisario aceptó el encargo y se dedicó a "hostigar" a la mujer, poniendo a disposición particular del empresario los medios policiales necesarios para desacreditar a la doctora.
"Que cierres la boca"
En dicho procedimiento, la Fiscalía atribuye a Villarejo y López Madrid dos agresiones físicas a Pinto. La primera se habría producido el 13 de enero de 2014.
Cuando la mujer se encontraba en el interior de su vehículo parado en la calle, una persona desconocida se habría introducido en la parte trasera del coche y, "esgrimiendo un cuchillo", se lo habría clavado en el hombro mientras le decía: "Estás indefensa".
La segunda habría ocurrido el 10 de abril de ese año, cuando Pinto iba con su hijo menor en su vehículo. Tras bajarse del automóvil para buscar el alzador para el niño, habría sido abordada por Villarejo, quien, según la Fiscalía, hizo a la víctima un corte en el abdomen con un instrumento cortante. A la vez, el excomisario le habría dicho: "López Madrid quiere que cierres la boca".