La teniente fiscal interrumpe sus vacaciones para pedir a Llarena que no encarcele a Puigdemont
Sánchez Conde defiende la aplicación de la Ley de Amnistía al expresidente catalán y ha pedido al juez que "deje sin efecto la orden de detención".
8 agosto, 2024 02:29El anunciado regreso a España del expresidente catalán Carles Puigdemont ha movilizado a la Fiscalía General ante la previsión de que sea detenido y puesto a disposición del juez instructor del procés, el magistrado del Tribunal Supremo Pablo Llarena, que tiene activa una orden de arresto contra él.
La propia teniente fiscal del Tribunal Supremo, María Ángeles Sánchez Conde, que se encontraba de vacaciones en el norte de España, tiene previsto asistir a la eventual comparecencia de Puigdemont en el Tribunal Supremo, donde, tras casi siete años de fuga, se le comunicaría su procesamiento por los delitos de malversación de fondos públicos y desobediencia al Tribunal Constitucional en el marco del proceso soberanista catalán.
Sería también el momento de recibir declaración al encausado y de celebrar la audiencia a las partes (la denominada 'vistilla') para determinar si procede adoptar contra él alguna medida cautelar.
El escenario de la prisión preventiva de Puigdemont no es, en absoluto, descartable. Las propias manifestaciones del expresidente catalán ponen de manifiesto el riesgo de reiteración delictiva y su acreditada simpatía por eludir la acción de la Justicia haría altamente probable que, de ser puesto en libertad, volviera a darse a la fuga, frustrando el enjuiciamiento de una causa a la que el Tribunal Supremo no considera aplicable la Ley de Amnistía.
Solo si una parte lo pide
Llarena no es autónomo para encarcelar preventivamente a Puigdemont. La ley establece que solo podrá valorar esa medida si la solicita alguna de las partes que intervienen en la causa. Vox, que ejerce la acusación popular, ya ha anunciado que pedirá la prisión provisional incondicional del procesado.
Ni la Abogacía del Estado ni la Fiscalía instarán esa medida. Fuentes del Ministerio Público explican que no sería coherente pedir la prisión de Puigdemont cuando se considera que los hechos por los que está procesado deben ser amnistiados.
Sánchez Conde firmó el pasado 19 de junio el escrito en el que instaba el sobreseimiento libre de la causa dirigida contra Puigdemont al sostener que la amnistía cubre tanto el delito de malversación de fondos como el de desobediencia.
Este criterio fue el que prosperó, por una ajustada mayoría, en la Junta de Fiscales de Sala y la teniente fiscal fue la encargada de defenderlo en las alegaciones entregadas a Llarena.
El magistrado, sin embargo, resolvió el 1 de julio que la malversación del procés no puede ser amnistiada al haberse producido un lucro personal en los encausados, que financiaron con fondos públicos, en vez de con los suyos propios, los gastos del proceso independentista que quisieron llevar a cabo. La existencia de lucro personal fue una de las excepciones introducidas en la Ley de Amnistía con la intención de que fuera acorde con el crítico informe de la Comisión de Venecia.
Sánchez Conde impugnó la decisión de Llarena con un recurso en el que pidió expresamente que se "dejara sin efecto las órdenes nacionales de detención emitidas".
Ese criterio, según el cual es improcedente incluso la detención de Puigdemont, impide con claridad que la Fiscalía pudiera pedir o apoyar su encarcelamiento.