Varias personas rezan el rosario en la iglesia cercana a Ferraz, el pasado noviembre.

Varias personas rezan el rosario en la iglesia cercana a Ferraz, el pasado noviembre. Europa Press

Tribunales

El TSJ de Madrid autoriza el rezo del rosario contra la amnistía ante la sede del PSOE los días 8 y 9 de junio

La sentencia estima el recurso presentado contra la resolución de la Junta Electoral Provincial y del delegado del Gobierno, que lo prohibieron.

5 junio, 2024 19:09

La Justicia ha autorizado dos concentraciones para que un grupo de personas recen el rosario a escasos metros de la sede del PSOE, en la madrileña calle de Ferraz, durante la jornada de reflexión y en la propia noche electoral de las elecciones europeas. Es decir, los próximos días 8 y 9 de junio.

Estos actos tienen como objetivo protestar contra la Ley de Amnistía y llevan varios meses celebrándose en el mismo lugar.

En una sentencia, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) estima el recurso presentado por uno de los organizadores de estos rosarios, que impugnó la resolución de la Junta Electoral Provincial, aplicada después por el delegado del Gobierno en Madrid, que prohibió a finales del pasado mayo esas concentraciones.

La sentencia, a la que ha tenido acceso EL ESPAÑOL, es firme. Tumba esas prohibiciones y permite el rezo del rosario en las escaleras de la parroquia situada a escasos metros de la sede nacional socialista.

"Teniendo en cuenta el carácter de exposición pública y colectiva de ideas, opiniones o reivindicaciones que es consustancial al ejercicio del derecho de reunión, es elemental que, por principio, toda reunión o manifestación puede conectarse en último término, y aunque sea remotamente, con el debate político y, por lo mismo, con las decisiones de los electores", exponen los jueces.

A renglón seguido, reprochan que, de aceptar el planteamiento de la Junta Electoral Provincial y del Delegado del Gobierno, "llegaríamos al absurdo de admitir la prohibición de toda reunión o manifestación por el simple hecho de serlo y coincidir con la jornada de reflexión previa a unas elecciones o con el día de las elecciones".

El TSJ madrileño indica que la prohibición de las concentraciones, por el hecho de que se celebren en los días 8 y 9 de junio, a horas de las elecciones europeas, no está justificada suficientemente, por mucho que se pretenda "garantizar la pureza del proceso electoral".

Decenas de personas durante las manifestaciones en contra de la Ley de Amnistía en Ferraz.

Decenas de personas durante las manifestaciones en contra de la Ley de Amnistía en Ferraz. Europa Press

"No obedece a ninguna razón fundada. Puede entenderse, aunque no se dice nada en este sentido de forma expresa en las resoluciones recurridas, que tal prohibición se  debe a meras sospechas sobre la posibilidad de que la concentración esos dos días pudiera perturbar la deseable neutralidad política propia de la jornada de reflexión, así como el ejercicio del derecho de voto de los ciudadanos el día de la jornada electoral", admiten los magistrados.

No obstante, insisten en que ésas son las razones que esgrimió la Abogacía del Estado en defensa de la Delegación del Gobierno, "pero que ni siquiera se recogen de esta forma en las resoluciones recurridas".

Y la doctrina del Tribunal Constitucional establece que solamente podrá limitarse el derecho de reunión en fechas que coincidan con los procesos electorales cuando existan razones fundamentadas que justifiquen esta medida restrictiva, como la de "que esa concentración se convoque con la clara finalidad de obtener sufragios, lo que no acontece en este supuesto".

El rosario en Ferraz

Quien ha presentado el recurso en el TSJM es José Andrés Calderón, un joven católico que, la mayor parte de los días que se ha convocado, ha liderado estos rezos, megáfono en mano.

Dichas concentraciones comenzaron mientras se tramitaba la Ley de Amnistía, que fue finalmente aprobada por el Congreso de los Diputados la semana pasada.

En un comunicado, el delegado de Gobierno en Madrid, Francisco Martín, ha señalado que respeta dicha sentencia. No obstante, reprocha que, a través de dicha resolución, "el TSJM ha decidido avalar una concentración de motivación política, en la  jornada de reflexión y en la jornada de votación de las elecciones europeas, en contra del criterio de la Junta Electoral Provincial".

"La Delegación del Gobierno no ha hecho más que trasladar una resolución de prohibición de la Junta Electoral Provincial", expresa Marín en el comunicado, en el que incide en que, "con todo lo anterior, en Madrid, el 8 de junio de 2024, jornada de reflexión de las elecciones europeas y el 9 de junio, jornada de votación, se producirán concentraciones con motivación política".