
El Fiscal General del Estado, Álvaro García Ortiz,
El fiscal pide convertir en testigos a los periodistas investigados por publicar noticias del 'caso García Ortiz'
Un Juzgado de Madrid ha citado a declarar a cuatro periodistas por publicar, como hicieron decenas de medios, el contenido de un informe policial.
Más información: Una juez cita como investigados a cuatro periodistas por publicar un informe de la UCO del caso contra García Ortiz
La Fiscalía ha solicitado convertir en testigos a los cuatro periodistas investigados por publicar detalles de un informe policial sobre el caso García Ortiz, en el que está encausado el fiscal general del Estado.
Se trata de una redactora de El País, dos de El Mundo y un último, de 20 minutos. No obstante, fueron decenas los medios de comunicación (radios, prensa escrita, prensa digital, televisiones, agencias de noticias...) los que difundieron la misma noticia que ellos.
Ahora bien, el Juzgado de Instrucción número 20 de Madrid ha citado a declarar sólo a estos cuatro periodistas para el próximo 19 de junio. ¿Por qué? Por un supuesto delito de revelación de secretos por particular (del artículo 199 del Código Penal).
Dicho precepto reza así: "1) El que revelare secretos ajenos, de los que tenga conocimiento por razón de su oficio o sus relaciones laborales, será castigado con la pena de prisión de uno a tres años y multa de seis a doce meses".
Y continúa: "2) El profesional que, con incumplimiento de su obligación de sigilo o reserva, divulgue los secretos de otra persona será castigado con la pena de prisión de uno a cuatro años, multa de doce a veinticuatro meses e inhabilitación especial para dicha profesión por tiempo de dos a seis años".
Sin embargo, la Fiscalía indica, pese a reconocer que se trata de una "cuestión compleja", que los periodistas investigados "son meros intermediarios naturales en el proceso comunicativo" y "en ningún caso pueden ser responsables de un delito de la naturaleza del pretendido".
"No consta que sean ellos los que se hayan apoderado del informe en cuestión", añade el Ministerio Público, contrario a una "interpretación extensiva" de este tipo penal.
"Cuestión polémica"
Admite el fiscal que no existe aún una regulación específica sobre el secreto profesional de los periodistas, que sí está consagrado en el artículo 20 de la Constitución. Existen, señala, "amplios márgenes de incertidumbre" alrededor de sus límites y ejercicio. Y reconoce que se trata de una "cuestión polémica" desde el punto de vista jurídico.
Ahora bien, sí descarta rotundamente, por otro lado, que la actuación de los informadores investigados pueda encuadrarse en el artículo 417 del Código Penal.
Este último tan sólo sanciona a "la autoridad o funcionario público que revelare secretos o informaciones de los que tenga conocimiento por razón de su oficio o cargo y que no deban ser divulgados".
La Fiscalía recalca que el 417 menciona explícitamente a las personas que deben cometer el delito para que dicho artículo sea de aplicación. Y no es el caso de los periodistas. Sí podría serlo cuando un funcionario filtra un documento que forma parte de un sumario. Pero no cuando un reportero que lo obtiene y lo publica.
"El tipo penal del delito de revelación de secretos por infracción del secreto de sumario es un delito de los denominados de propia mano, que exige que el sujeto activo sea alguno de los que de manera taxativa establece el precepto, por lo que sólo puede ser cometido por los sujetos que de manera restrictiva constan en el citado precepto antedicho: funcionarios públicos y en su caso abogados y procuradores", razona el fiscal.
"Los periodistas, por tanto, no pueden cometer el citado delito, dado que no revisten la condición subjetiva exigida por el tipo penal, esto es, la condición de funcionarios públicos", señala.
"En consecuencia, no deben ser citados como imputados en la causa, por la simple razón de que, jurídicamente, es imposible que pueda cometer el delito del que se les imputa", concluye el fiscal.
"Ni tan siquiera en la condición de inductores (...), por cuanto no existe ningún elemento, ni siquiera indiciario, que acredite que dichos periodistas influyeron de manera directa y eficaz sobre las personas no identificadas que filtraron el informe", añade.
El 'caso García Ortiz'
En el caso García Ortiz, el fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, está investigado por el Supremo, a raíz de la difusión en la prensa de un correo electrónico en el que el abogado de Alberto González Amador, novio de Isabel Díaz Ayuso, admitía que su cliente había cometido dos delitos de fraude fiscal.
En dicha causa, también está investigada la fiscal provincial de Madrid, Pilar Rodríguez. Fue ella quien presentó una queja por la difusión en la prensa del mencionado informe policial.

La jefa de la Fiscalía Provincial de Madrid, Pilar Rodríguez.
En él, la Guardia Civil analizaba los chats del móvil de García Ortiz. Por ello, en el dosier aparecía el número de teléfono de Rodríguez y sus conversaciones con su superior. No obstante, la prensa en ningún caso difundió el número de teléfono de la fiscal provincial ni su dirección de e-mail.
Aquella queja fue enviada por el Supremo a los Juzgados de Plaza de Castilla, que abrieron una causa en la que los mencionados periodistas han sido citados a declarar como investigados. Pero el fiscal considera que no deben hacerlo en esa condición, sino como testigos.
Por otro lado, de forma paralela, existen otras diligencias en el mismo Juzgado abiertas a raíz de la difusión en EL ESPAÑOL del acta del registro del despacho de García Ortiz.
Este segundo procedimiento se deriva de una queja distinta: la formulada por la defensa de Alberto González Amador a raíz de la publicación de dicho acta.
En el caso García Ortiz, el novio de Ayuso acusa al fiscal general del Estado de ser quien filtró a la prensa el correo electrónico en el que su letrado admitía el fraude fiscal. En esta causa, el Supremo investiga el recorrido de ese e-mail hasta los medios. El juez Ángel Hurtado, indiciariamente, atribuye al fiscal general del Estado otro delito de revelación de secretos.