El TC rechaza de plano por unanimidad las recusaciones del PP en el caso de los ERE
Considera extemporánea la pretensión del Partido Popular de apartar a la vicepresidenta, Inmaculada Montalbán, y a la magistrada Balaguer.
16 julio, 2024 13:35El Pleno del Tribunal Constitucional ha inadmitido de plano a primera hora de este martes las recusaciones de la vicepresidenta, Inmaculada Montalbán, y de la magistrada María Luisa Balaguer, a las que el Partido Popular ha pretendido apartar de la decisión sobre las últimas cinco demandas de amparo de condenados por el fraude de los ERE pendientes de resolver.
El tribunal ha respaldado por unanimidad una propuesta del magistrado ponente, Ricardo Enríquez (propuesto por el PP), en la que se considera extemporánea la pretensión del PP.
Pese a que el PP lleva personado en los procesos de amparo relacionados con el caso ERE desde hace más de un año, el escrito de recusación se presentó ayer lunes, a 24 horas de que el Constitucional empezase a deliberar sobre las demandas de los dos expresidentes socialistas de la Junta de Andalucía, Manuel Chaves y José Antonio Griñán.
La ley establece que las recusaciones deben presentarse "tan pronto como se tenga conocimiento de la causa en que se funde, pues, en otro caso, no se admitirá a trámite".
Para el TC, las causas invocadas para la recusación -haber ocupado un cargo público con ocasión del cual el recusado haya participado directa o indirectamente en el asunto objeto del pleito o en otro relacionado con el mismo- se basan en datos que eran públicos y pudieron ser conocidos desde el primer momento.
En el caso de Montalbán, el PP alegó que cuando fue magistrada de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía tomó parte en la resolución de procesos judiciales referidos a ayudas sociolaborales o a empresas.
En el caso de María Luisa Balaguer, la recusación se refiere a su intervención, como miembro del Consejo Consultivo de la Junta de Andalucía, en la emisión de dictámenes relativos a revisión de oficio de las ayudas sociolaborales o a empresas entre 212 y 2015.
Tanto las sentencias como los dictámenes son documentos públicos. Por ello, la recusación de Montalbán y Balaguer ha sido inadmitida a limine, es decir, de entrada, sin necesidad de trámites.
Tras el rechazo de las recusaciones, el TC ha podido entrar a deliberar sobre las demandas de amparo de los expresidentes socialistas de la Junta de Analucía Manuel Chaves y José Antonio Griñán.