Obligan a abstenerse a una jueza porque su marido es abogado habitual de una de las partes
En esta causa, el letrado, esposo de la magistrada, no está personado. Pero la denunciada es su clienta habitual. La Audiencia Provincial de Badajoz, en una resolución novedosa, obliga a la juez a apartarse.
31 octubre, 2023 02:39La Audiencia Provincial de Badajoz ha obligado a una juez de la localidad a apartarse de la instrucción de un procedimiento judicial, ya que una de las partes es cliente habitual del marido de la magistrada.
Así consta en una resolución, fechada el 25 de octubre, que estima la recusación formulada contra la jueza Esther Sara Vila, titular del Juzgado de Instrucción número 1 de la localidad.
El tribunal compuesto por José Antonio Patrocino Polo, Dolores Fernández Gallardo y José Antonio Bobadilla considera que, pese a que el marido de la instructora no figura como abogado en esta causa, el hecho de que sea el letrado habitual de la denunciada es asimilable a que sí estuviera personado.
La ley establece explícitamente varios motivos por los cuales un juez o jueza debe apartarse de una causa. Entre ellos, que tenga un "interés directo" en la causa, que conste una "enemistad manifiesta" o una "amistad íntima" con algún letrado o que éste sea su esposo/marido/pareja o familiar.
"Si bien es cierto que no consta la personación en la presente causa como letrado de la denunciada (...) del marido de la magistrada recusada, don Juan Antonio Díaz Ambrona, visto la relación documentada de asuntos seguidos en distintos Juzgados de Badajoz en los que es parte [la denunciada] y el letrado que le asiste es el esposo de la magistrada recusada, entendemos que también concurre la causa [de abstención por vínculo matrimonial], aun cuando no concurra expresamente el requisito de intervención en el pleito o causa", señala la Audiencia pacense.
A renglón seguido, el tribunal señala que la enumeración de motivos que pueden justificar que un juez deba apartarse de una casa no es "de carácter cerrado". "Ha de estarse al caso concreto, de modo que se identifican por vía analógica supuestos no tasados legalmente", señalan.
Todo ello, para salvaguardar el principio de apariencia de imparcialidad, "cuya interpretación debe hacerse en la forma más favorable al mayor alcance o efectividad del mismo".
La Fiscalía se había opuesto a que la juez tuviera que apartarse y tachó de "falsas" e infundadas las acusaciones vertidas por el denunciante, que señaló también que la instructora tenía una "manifiesta enemistad" hacia él.
"Ser y parecer imparcial"
La magistrada también se pronunció en contra de apartarse de la causa. En un escrito, consultado por EL ESPAÑOL, Esther Sara Vila defiende que "no constando aún personación del letrado [Díaz Ambrona] en la causa, difícilmente puede exigirse responsabilidad alguna a esta magistrada por no abstenerse".
"En el caso que nos ocupa, el letrado referido, marido de esta juzgadora, no ha tenido intervención de ningún tipo, ni personándose, ni interviniendo de forma alguna en la
causa", se escudó la juez instructora en respuesta a su recusación.
Ahora bien, como sucede con la mujer del César en el refranero español, la Audiencia Provincial de Badajoz subraya que un juez "ha de ser, y también ha de aparecer, como alguien que no tenga respecto a la cuestión concreta sobre la que ha de resolver y en cuanto a las personas interesadas en ella, ninguna idea preconcebida ni ninguna relación que pueda enturbiar su imparcialidad". Por ello, los magistrados ordenan a la jueza Vila "apartarse definitivamente" de este procedimiento judicial.
"Incluso las apariencias pueden tener importancia, pues pueden afectar a la confianza que los tribunales de una sociedad democrática deben inspirar los ciudadanos en general, y en particular a quienes son parte en el proceso", recalca el tribunal. "Eso sí, no cualquier apariencia, desde luego, sino sólo cuando pueda hacer surgir dudas objetivamente justificadas", matiza.
En este procedimiento judicial pleitean un hombre y una mujer que fueron matrimonio. Ahora, ya como expareja, se enfrentan por el supuesto incumplimiento de ella del régimen vacacional de la hija que tienen en común, del que el varón acusa a su exesposa. El letrado habitual de esta última —y también, del padre de ésta— en otras causas judiciales es Díaz Ambrona, marido de la hasta ahora instructora de esta causa penal.