Carmen Martínez Aguayo, durante su declaración en el juicio de los ERE en Sevilla./

Carmen Martínez Aguayo, durante su declaración en el juicio de los ERE en Sevilla./ Efe

Tribunales

Dos condenados por los ERE piden su indulto porque es "innecesario" que vayan a la cárcel

Martínez Aguayo y Vallejo esgrimen que el fin de la privación de libertad es la reinserción social y ellos se encuentran "plenamente resocializados".

26 septiembre, 2022 02:06

Las peticiones de indulto presentadas en el Ministerio de Justicia por los familiares de Carmen Martínez Aguayo y Francisco Vallejo cuestionan la necesidad de que ambos exaltos cargos socialistas de la Junta de Andalucía cumplan la pena de prisión que se les ha impuesto por el fraude los ERE.

"Caben serias dudas de que se pueda cumplir con la finalidad asignada por nuestra Norma Suprema a la pena de prisión porque las penas privativas de libertad tienen que estar orientadas hacia la reeducación y reinserción social" y la que fue sucesora de José Antonio Griñán al frente de la Consejería de Economía "se encuentra plenamente resocializada", indica el escrito de solicitud de indulto a favor de Martínez Aguayo.

En la misma línea, el exconsejero de Innovación alega que la ejecución de la pena de prisión es "innecesaria" porque "se convertiría en una pura herramienta de desocialización".

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Carmen Martínez Aguayo, que fue entre 2004 y 2013 viceconsejera y luego consejera de Economía en el Gobierno andaluz, ha sido condenada a seis años de prisión y 15 de inhabilitación absoluta por delitos de prevaricación y malversación de fondos públicos.

"Papel central" de Aguayo

El Tribunal Supremo destacó en su sentencia su "papel central en la elaboración de las normas presupuestarias" y el "muy importante" caudal de información que poseía sobre la ejecución del presupuesto y sus desviaciones.

Aguayo fue una de las autoridades que recibió el informe de la Intervención General de la Junta relativo a las ayudas sociolaborales pagadas por el Instituto de Fomento de Andalucía (IFA) en el ejercicio de 2003. Ese informe es clave porque puso de manifiesto la ilegalidad del mecanismo presupuestario articulado para el pago de esas subvenciones.

Pese a ello, "y con conocimiento de los incumplimientos de la normativa vigente, Martínez Aguayo no modificó junto con el resto de autoridades competentes, en ningún extremo, el proceder de los ejercicios anteriores, interviniendo en la tramitación y aprobación de los distintos anteproyectos de ley de presupuestos de 2005 a 2009 así como en la aprobación de distintas modificaciones presupuestarias de ese mismo período de tiempo, dando lugar a la indebida disposición de fondos públicos".

También fue receptora de posteriores informes de la Intervención en los que se repetía la constatación de irregularidades que, por su gravedad, "no podían pasar desapercibidas", dice el Supremo.

Además, Aguayo era miembro del Consejo Rector de IDEA, el organismo sucesor del IFA. A través del IFA y de IDEA se distribuyeron los fondos mediante un artificio presupuestario que buscaba eliminar los controles de legalidad y gracias al cual se entregaron ayudas por importe de casi 680 millones de euros al margen de los requisitos legales.

Entre otras, asistió a la sesión del Consejo Rector de 22 de julio de 2004 en la que se aprobaron las cuentas correspondientes al ejercicio de 2003 y en las que se hizo constar la existencia de un desfase presupuestario de 38 millones de euros derivado de las ayudas de los ERE comprometidas por la Dirección General de Trabajo.

El déficit fue reiterado y así se hizo constar en los informes de cuentas anuales del IFA/IDEA y en los informes de auditoría, pero el mecanismo no se modificó.

"Permitió la ilegalidad" 

Por su parte, Vallejo ha sido condenado a una pena superior a la de Martínez Aguayo: 7 años de cárcel y 18 años de inhabilitación absoluta.

Vallejo no sólo era miembro sino presidente de IDEA en su calidad de consejero de Innovación. Entre sus funciones estaba intervenir en la elaboración de los presupuestos de la Consejería y en los de IDEA.

El Supremo subraya en su sentencia que Vallejo "permitió la distribución ilegal de fondos". "Permitió que IDEA siguiera recibiendo de la Dirección General de Trabajo convenios particulares para que la agencia continuara materializando los pagos a pesar de la ilegalidad del sistema", afirma respecto a un procedimiento ilegal de concesión de ayudas que se prolongó durante 10 años.

Fue también receptor de los informes de la Intervención, por lo que "conociendo las irregularidades que se estaban produciendo en la gestión de los fondos, posibilitó por omisión que se siguiera reproduciendo el procedimiento ilícito".

Entrega al servicio público

Ambos condenados, sin embargo, remarcan en sus peticiones de indulto su entrega al servicio público.

"Siempre ha trabajado por y para la ciudadanía", afirma el escrito relativo a Martínez Aguayo, en el que relata su larga trayectoria en puestos públicos hasta 2019, cuando volvió a su empleo de médico de atención primaria.

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También afirma que la exconsejera de Economía, de 69 años y actualmente jubilada, "siempre ha tenido un patrimonio conocido, exiguo y ajustado estrictamente a la responsabilidad de su cargo".

"Jamás se ha enriquecido o se ha beneficiado en lo más mínimo de los hechos objeto de condena", señala, por lo que considera que existen "evidentes razones de justicia y de humanidad" para la medida de gracia.

Martínez Aguayo ha pedido el indulto total, tanto de la condena de inhabilitación como de la de prisión, aunque, de forma subsidiaria, insta el indulto parcial de la pena de cárcel.

Respecto al cumplimiento de esta última, considera que "la resocialización ordenada constitucionalmente no se podría alcanzar tanto por el momento tan tardío en que la sentencia se habría de ejecutar (cuando han transcurrido más de diez años del último de los hechos imputados y más de veinte años desde el comienzo) como por imponerse a una persona que se encuentra plenamente resocializada".

"Su ingreso en prisión empeoraría definitivamente las perspectivas resocializadoras y se caería en la situación contraria: una evidente e ineludible desocialización", indica.

Por su parte, Francisco Vallejo, que sólo pide el perdón de la pena de cárcel, afirma que "la pena de prisión es innecesaria, pudiendo afirmarse que con las restantes penas impuestas a las que no se extiende esta petición de indulto parcial, así como con otras circunstancias (tiempo transcurrido, juicio público paralelo padecido, daños colaterales durante la sustanciación del procedimiento, plena integración en la sociedad, etc.) se han logrado sobradamente los fines de la pena".

De 65 años y padre de dos menores, Vallejo enfatiza su "su plena inserción en la sociedad", por lo que "la ejecución de la pena privativa de libertad en el momento actual sólo serviría para apartarle de su familia, de su actividad profesional a una edad difícil a efectos de empleabilidad, trasladando así también a terceras personas las consecuencias negativas del cumplimiento de la pena y alejándose radicalmente dicho cumplimiento del fin constitucionalmente previsto".

Con el indulto "se evita la completa desocialización de una persona absolutamente integrada en la sociedad, que se encuentra en un momento cercano a su jubilación laboral, con la consiguiente separación de su ámbito familiar, profesional y social, con las dolorosas consecuencias y sufrimiento que de ello se derivan especialmente para sus hijos menores".

El escrito de petición de indulto afirma que el exconsejero de Innovación "fue siempre un ejemplo de honestidad, honradez y probidad. Un servidor público que antepuso a su carrera profesional los intereses generales, dedicando toda su vida, esfuerzo e inteligencia a mejorar la vida de sus conciudadanos en aquellas tareas y responsabilidades públicas que, por su mérito, capacidad y eficacia, le fueron encomendadas a lo largo del tiempo".

Como Martínez Aguayo, remarca la "ausencia de enriquecimiento personal como consecuencia de los hechos" por los que ha sido condenado.

También se apoya en el voto particular de dos de las magistradas del Tribunal Supremo y en el hecho de que su condena por malversación fue decidida por un solo voto, lo que "debe ser tenido en cuenta".

Dilaciones

Alude, asimismo, a que el "larguísimo" período de tiempo empleado en la tramitación y enjuiciamiento del caso de los ERE, que empezó a investigarse en 2011, "se ha visto traducido en un intenso padecimiento para él y toda su familia, razón suficiente para considerar que el sufrimiento y la angustia padecida en todo este tiempo se erige como suficiente para cumplir con el fin retributivo de la pena".

La duración del proceso le sirve para cuestionar igualmente el sentido y fundamento de la pena, "pues el paso del tiempo hace que la sanción penal devenga inútil e innecesaria", afirma.

El Tribunal Supremo descartó en su sentencia que se hayan producido dilaciones indebidas. 

"Una duración total de 8 años, sin la existencia de paralizaciones significativas, obliga a concluir que es razonable y se corresponde con la complejidad del proceso, sin que apreciemos que haya existido inacción o paralizaciones dignas de mención, ni tampoco una tramitación que pueda catalogarse de desordenada, premiosa o indolente", argumentó la sentencia.

"El procedimiento es de proporciones difícilmente repetibles. El número de personas investigadas supera las 250 (...). La documentación aportada y examinada es ingente; los informes, expedientes y cuestiones analizadas son de una complejidad notoria", explicó.

El caso de los ERE se compone de 119.565 folios que ocupan 328 tomos, a los que hay que añadir otros 55 de anexos.

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