Tribunales

Un año de prisión para una tuitera que se burló de Irene Villa y Miguel Ángel Blanco

El Supremo considera delictivos mensajes como "¿Qué le regalarán al sobrino de Miguel Ángel Blanco por Navidades? Un tiovivo".

13 julio, 2016 16:30

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En medio de la polémica por los tuits sobre la muerte del torero Víctor Barrio y un día después de la decisión de la Audiencia Nacional de llevar a juicio al concejal de Ahora Madrid Guillermo Zapata, el Tribunal Supremo ha confirmado el carácter delictivo de unos mensajes en Twitter en los que su autora se burlaba de dos víctimas de ETA, Miguel Ángel Blanco e Irene Villa.


Contenidos como "¿En qué se parece Miguel Ángel Blanco a un delfín? En el agujero de la nuca" o "¿Cómo monta Irene Villa a caballo? Con velcro" son considerados por la Sala Penal del Supremo "incuestionablemente constitutivas de humillación a las víctimas", motivo por el que condena a un año de prisión a la joven que, bajo el perfil de ‘Madame guillotine’, difundió esos mensajes.

La Sala, no obstante, ha estimado en parte el recurso de la condenada y ha bajado a la mitad la pena a dos años de cárcel que le impuso la Audiencia Nacional, acogiendo la alegación de que la pena era desproporcionada y atendiendo a la "juventud" de la infractora.

Según los hechos probados, la joven, nacida en 1991, publicó comentarios y expresiones desde su perfil de Twitter, donde tenía 790 seguidores, con el fin de denigrar la memoria de la víctima de ETA, Miguel Ángel Blanco y de despreciar a Irene Villa, que sufrió también un atentado, así como ensalzar las actividades de miembros de la citada organización.

Según ha informado el propio tribunal, la sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Julián Sánchez Melgar, considera que las expresiones se enmarcan dentro del discurso del odio y que no están protegidas por la libertad ideológica o de expresión.

Añade que no se trata de criminalizar opiniones discrepantes sino de combatir actuaciones dirigidas a la promoción pública de quienes ocasionan un grave quebranto en el régimen de libertades y daño en la paz de la comunidad con sus actos criminales, atentando contra el sistema democrático establecido. Asimismo, indica que la humillación o desprecio a las víctimas afecta directamente a su honor y a su dignidad, perpetuando su victimización, que es actualizada a través de esa conducta.

Víctimas con nombre y apellido

La Sala Penal explica que "no se penaliza el chiste fácil o de mal gusto, sino que una de las facetas de la humillación consiste en la burla, que no está recreada en este caso con chistes macabros con un sujeto pasivo indeterminado, sino un bien concreto y referido a unas personas a quien se identifica con su nombre y apellidos.

En este caso, subraya la sentencia, se cumple el requisito objetivo del delito de enaltecimiento del terrorismo y humillación a las víctimas, tanto por las acciones en alabanza de terrorismo ("Viva ETA" o la “Lucha es el único camino. Dale duro hasta ganar”) como en las expresiones relativas a la humillación de las víctimas,focalizadas en Irene Villa o en Miguel Ángel Blanco.

Para el Tribunal Supremo, las expresiones “¿De qué tiene la frente morada Irene Villa? De llamar a las puertas” o “¿En qué se parece Miguel Ángel Blanco a un delfín? En el agujero de la nuca” son “incuestionablemente constitutivas del concepto de humillación a las víctimas.

La sentencia considera acreditada la intención de humillar porque "la difusión de tales expresiones son consecuencia del conocimiento de lo que se transmite, y lo que se transmite es una ofensa pública a víctimas del terrorismo, [ de lo que ] debe deducirse del talante cultural de quien lo ha escrito y enviado a la red a través de su cuenta de Twitter".