Sofía ha conseguido la custodia compartida de su perro, Bruno.

Sofía ha conseguido la custodia compartida de su perro, Bruno.

Reportajes

Si se divorcia, su perro y su gato son como los hijos: pida al juez la custodia y el reparto de cargas

Si finalmente se modifica el Código Civil, las mascotas dejarán de ser "bienes inmuebles" y serán reconocidas jurídicamente como "seres vivos dotados de sensibilidad".  

24 abril, 2021 02:34

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Si algo sorprendió al espectador en la última edición de La isla de las tentaciones (Mediaset), más allá de lo que cabe esperar de este tipo de formato, fue la participación de un protagonista canino. Este animal de compañía, un perro de raza Rottweiler llamado Horus, no obstante, no estuvo en la grabación de este programa en República Dominicana, pero sí sus dueños, Diego y Lola

Ambos eran una de las parejas que participaba en el programa para comprobar si su amor podía resistirlo todo. En pocos días, quedó claro que no. Lola fue la primera que cayó en la tentación. Y tras hacerlo, lo que más le atormentó fue la posibilidad de perder a su perro, Horus, si rompía la relación con su novio. Poco después, las redes sociales se hacían eco con total ironía, dando a entender que de quien realmente estaba enamorada la participante era de su animal de compañía y no de su pareja. "Hombres hay muchos, pero perro solo él", decía la leonesa de su mascota, hoy ya conocida por casi todo el país. 

En paralelo, Diego, tras descubrir la infidelidad de Lola, lo dejaba claro: "Como buen abogado que soy, Horus está registrado a mi nombre y se quedará conmigo". Y en parte, tenía razón. Así lo dicta la legislación vigente. En casos de ruptura, separación o divorcio, para determinar el destino de una mascota los juzgados solo comprueban a nombre de quién se inscribió el animal. El Código Civil, en su artículo 333, da a entender que las mascotas tienen la naturaleza de bienes muebles, bajo las mismas premisas que lo sería un coche o una televisión. Sin embargo, esta realidad podría estar a punto de cambiar. 

Este martes, el Congreso de los Diputados ha admitido a trámite la proposición de ley de modificación del Código Civil para que los animales dejen de ser considerados objetos y sean reconocidos jurídicamente como seres vivos dotados de sensibilidad. En la propuesta, presentada por el PSOE y que ha contado con el respaldo de todos los partidos políticos excepto Vox, además de ese cambio de definición, también entra en juego el régimen de custodia de las mascotas, ahora ya consideradas como si fueran parte de la familia. 

Juez de familia 

Los perros dejaran de ser bienes inmuebles en el Código Civil.

Los perros dejaran de ser bienes inmuebles en el Código Civil.

En el artículo 90 del Código Civil, si se aprueba dicha modificación, se introducirá un nuevo punto para señalar que, en caso de conflicto en una separación, nulidad o divorcio, será un juez de familia quien decida la custodia compartida de los animales de compañía. "Al juez le corresponderá el destino de los animales de compañía, en caso de que existan, teniendo en cuenta el interés de los miembros de la familia y el bienestar del animal, pudiendo preverse el reparto de los tiempo de disfrute si fuere necesario". 

En otras palabras, el magistrado podrá determinar el tiempo que deberán permanecer los animales con cada uno de los cónyuges y el reparto de las cargas asociadas [se calcula que suponen un gasto de 1.200 euros al año], como los gastos de veterinario por ejemplo, con independencia de quién sea el dueño. De este modo, el concepto de propiedad queda relegado a un segundo plano.  

Este cambio en la legislación no solo dará más protección a los animales de compañía, sino que ayudará a reducir en parte los conflictos que el destino de estos puede ocasionar entre la pareja tras una separación. Al fin y al cabo, en España casi el 40% de los hogares tienen una mascota. En concreto, hay 20 millones de animales de compañía registrados, según el censo de la Asociación Madrileña de Veterinarios de Animales de Compañía (AMVAC). 

"En el aspecto de las crisis matrimoniales, este cambio legislativo es muy importante. Se ha tratado en muchos juzgados con anterioridad y creaba mucha indefensión a los dueños del perro. Había muchos tipos de respuesta. En muchos asuntos de familia los jueces se negaban a pronunciarse sobre el destino de los animales, siendo la única salida un acuerdo entre la expareja", sostiene Lola García, abogada del despacho Derecho&Animales

Cachas  

El abogado vallisoletano Antonio Berdugo.

El abogado vallisoletano Antonio Berdugo.

Y es que tal y como sostiene esta letrada animalista, la ausencia de legislación al respecto no ha impedido que se celebren juicios sobre custodias compartidas de animales años atrás. Eso sí, por la vía civil. Uno de los casos más famosos fue el de Cachas, un perro de la raza West Highland Terrier por cuya custodia peleó en los tribunales una pareja de Valladolid, en 2019. La sentencia, en la que el juez otorgó la custodia compartida a ambos, sentó un precedente en España. 

Tras cuatro años de relación, Carlos y Silvia llegaron al acuerdo de que el can tenía que cambiar de domicilio en Valladolid cada 15 días, pero el traslado del dueño a vivir a Alicante con su nueva pareja motivó la presentación de una demanda civil en la que Silvia solicitaba la custodia única con el fin de garantizar la estabilidad emocional del perro. 

Antonio Berdugo fue el abogado que se encargó entonces de defender los intereses de la parte contraria. "Mi cliente decidió quedarse con el perro porque se iba a vivir a Alicante y su nueva pareja tenía otro perro. Creía que lo mejor era que se quedase en su casa. Ella pidió la custodia y también valorar económicamente al animal. Es decir, pagar a Carlos 500 euros por quedarse con el perro. Nosotros nos negamos, el animal podía estar económicamente valorado. Es un ser humano, no un inmueble", aclara este letrado, en conversación con EL ESPAÑOL.  

Así, Antonio pidió la custodia exclusiva de Cachas para Carlos, pero también dejó la puerta abierta al régimen compartido. Como medida cautelar hasta la celebración de juicio, el magistrado otorgó la custodia compartida. Y después, dictó sentencia estableciendo lo mismo, un régimen de estancia semestral con cada uno de los dueños a partir de septiembre de ese año. 

"El Juzgado de Primera Instancia de Valladolid declaró la copropiedad del animal. Seis meses con cada uno y compartir los gastos del mismo a partes iguales. El juez, adelantándose a la reforma del Código Civil, del que entonces había un anteproyecto de ley, estableció en la sentencia que los animales no eran cosas, sino seres dotados de sensibilidad, lo que implicaba que en determinados aspectos no se aplicase el régimen jurídico de las cosas, sino que se había de respetar su cualidad de ser sensible", concluye este letrado vallisoletano, del Despacho Arcoyur.  

Bruno 

Sofía junto a su perro, Bruno.

Sofía junto a su perro, Bruno. Cedida

El fallo del juzgado vallisoletano fue, sin duda, el germen que llevó a otras muchas parejas a pelear por la custodia de sus animales, tras una separación. No obstante, no todos los jueces tenían en cuenta esa jurisprudencia. "Desde ese juicio en el que defendí a la demandante, he tenido en torno a unos 15 más sobre custodias compartidas, la mayoría en Madrid. Y en algunos casos, los magistrados han fallado sin tener en cuenta la sentencia de 2019, pero sí haciendo mención a una de 2014, en Barcelona, en la que se establecía que las custodias compartidas solo se otorgaban en casos de menores", explica Lola García. 

— Aún así, ¿ha conseguido más custodias compartidas que exclusivas?

— Se han dado más custodias compartidas, pero ha habido casos muy particulares. Hay mucho afecto por medio y recuerdo el caso de un cliente en el que tuvimos que renunciar al animal porque la situación se puso muy tensa. 

Está claro que para la mayoría sus canes son un miembro más de la familia. Y luchan hasta el final por quedarse con ellos. No obstante, también está la posibilidad de llegar a un acuerdo antes de pisar los tribunales. Es lo que harán Sofía y su expareja con su perro, Bruno, en el acuerdo de divorcio que ambos han alcanzado, según cuenta ella a este periódico. 

"Yo me separé oficialmente en septiembre de 2020. Y cuando esto se plantea, el primer pensamiento fue qué iba a pasar con el perro, era muy importante para nosotros. Siempre dijimos que íbamos a hacer lo mejor para él", cuenta esta venezolana, afincada en San Sebastián de los Reyes (Madrid). 

Bruno llevaba 11 años conviviendo con esta pareja. Era básicamente como un hijo para ambos. Así que cuando llegó el momento de tomar caminos distintos, ambos pensaron en tomar una decisión lo menos traumática para el animal. "Muchos piensan que esto suena un poco tonto, pero quien tiene una mascota lo entenderá perfectamente", apunta. 

Sofía abandonó su casa y con ello también renunció a pasar gran parte de su tiempo con Bruno por su propio bienestar. "No quería hacerlo cambiar de ambiente. Él tiene su espacio y su rutina. Nosotros vinimos de Venezuela con él y no quería someterlo a un cambio más. Así que acordamos que viviese en casa y viniese conmigo un fin de semana cada 14 días. Él está muy contento. Y ahora que estamos en trámites de divorcio queremos que en el documento oficial conste la custodia compartida del perro", concluye. 

¿Qué animales son de compañía?

¿Son las iguanas animales de compañía?

¿Son las iguanas animales de compañía?

Las custodias compartidas o el cambio de definición de los animales, no obstante, no son las únicas modificaciones que contempla la proposición de ley del Partido Socialista. Por ejemplo, también planea añadir nuevos puntos a la Ley Hipotecaria y a la de Enjuiciamiento Civil. En el primer caso, las mascotas dejarán de ser objetivos en caso de ejecución hipotecaria. También se fija el derecho a reclamar los gastos derivados de su cuidado y se establece qué hacer frente a abandonos o sospecha de maltrato. 

Estas nuevas normas también tendrán en cuenta, según indica la letrada Lola García, las negligencias veterinarias. "La reforma recoge el daño moral que se puede causar a una familia cuando se pierde por accidente o por una negligencia médica a un animal. De este modo, tanto el propietario como todas las personas que vivían con el animal tendrán el derecho de reclamar una indemnización por el perjuicio causado", recalca García. 

Frente a todo estos nuevos derechos animales, sin embargo, cabe hacerse una pregunta fundamental. El texto no especifica que se considera animales de compañía más allá de casos claros como perros o gatos. ¿Lo son también las iguanas? ¿Podrá pelear en los tribunales una pareja por la custodia de un loro? 

"Si ese animal forma parte de la familia, pues tendrá que considerarse igual que un perro o un gato. No obstante, habrá que esperar a que la ley estatal de protección animal, que unificará las 17 autonómicas que ya existen, sirva para aclarar definitivamente que animales pueden ser domésticos y los que no", concluye esta abogada.