
Una persona realizando la declaración de la Renta. Europa Press
Hacienda lo confirma: el punto clave de la campaña de la Renta 2025 en Madrid que debes conocer para no ser multado
La Agencia Tributaria ha aplicado varios cambios que afectan a algunos aspectos importantes de la declaración del IRPF para este año.
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Ha llegado el mes de abril y con él lo hace un momento muy importante del año para muchas personas. Un momento que puede traernos alegrías y penas a partes iguales, pero de obligado cumplimiento si queremos tener tranquilidad durante el resto del 2025. Llega el momento de hacer y presentar la declaración de la Renta.
Como bien es sabido por todos, este trámite no se hace igual en todos los puntos del territorio español. Y es que existen algunas variaciones importantes dependiendo de la comunidad autónoma en la que nos encontremos. Por ello, los madrileños tendrán que saber cuáles son las diferencias que implica este proceso si lo realizamos en la región y que podrían ser diferentes a cualquier otra zona de España.
Además, este año la Agencia Tributaria ha introducido varios cambios que afectan a diferentes aspectos de la declaración del IRPF. Estas nuevas variantes que afectan al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas van desde las modificaciones a la hora de aplicar los límites de obligación para declarar hasta los ajustes en las deducciones por alquiler de vivienda, los cuales afectan muy directamente a comunidades como Madrid.
Sin embargo, estos cambios también llegan hasta la implementación de los nuevos métodos de pago. Ante tanto cambio, es necesario que los contribuyentes conozcan estas modificaciones y actualizaciones para cumplir con sus obligaciones fiscales y no incurrir en errores y fraudes que traigan consigo multas y otro tipo de penalizaciones.
Así pues, la Agencia Tributaria advierte de cuáles son los puntos más importantes que hay que tener en cuenta para poder hacer de manera correcta nuestra declaración de la Renta al inicio del plazo de la presentación de la misma, este 2 de abril, y que permanecerá hasta el próximo 30 de junio.
Los cambios más importantes en la Renta 2025
Uno de los cambios más importantes y de reciente aplicación son las deducciones generales por el alquiler de la vivienda habitual. El año pasado se produjo una reducción del 60% al 50%. La reducción del 60% pasa ahora a aplicarse solo a los arrendatarios que hayan realizado una rehabilitación de la vivienda en los dos años anteriores al nuevo contrato y que esta reforma suponga más del 25% del valor de adquisición.
Además, en la Comunidad de Madrid se ha actualizado el umbral de edad para acogerse a la deducción de la ayuda por arrendamiento. Hasta ahora sólo podían acceder a ella los menores de 35 años. Sin embargo, con la nueva normativa, el límite se eleva hasta los 40, permitiendo así que un mayor número de contribuyentes pueda aplicar una deducción del 30% sobre el importe anual pagado en concepto de alquiler.
Otro de los factores importantes que cambia es que por primera vez los contribuyentes de la Comunidad de Madrid podrán abonar el importe a ingresar de su declaración de la Renta a través de Bizum. Eso sí, se mantienen también los métodos de pago habituales, es decir, la domiciliación bancaria y el pago con tarjeta.
Una cuestión que también se modifica son las deducciones por donaciones, ya que ha aumentado el porcentaje deducible para los primeros 250 euros donados y para cuantías superiores, sobre todo si se han realizado donaciones a la misma entidad en los dos años anteriores.
Otro de los cambios más importantes que tendrán que tener en cuenta los madrileños son los nuevos límites de obligación para declarar la Renta 2025. Tal y como informa la Agencia Tributaria, alguno de los umbrales que determinan la obligación de presentar la declaración o no ha variado.
Por un lado, los contribuyentes que hayan percibido más de 22.000 euros anuales de un solo pagador están obligados a realizarla, como viene siendo habitual. Sin embargo, el cambio principal se produce cuando hay varios pagadores, ya que esta cifra ha aumentado.
Estarán exentos de presentar la declaración de la Renta aquellos que no lleguen a los 15.876 euros anuales, siempre y cuando la suma de las cantidades percibidas del segundo y restantes pagadores supere los 1.500 euros anuales. Una variación que responde a los cambios que ha habido en el Salario Mínimo Interprofesional.
Y por último, una cuestión a tener muy en cuenta, es que Hacienda ha informado que estará especialmente atento a aquellos contribuyentes que hayan obtenido un rendimiento económico a través de operaciones en plataformas digitales como Wallapop o Vinted.
Esta cuestión responde a la entrada en vigor de la directiva europea DAC7 que pretende reducir los fraudes fiscales a través de estas vías. Así pues, están expuestos a este requerimiento aquellas personas que hayan realizado más de 30 ventas o que hayan obtenido ingresos superiores a los 2.000 euros durante el pasado ejercicio.