El TC rechaza suspender la orden del juez Llarena para detener a Puigdemont si pisa España
La mayoría de la Sala de Vacaciones inadmite a trámite el recurso del expresidente catalán contra su procesamiento
9 agosto, 2023 13:25La Sala de Vacaciones del Tribunal Constitucional ha decidido, por dos votos frente a uno, no admitir a trámite el recurso que el expresidente catalán Carles Puigdemont y el exconsejero Antoni Comín interpusieron contra la resolución en la que el juez del Tribunal Supremo Pablo Llarena les procesó por malversación agravada y desobediencia y, además, dictó orden de busca, captura e ingreso en prisión si ambos prófugos de la Justicia pisan territorio nacional.
El recurso de Puigdemont y Comín ha sido resuelto por la Sala de Vacaciones dado que los propios demandantes pedían la medida cautelarísima de dejar en suspenso la decisión de Llarena, petición que era preciso resolver con urgencia ante la hipótesis de que alguno de los dos prófugos volviese a España.
En cambio, la Sala de Vacaciones no se ha pronunciado sobre el recurso que la también exconsejera Clara Ponsatí ha interpuesto contra su procesamiento por desobediencia, ya que ella no solicitaba ningún pronunciamiento cautelar que imprimiera urgencia a la decisión. De este modo, la admisión o inadmisión del recurso de Ponsatí será resuelta en su momento por la Sección del TC a la que corresponda.
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La decisión de rechazar la tramitación del recurso de Puigdemont y Comín ha sido deliberada desde el pasado lunes por la Sala de Vacaciones, presidida por la magistrada Concepción Espejel (propuesta por el PP) e integrada por César Tolosa (propuesto por unanimidad por el Consejo General del Poder Judicial) y Laura Díaz.
Esta última, magistrada a propuesta del Gobierno, ha formulado un voto discrepante en el que critica la "premura" de la decisión. "La simple solicitud de una medida cautelar, o la posibilidad abstracta de nuevas situaciones de hecho que la hagan necesaria, no puede por sí misma justificar la necesidad de resolver por parte de la Sección de Vacaciones", afirma Díaz Bueso.
Fuentes del TC consideran, sin embargo, que esa rapidez era obligada por el propio planteamiento de los recurrentes, que pedían una medida cautelarísima de suspensión de la resolución de Llarena.
"¿Qué habría ocurrido si el tribunal no decide y cualquiera de los demandantes se presenta en España? ¿La Policía hubiera podido cumplir la orden de detención pese a tener un recurso de amparo con una petición cautelar de suspensión de esa orden pendiente de respuesta?", indican las fuentes consultadas para subrayar que una petición de medida cautelarísima es, por su propia naturaleza, urgente.
La inadmisión del recurso de Puigdemont y Comín, que ha sido debatida por la Sala de Vacaciones desde el pasado lunes, había sido la propuesta de los letrados del TC.
La decisión se basa en la "manifiesta inexistencia" de violación de un derecho fundamental en la resolución del instructor del 'procés', dictada el pasado 12 de enero para adaptar el procesamiento de los prófugos a la reforma penal por la que el Gobierno de Pedro Sánchez suprimió el delito de sedición y reformó el de malversación de fondos públicos.
La Sala de Vacaciones del TC considera que la alegación de Puigdemont y Comín de que el Tribunal Supremo "menoscaba" la garantía de inmunidad de ambos como eurodiputados "carece de sustento constitucional" al ignorar que el Tribunal General de la Unión Europea ha levantado esa inmunidad en una decisión del pasado 5 de julio.
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Las fuentes consultadas resaltan que hubiera sido "ilógico" desde el punto de vista jurídico que el TC suspendiera la decisión de Llarena cuando los tribunales europeos han avalado el acuerdo de la Eurocámara de retirar la inmunidad a Puigdemont para que pueda ser juzgado en España por su responsabilidad en el 'procés'.