Condenan a dos bancos por permitir que un hombre vaciase las cuentas de su tío nonagenario
Se hizo con más de 290.000 euros de las cuentas de su familiar, huyó a Brasil y está en prisión desde que fue detenido allí.
25 febrero, 2019 02:16La Audiencia de Madrid ha condenado a dos bancos como responsables civiles subsidiarios de la estafa de un soriano afincado en Madrid, Rubén Parra Alonso, a su tío abuelo nonagenario en sus últimos meses de vida. El hombre sacó de las cuentas de su familiar -aprovechando que estaba postrado en una silla de ruedas por una caída y que le había dado autorización para consultar sus movimientos bancarios- hasta 293.947 euros.
El sobrino nieto llegó a apropiarse, bien mediante transferencias, reintegros en caja o en cajeros automáticos, 103.890 euros de una cuenta del anciano y otros 190.057 euros de la segunda. Además de entrar en su casa (puesto que el hombre estaba en una residencia) y apoderarse de su televisor, joyas que fueron propiedad de su esposa y cambiar la cerradura de la vivienda y poner otra. La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Madrid le ha condenado a cuatro años y un mes de prisión por un delito continuado de estafa agravada en concurso con un delito continuado de falsedad en documento mercantil y un delito de hurto.
Lo llamativo de la sentencia de los magistrados Caridad Hernández, Eduardo de Urbano y Ana María Pérez Marugán es que no sólo han condenado al autor confeso de la estafa, sino también a las entidades bancarias, como pidieron los herederos del anciano ya fallecido que ejercen la acusación.
El Tribunal considera responsables civiles subsidiarias a las entidades, no a los empleados de las sucursales que autorizaron las operaciones, porque el artículo 120.3 del Código Penal "no atribuye responsabilidad civil subsidiaria a los empleados o dependientes de los titulares de los establecimientos donde se ha cometido el delito, sino a dichos titulares, ya sean personas naturales o jurídicas; los empleados son los infractores de los reglamentos de policía o disposiciones de autoridad relacionados con el hecho punible cometido, pero los empleados no son los responsables civiles subsidiarios", se puede leer en la sentencia. Por estos hechos, el BBVA deberá pagar 140.642 euros y el Santander, 76.878.
"Actuación descuidada"
A pesar de ello, el Tribunal sí que afea la "actuación descuidada" de los empleados y directores de las entidades que, a pesar de observar "movimientos absolutamente extravagantes para el patrón operativo habitual, constante y desde hace años realizado por Bonifacio (el fallecido) no adoptaron medidas de seguridad ni se pusieron en contacto telefónico con el cliente".
El sobrino nieto llegó a hacer transferencias de más de 6.000 euros en días sucesivos o muy próximos, e incluso realizó una transferencia de 75.000 euros "que salió de la cuenta de Bonifacio para ingresarse en una cuenta de éste y más tarde en la cuenta del acusado en dos transferencias realizadas en el mismo día". Según la resolución, las dos entidades conocían personalmente al afectado. De hecho, fue trabajador del BBVA hasta su jubilación.
Cuando el resto de herederos denunciaran los hechos, Rubén Parra fue detenido en Majadahonda (Madrid) el 5 de octubre de 2011 llevando consigo una fotocopia plastificada del DNI de su tío con una foto suya que había incorporado al documento original antes de fotocopiarlo para cometer los hechos. El hombre fue puesto en libertad y aprovechó para fugarse a Brasil.
En 2015 se acordó la detención internacional del acusado y fue extraditado a España. Desde entonces ha estado en prisión. Durante el juicio, el hombre reconoció los hechos y aceptó la condena impuesta. El único debate por el que los hechos tuvieron que ser expuestos en Sala surgió porque las entidades bancarias no se consideraban responsables subsidiarias de los hechos. Finalmente, el Tribunal ha considerado que sí lo eran.