Una pareja esperando en el aeropuerto porque su vuelo se retrasa.

Una pareja esperando en el aeropuerto porque su vuelo se retrasa. istock

Ocio

¿A qué tengo derecho si mi vuelo se retrasa o cancela?

El experto en Derecho nos recuerda las indemnizaciones y reembolsos a los que tienen derecho los pasajeros de los vuelos que se cancelan o sufren retrasos.

9 junio, 2023 01:25

Estamos en momento de preparar las ansiadas vacaciones. Ya sea nacional o internacional, el viaje es una de las partidas que más preocupa. Y con el objeto de encontrar vuelos a buen precio, nos lanzamos a la compra anticipada de los billetes.

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Después de una ansiada espera, se acerca el momento en el que –habiendo ya planificado y contratado nuestro viaje- podremos por fin, disfrutar merecidamente de las vacaciones. Pero este momento puede tornarse en una ‘agria’ situación si habiendo decidido viajar en avión, descubrimos que nuestro vuelo se retrasa o peor aún, se cancela. Ante tal situación, ¿qué podemos hacer?

¿Qué debemos hacer?

Lo primero que debemos de hacer es solicitar a la compañía aérea que nos confirme el motivo del retraso, reuniendo pruebas -fotos, comprobantes de gastos, billetes, vales descuentos…-. Ante esta situación, y lo mismo debemos de hacer ante la cancelación del vuelo, tenemos que procurar no deshacernos del billete de avión, ya que éste supone el contrato legal con el transportista o la agencia de viajes.

Igualmente, deberíamos conservar cualquier publicidad, folleto o factura que justifique las condiciones del viaje, así como la tarjeta de embarque en caso de haberla obtenido, ya que supone la aceptación por parte de la compañía de que el pasajero tiene plaza en el avión.

¿Cuándo nos indemnizan?

Una vez transcurridas tres horas desde el momento previsto, tenemos derecho a una indemnización que varía según la distancia del trayecto; en todo caso, a partir de las dos horas de retraso, la línea aérea debe ofrecer comida y bebidas sin coste.

El importe varía entre 250 y 600 euros por pasajero (lo detallamos en las siguientes líneas), siempre y cuando –según la ley- la compañía sea la responsable y no haya puesto todos los medios necesarios para evitarlo. Debemos saber que en el caso de que el retraso fuese de cinco horas o más, y decidiésemos, dado dicho retraso, no viajar, tenemos derecho al reembolso del coste íntegro en siete días, si bien con algún matiz.

Podría ocurrir, en esta situación, que el vuelo se aplazase al día siguiente. En este caso, tenemos derecho a una noche de hotel y el transporte de ida y vuelta al aeropuerto.

Como norma general, la compañía organiza el alojamiento y el transporte por su cuenta, por lo que antes de reservar una habitación en un hotel por nuestra cuenta, tras un retraso, debemos preguntar primero a la aerolínea.

Importe de derecho de reembolso

Si nuestro vuelo era de corta distancia, hasta 1.500 km, podemos reclamar una indemnización de 250 € por vuelo con retraso. Cuando la distancia del vuelo es entre 1.500 km y 3.500 km, la indemnización es de 400 €. Si el vuelo tenía una distancia de trayecto superior a 3.500 km, los pasajeros pueden obtener una compensación de 600 €.

Para calcular el retraso del vuelo, deberemos de tomar como punto de partida la hora de llegada al destino final. Y es importante saber que se considera como llegada la apertura de al menos una de las puertas del avión, siempre y cuando los pasajeros puedan descender del mismo.

Como se ha señalado antes, en el supuesto de que la compañía aérea no fuese la responsable del retraso del vuelo, no está obligada a pagar la indemnización.

Esto ocurre en el caso de las llamadas 'circunstancias extraordinarias' recogidas en la Regulación Europea: cierre del aeropuerto o del espacio aéreo, inestabilidad política, riesgos de seguridad inevitables, huelgas, condiciones meteorológicas adversas, etc.

Pero, si se consiguiera demostrar que la aerolínea podría haber evitado el problema tomando medidas razonables, sí se la considera responsable único del retraso del avión.

Perdida de un vuelo de conexión

Pudiera ocurrir que, derivado del retraso, perdiéramos la conexión con un vuelo ya contratado. En este caso, nuestros derechos varían dependiendo de si todos los vuelos que componen el viaje forman parte de un mismo billete (mismo contrato) o, si por contra, las reservas las hemos hecho por separado.

Si pertenecen todos al mismo contrato, tendremos derecho a un nuevo vuelo que nos lleve al destino, o un reembolso de la parte proporcional correspondiente.

Ahora bien, si hemos creado nuestras conexiones, realizando reservas separadas, ninguna compañía está obligada a hacerse cargo de posibles pérdidas de vuelos ocasionadas por retrasos anteriores.

Ante toda esta situación, lo aconsejable, siempre y ante un viaje en avión, es contratar previamente un seguro de viaje, así como comprobar las coberturas de la tarjeta de crédito con la que abonamos el viaje.

** Manuel Martínez Mercado, abogado y Doctor en Derecho.