Vista de la sede del Tribunal Supremo en Madrid.

Vista de la sede del Tribunal Supremo en Madrid. EFE.

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El Supremo ordena hacer indefinido a un educador infantil que cubrió 13 años una vacante

El Supremo acusa a la Xunta de Galicia de fraude por mantener al empleado un tiempo inusualmente largo en su puesto temporal.

8 noviembre, 2023 21:01

Un educador infantil ha ganado en el Tribunal Supremo una demanda, tras permanecer 13 años cubriendo una vacante como interino en la escuela infantil de Valadares en Vigo, Galicia. La resolución dicta a la Xunta a convertirlo en indefinido no fijo. Tal y como corrobora el medio La Voz de Galicia, la Administración argumentó que desde el 2010 no convocaba la plaza por culpa de la crisis del 2008, años en los que la UE impuso recortes y austeridad. En este sentido, no es la primera vez que la Administración gallega presenta la excusa de la crisis. Hace unos días, una limpiadora que era personal laboral del Instituto Politécnico de Vigo ganaba ese mismo derecho en el Supremo.

El Tribunal acusa a la Xunta de fraude de ley por mantener al empleado un tiempo inusualmente largo en su puesto temporal sin mejorar su contrato pese a haber pasado varios años. La Xunta alegó que la razón eran las restricciones presupuestarias de la crisis económica del 2008. 

El educador infantil había firmado en noviembre del 2010 un contrato de interinidad a tiempo completo con el Consorcio Galego de Servizos de Igualdade e Benestar para cubrir temporalmente el puesto mientras no se concediese definitivamente la plaza a través de un proceso selectivo. El demandante presentó su primera instancia en enero del 2019, en la que se quejaba de que existían once puestos de trabajo con la misma categoría y le generaba una situación de indefensión porque no le permitía conocer cuándo finalizaba su contrato

Escuela infantil.

Escuela infantil.

El Juzgado de lo Social número 5 de Vigo dictaminó una sentencia en enero del 2020 que reconocía la condición de personal laboral indefinido no fijo del empleado. No obstante, el 11 de diciembre de ese mismo año, el Supremo anuló el fallo favorable al interino y dio la razón a la Xunta, asegurando que había actuado en todo momento con arreglo a derecho. Además, la resolución aseguraba que no había incurrido en fraude de ley porque la Administración se había visto impedida para convocar el concurso. La Xunta alegó que durante gran parte del tiempo, la Administración se vio impedida legalmente para convocar la plaza.

El caso llegó a la sala de lo social del Tribunal Supremo que revocó la resolución del TSXG que corregía al juez de Vigo. Ahora, el Supremo declara firme la sentencia de Vigo porque estima el 'carácter fraudulento de la relación laboral y la conversión de la relación en indefinida no fija'.

El empleado alegó que su interinidad excedía el plazo previsto en el artículo 70 del Estatuto Básico del Empleado Público. Por lo tanto, y puesto que el contrato se remonta a hace 13 años, el Supremo concluye que es 'un tiempo inusualmente largo que convierte la relación de duración determinada en fraudulenta' y dicta a la Xunta a convertirlo en indefinido no fijo.

En este sentido, el alto Tribunal manifiesta que, salvo muy limitadas y contadas excepciones, los procesos selectivos de ofertas de empleo público no deberán durar más de tres años a contar desde la suscripción del contrato de interinidad.