El novio de Ayuso propuso a la Fiscalía aceptar 8 meses de cárcel y pagar 520.000€ para no ir a juicio por fraude fiscal
Plantea una pena de 4 meses por cada delito a imponer, sin incluir la falsedad documental que también le atribuye el Ministerio Público.
23 abril, 2024 19:00El abogado de Alberto González Amador, la pareja de la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, envió el pasado 2 de febrero a la Fiscalía, una propuesta de conformidad penal por la cual aceptaba ocho meses de cárcel por el delito contra la Hacienda Pública por el impuesto sobre sociedades 2020 y 2021 del que se le acusaba.
En dicho documento, al que ha tenido acceso Madrid Total, el abogado Carlos Neira explica que la pareja de Ayuso "asume íntegramente los hechos, como administrador único y socio de la entidad".
Por ello, muestra su conformidad de abonar una multa "del 40% de la cuota defraudada, atendiendo al resarcimiento del daño, y al reconocimiento de los hechos" y el pago de la cuota defraudada (350.951 euros). Lo que engrosaría una multa total de 520.000 euros.
Respecto a la pena de prisión, en su propuesta de conformidad, el abogado de González Amador insiste en que los hechos por los que se investiga a la pareja de Ayuso no son un "delito agravado" y, por ello, se propone una pena de prisión de cuatro meses por cada delito.
Además, se sugiere la "perdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas y del derecho a gozar de los beneficios o incentivos fiscales o de la Seguridad Social durante el periodo de 9 meses".
El correo se ha dado a conocer el mismo día que la cúpula fiscal decide si apoya o rechaza que se abra una investigación penal por un delito de revelación de secretos por la filtración de datos privados de González Amador.
Precisamente, fuentes cercanas a los abogados de González aseguran que es "más que evidente" que los datos privados de un ciudadano se están filtrando desde la Fiscalía. "Una cacería que nunca se ha visto. La filtración está penada con cárcel", denuncian.
Desde el equipo de abogados de González Amador defienden que el novio de Ayuso ya ha ingresado en la Agencia Estatal de Administración Tributaria "las cuotas defraudadas a través de la autoliquidación del Impuesto sobre Sociedades 2022, aunque una vez iniciado el procedimiento inspector.
Pese a aceptar los nueve meses de cárcel, la pareja de la presidenta no tiene antecedentes penales, por lo que su ingreso en prisión sería prácticamente imposible.
Citado el 20 de mayo
Pese a esta propuesta de conformidad, Alberto González Amador tendrá que ir a declarar el próximo 20 de mayo, ocho días antes de que la presidenta 'celebre' su primer año con mayoría absoluta al frente de la Comunidad de Madrid.
Hay que recordar que la Fiscalía Provincial de Madrid denunció el pasado 13 de febrero a González Amador, Maximiliano N., David H., Agustín C. y José Miguel C., así como a diversas empresas por presuntos delitos fiscales y de falsedad documental.
La denuncia, que no fue registrada en el Decanato de los Juzgados de Plaza de Castilla hasta el 5 de marzo, sostiene que la pareja de Díaz Ayuso habría defraudado 350.951 euros a Hacienda entre 2020 y 2021 a través de una trama de facturas falsas y sociedades pantalla.
La conducta defraudatoria habría consistido en reflejar en la declaración del impuesto de sociedades de Maxwell Cremona SL en los dos ejercicios citados unos gastos ficticios basados en facturas inveraces emitidas por sociedades vinculadas a los otros denunciados con el fin de ingresar en el erario público menor cantidad de la que correspondía abonar.
La denuncia que ha dado lugar al proceso penal contra González Amador se basa en informes de la Agencia Tributaria según los cuales Maxwell Cremona SL registró en los años 2020 y 2021 un incremento de sus ingresos por operaciones de intermediación en venta material sanitario para combatir la pandemia de la Covid-19 en 2020 y percibió unos ingresos cuantiosos facturados a su principal cliente desde hace unos años, Quirón Prevención.
Según Hacienda y la Fiscalía, "con ánimo de minorar la tributación" del impuesto de sociedades se habría deducido gastos ficticios al amparo de facturas falsas, puesto que no se habrían producido las operaciones comerciales referidas a los conceptos facturados.