Un juez afea a la cúpula de Interior su "arrogancia" por sancionar a un policía por dos tuits críticos
Anula una sanción firmada por el secretario de Estado de Seguridad y critica que use el "temible aparato represivo del Estado" en un caso como éste.
23 junio, 2024 23:20La Audiencia Nacional ha anulado la sanción impuesta por el número dos del Ministerio del Interior a un agente que escribió dos tuits críticos con la cúpula de la Policía Nacional y de la Guardia Civil.
En una sentencia, a la que ha tenido acceso EL ESPAÑOL, el juez Luis Alfredo de Diego, titular del Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo número 2, reprocha el "desafortunado acto de arrogancia" consistente en "confundir la institución de la Policía con quienes, con peor o mejor fortuna y tino, la dirigen como autoridades en un momento político determinado".
La resolución, además, subraya que "no es de recibo utilizar el aparato represivo del Estado, a través del temible derecho sancionador", contra el agente que simplemente escribió en su Twitter dos mensajes críticos contra la cúpula de la Policía.
Dicha actuación administrativa, tal y como afea la sentencia, violó sus derechos de expresión y opinión, ya que los tuits tan sólo eran críticos con la gestión del cuerpo, pero no son sancionables. No hay, expresa el juez, "ni un ápice de crítica" a la Policía Nacional como institución, sino, únicamente, a la manera de actuar de los cargos políticos que la dirigen.
Por todo ello, la Audiencia Nacional anula la resolución que suspendía, durante 30 días, las funciones al agente Samuel Vázquez, conocido por su alias tuitero, Un Policía para el Siglo XXI.
La sanción
El pasado 20 de febrero, Rafael Pérez Ruiz, secretario de Estado de Seguridad —número dos, por tanto, del Ministerio del Interior— firmaba la sanción contra el agente, considerando que los dos tuits, publicados unos días antes, suponían una "grave desconsideración con los superiores" de Vázquez.
No conforme con esta decisión y asesorado por despacho de abogados Matilla&Pastrana, la recurrió por vía judicial.
¿Qué expresaban dichos tweets? El primero reprochaba al director general de la Policía, Francisco Pardo Piqueras, que hubiese firmado una sanción anterior contra Vázquez. "Ha tocado el pan de mis hijos, así que no pararé hasta verle sentado en un banquillo. (...) Seguiré luchando para acabar con este sistema de cortijos y caciques", añadía.
El segundo tuit incluía una foto de Pardo Piqueras y de las dos últimas directoras de la Guardia Civil, María Gámez y Mercedes González. A todos ellos les reprochaba su "nulo conocimiento en ciencia policial o criminología" y su "cero experiencia operativa en la materia".
"Mientras ellos protegen estructuras de poder y discursos políticos, los barrios se vencen y las ciudades se rinden. Si quisieran proteger a tu familia, escogerían a los mejores", agregaba.
En efecto, el régimen disciplinario de la Policía castiga las "desconsideraciones graves a los superiores", a las que califica como "infracción grave". Pero sólo cuando se produzcan en el desempeño de las funciones policiales o supongan un "descrédito notorio" de la institución.
Y los tuits que publicó Samuel Vázquez no encajan en esa categoría, según explica el juez. En primer lugar, no se produjeron como parte de las funciones profesionales del agente, sino que se trató de mensajes escritos desde su perfil personal de Twitter.
La sentencia también descarta que los tuits atentasen contra la imagen de la Policía Nacional. A ojos del juez, no existe "ni un ápice de crítica a la institución policial".
"El prestigio de la Policía y de la Guardia Civil trasciende a sus autoridades políticas y no se menoscaba por las críticas personales a sus dirigentes", señala el magistrado.
Además, la sentencia indica que "poner en cuestión la experiencia o idoneidad" de un cargo político que forma parte de la cúpula de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado "no supone un daño al prestigio" de dicha institución, "sino, a lo sumo, de quienes ostentan tales cargos por designación política".
A su vez, la Audiencia Nacional señala que el segundo de los tuits "revela hechos objetivamente ciertos y comprobables". Para justificar esta afirmación, alude al currículum de Pardo Piqueras y de las dos últimas directoras de la Guardia Civil.
"A la vista de su CV público, [publicado en la web de la Policía Nacional], el director general de la Policía ha concatenado en la vida política varios cargos públicos, uno tras otro, en ámbitos que no guardan relación alguna con el cargo que en la actualidad ostenta. No parece, pues, que las afirmaciones del tuit vayan más allá de constatar una realidad en lo tocante a los conocimientos, preparación y experiencia operativa del director general de la Policía en materia policial o criminal", señala el juez. "Lo mismo podría decirse de las directoras de la Guardia Civil aludidas", añade.
"Podrá estarse de acuerdo o no con la opinión del actor [Samuel Vázquez] sobre la falta de preparación operativa y en materia policial y criminalística de las autoridades concernidas. Es más, puede legítimamente defenderse que para ocupar tales cargos importa más ejecutar las directrices políticas del Gobierno que tener conocimientos específicos en la materia", admite la sentencia. "Sea como fuere, las manifestaciones del actor se enmarcan y estarían amparadas por el derecho a la libertad de expresión y opinión para criticar las autoridades y cargos públicos", concluye el magistrado.