Carles Puigdemont, durante la constitución de la Asamblea Territorial del Consell de la República, el pasado 2 de marzo de 2024.

Carles Puigdemont, durante la constitución de la Asamblea Territorial del Consell de la República, el pasado 2 de marzo de 2024. Europa Press

Tribunales TSUNAMI DEMOCRÀTIC

La Sala avala que el juez enviara al Supremo los indicios de terrorismo contra Puigdemont

El tribunal presidido por Alfonso Guevara califica como "cabal" la decisión de García-Castellón de enviar una exposición razonada al Alto Tribunal.

14 marzo, 2024 16:18

La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha avalado la decisión del juez Manuel García-Castellón de enviar el caso Tsunami Democràtic al Tribunal Supremo.

En esta causa judicial se investigan los violentos disturbios convocados por la plataforma independentista, que logró colapsar el Aeropuerto de El Prat en octubre de 2019, en protesta contra la sentencia del procés. Entre los imputados, figuran el expresidente catalán Carles Puigdemont, que hoy ejerce como eurodiputado, y la secretaria general de ERC, Marta Rovira. A todos ellos se les atribuye un delito de terrorismo.

Dado que Puigdemont está aforado, García-Castellón optó por mandar el caso al Supremo. Y, finalmente, por unanimidad, la Sala Segunda del Alto Tribunal lo asumió; únicamente, en lo relativo al expresident y al otro aforado, el también investigado Rubén Wagensberg, diputado de ERC en el Parlament catalán. El resto de la causa, lo tocando a los otros investigados, permanecerá en la Audiencia Nacional.

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Gonzalo Boye, que es abogado en esta causa de Puigdemont y de Josep Lluís Alay, recurrió la decisión del juez. En un primer momento, la impugnó ante el propio magistrado, que no reculó. Posteriormente, el 25 de enero de 2024, lo hizo en apelación. Es decir, ante el tribunal jerárquicamente superior a García-Castellón, la Sala de lo Penal. Y, en respuesta, pese a que la Fiscalía apoyó a Boye, los magistrados Félix Alfonso Guevara, Francisco Javier Vieira y José Pedro Vázquez avalan la decisión del juez de enviar la causa al Supremo a través de un texto que se llama exposición razonada.

La investigada Marta Molina apoyó también los dos recursos de la defensa de Alay. Se mostraron en contra las asociaciones Sociedad Civil Catalana y Dignidad y Justicia, que ejercen la acusación popular. Esta última, de hecho, fue la que solicitó la remisión de la causa al Supremo. A ellas se sumaron dos de los agentes de la Policía Nacional que fueron heridos durante los disturbios convocados por Tsunami y que son considerados en este procedimiento, junto a otros dos más, como perjudicados.

La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional recuerda a los recurrentes que el Supremo decidió, el pasado 29 de febrero, asumir una parte de la causa. Lo hizo, además, con unanimidad de criterio en su Sala Segunda. "Y es sabido que estamos obligados por lo que haya decidido el Alto Tribunal", justifican los magistrados encargados de revisar las decisiones de García-Castellón, al que respaldan en esta ocasión.

De hecho, califican como "cabal" la decisión del Juzgado Central de Instrucción número 6, el capitaneado por el juez. Y ven "lógico, rebosante de sentido común" que el instructor planteara al Supremo la posibilidad de que el Alto Tribunal asumiera toda la causa, "aun sabiendo que éste podría escindirlo en dos instrucciones pararalelas", como así sucedió. Una, sobre los aforados y otra, relativa a los que no lo están: Oriol Soler, Xavier Vendrell, Marta Molina, Josep Capmajó, Jesús Rodríguez Sellés, Jaume Vabani, Oleguer Serra, Marta Rovira, Josep Lluís Alay y Nicola Flavio Giulio Floglia.

La tesis del fiscal

La tesis de la Fiscalía es la opuesta a la de García-Castellón. El fiscal del caso Tsunami, Miguel Ángel Carballo, considera que los hechos investigados no son, en ningún caso, incardinables en el delito de terrorismo, sino, como mucho, en el de desórdenes públicos. Carballo sí considera que acciones como el asalto a El Prat podrían constituir un delito de sedición, pero el Gobierno de Pedro Sánchez suprimió este ilícito del Código Penal.

Por otro lado, ésta es una de las causas que se verán afectadas, de una forma u otra, por la Ley de Amnistía, aprobada este mismo jueves por el Congreso de los Diputados, tras ser redactada a la medida de Carles Puigdemont.

García-Castellón, a la entrada de la Audiencia Nacional, el pasado 24 de enero.

García-Castellón, a la entrada de la Audiencia Nacional, el pasado 24 de enero. Europa Press

Tanto es así que el pasado 30 de enero, contra todo pronóstico, Junts, el partido del expresident, acabó tumbando la norma al considerar que no daba una cobertura suficiente al líder de la formación.

Eso llevó a la ley, de nuevo, a la Comisión de Justicia del Congreso de los Diputados para seguir negociando. Y, finalmente, la amnistía diseñada ad hoc ha sido aprobada por la Cámara Baja, con 178 votos a favor y 172 noes.

La fachada del Tribunal Supremo.

La fachada del Tribunal Supremo. EP

La norma pasará ahora al Senado, donde el PP usará su mayoría absoluta para retrasar todo lo posible su aprobación. El proceso tardará unos dos meses, pero no impedirá que la amnistía acabe regresando al Congreso, sea aprobada de nuevo y entre en vigor.

Una y otra vez, el PSOE aseguró que no modificaría las partes de la Ley de Amnistía relacionadas con el terrorismo, delito por el que está investigado Puigdemont. Los socialistas consideraban que, de hacerlo, la norma podría acabar siendo tumbada por el Tribunal Constitucional o por los tribunales europeos.

Ahora bien, el texto aprobado este jueves supone la rectificación radical del Gobierno y acepta que se incluyan como amnistiables delitos de terrorismo, sin que el articulado haga referencia al Código Penal; sólo a la definición de este delito dada por los tratados europeos.