Fachada de la Audiencia de Sevilla.

Fachada de la Audiencia de Sevilla. EFE

Tribunales

Cinco años menos de cárcel por robar, asesinar y violar a una mujer de 82 años por el 'sí es sí'

El agresor fue condenado en 2008 tras asaltar la vivienda de esta anciana en Dos Hermanas (Sevilla).

27 febrero, 2023 14:10

José C.C., pasará cinco años menos en la cárcel tras ser condenado en 2008 por robar, violar y asesinar a una anciana de 82 años cuando asaltó su domicilio en la localidad sevillana de Dos Hermanas. Se trata de una de las reducciones de penas más altas desde que entró en vigor la nueva ley del 'sí solo es sí'.

En total, tras serle aplicada la rebaja, este hombre estará en prisión 22 años, de los que ya ha cumplido 15, según reza en la nueva sentencia difundida por el TSJA.

Los hechos ocurrieron en abril de 2007 cuando entró en la vivienda con "ánimo de satisfacer sus deseos sexuales y tras sujetar con fuerza a la víctima para vencer su resistencia", le propinó reiterados golpes en la cara, la violó y posteriormente la estranguló provocándole la muerte.

Por último, el hombre también le robó un cordón de oro valorado en 400 euros con el que pagó unas bebidas alcohólicas en un bar de la localidad, según ha adelantado el diario El Mundo.

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Por estos hechos, el agresor fue condenado a 15 años por el delito de asesinato, a 12 años más de cárcel por agresión sexual y a una multa de 180 euros por una falta de hurto. También a indemnizar con 30.000 euros a los herederos de la víctima.

En 2008 el delito de agresión sexual estaba penado con penas de entre 12 y 15 años de prisión. La Audiencia de Sevilla le impuso la pena mínima posible por la violación de esta mujer de avanzada edad. En ello se basa a la hora de revisar la sentencia.

Es decir, le aplica el mismo criterio, condenándolo a siete años de cárcel por este delito en concreto. Con la ley actual, por estos mismos hechos, la pena oscilaría entre 7 y 15 años de prisión. 

A la espera de que el CGPJ detalle las cifras oficiales, son ya más de 560 agresores sexuales los que se han visto beneficiados desde que entró en vigor la nueva normativa impulsada por el Ministerio de Igualdad.

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No obstante, de haberse producido en la actualidad los hechos podrían haber sido penados por la prisión permanente revisable al tratarse la mujer asesinada de una persona especialmente vulnerable por su edad. 

La Audiencia justifica esta rebaja de penas en el precepto constitucional que asiste a los penados para la aplicación de la norma más beneficiosa, aunque sea en momento posterior a dictarse sus condenas.