El expresidente de la Junta José Antonio Griñán a la salida de los juzgados de Sevilla.

El expresidente de la Junta José Antonio Griñán a la salida de los juzgados de Sevilla. EP

Andalucía

El Supremo tumba el último intento de Griñán y ex altos cargos de los ERE para anular la sentencia

Rechaza los incidentes de nulidad planteados, aunque ha contado con un voto particular en términos similares a los expuestos en la sentencia.

1 marzo, 2023 13:48

El Tribunal Supremo ha tumbado el último intento del expresidente de la Junta José Antonio Griñán y los otros ocho ex altos cargos, condenados a penas de prisión por el caso ERE, para que la sentencia sea anulada y evitar la cárcel.

La Sala Segunda del alto tribunal ha rechazado los incidentes de nulidad que presentaron el pasado mes de septiembre once de los quince condenados. En un auto de 177 páginas, los magistrados rechazan la nulidad de la sentencia y añaden que no se suspende la ejecución de la pena.

La mayoría de estos condenados ya están cumpliendo condena. No es el caso del expresidente. Este sigue en libertad después de que la Audiencia acordara aplazar su decisión sobre su ingreso en prisión hasta que el expolítico concluya las sesiones de radioterapia que recibirá por el cáncer de próstata que padece.

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Los otros dos penados a cárcel que no han ingresado aún son el exviceconsejero de Empleo Agustín Barberá, cuyo plazo fue aplazado hasta obtener un informe del médico forense al alegar su defensa hace semanas que también padece cáncer; y el ex director general de Trabajo Juan Márquez.

A este último el Supremo le rebajó la pena privativa de libertad a tres años y la Audiencia le dio uno de plazo mientras se tramita su solicitud del indulto al Gobierno.

Un voto particular

Al igual que ocurrió con la sentencia del Supremo, el auto cuenta con un voto particular de las magistradas progresistas Ana Ferrer y Susana Polo.

En el mismo vuelven a mostrar su discrepancia con el sentir mayoritario de la Sala respecto a la condena por el delito de malversación a Griñán y otros cuatro ex altos cargos ajenos a la consejería de Empleo con argumentos similares. "Estas cinco condenas vulneran la garantía de presunción de inocencia", sostienen.

Ellos son los exconsejeros Carmen Martínez Aguayo y Francisco Vallejo, el exviceconsejero Jesús María Rodríguez Román y el exdirector de la agencia Idea Miguel Ángel Serrano Aguilar. Todos estos exdirigentes ya están cumpliendo sus respectivas penas de prisión que oscilan entre los seis y siete años de cárcel. 

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"No procede acceder a las peticiones de suspensión de la ejecución de la pena, interesadas en distintos recursos, al no ser admitidos a trámite, siendo este requisito ineludible para que procediera las suspensiones interesadas", precisa el Supremo en un auto de 117 páginas, consultado por este periódico.

Inisten los magistrados que hay un buen número de pasajes en la sentencia, referidos específicamente a Griñán, en el que se hace referencia a que, a sabiendas de la ilegalidad del proceso y de los aludidos informes, "no cambió su proceder".

Por tanto, señalan que la alegación de que actuó de acuerdo con las recomendaciones de la Intervención es "irrelevante" en los términos en que ha sido planteada.

Por otro lado, el Supremo sostiene que la publicación anticipada únicamente fallo de la sentencia el pasado mes de julio, dos meses antes de emitir al completo la sentencia, "no supuso intromisión ilegítima alguna en el derecho al honor o en la dignidad personal de los condenados".

El incidente

La defensa de Griñán presentó este incidente de nulidad el pasado mes de septiembre, unos días después de que el Supremo confirmara el fallo. En el mismo, alegó la vulneración de varios derechos fundamentales y solicitó expresamente la suspensión de la ejecución de la sentencia para "evitar que el incidente pudiera perder su finalidad".

En un primer momento el Supremo negó esta posibilidad. Sin embargo, Griñán aún no ha ingresado en la cárcel tras alegar su abogado el cáncer de próstata que padece.

Según anunció su defensa en su momento este trámite era previo al recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional que tiene previsto interponer.