La Audiencia ve indicios de delito por pactar el precio de la gasolina
El tribunal tira por tierra los recursos de Repsol, Cepsa, Galp, Disa y Meroil y sostiene que es “necesaria” una investigación.
31 diciembre, 2015 20:25Noticias relacionadas
Las principales petroleras españolas, Repsol, Cepsa, Galp, Disa y Meroil, tendrán que enfrentarse a un proceso penal después de que la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional haya confirmado "la posible existencia" de un delito de alteración de los precios al pactar el de la gasolina al margen de la ley. Fuentes del caso explican que en el proceso judicial se tendrá que debatir si a pesar de la bajada del petróleo, estas compañías no aplicaron las reducciones de manera proporcional en el precio de la gasolina.
Esta operativa provocó una crisis entre las petroleras y el Ministerio de Industria a finales del pasado año. Su titular, José Manuel Soria, amenazó con introducir nuevas medidas para abrir el mercado de carburantes en España si las petroleras no trasladan el precio del crudo al surtidor. En el caso que el asunto llegara a juicio y condena, las compañías y sus principales directivos podrían enfrentarse a una pena de hasta dos años de cárcel y en todo caso se impondrá la pena de inhabilitación de uno a dos años para intervenir en el mercado financiero como actor, agente o mediador o informador.
El juez de la Audiencia Nacional Fernando Andreu había admitido a trámite las querellas interpuestas por la Asociación de Consumidores y Usuarios José María Mena y por el sindicato Manos Limpias. Sin embargo, el instructor todavía no había citado a declarar en calidad de investigados a los presuntos responsables -imputados antes de la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal que modifica la terminología- a la espera de que se resolvieran los recursos interpuestos por las petroleras. Los querellados que tendrán que desfilar por la Audiencia son el consejero delegado de Repsol, Josu Jon Imaz; el presidente de Cepsa Compañía Española de Petróleos, Khadem Al Qubaisi; el consejero delegado de Disa, Raimundo Baroja, y el presidente ejecutivo de Meroil, José Luis Porte Solano.
Todas ellas confiaban que el caso quedara archivado antes de que se diera el pistoletazo de salida por dos aspectos concretos. Primero, porque el delito recogido en el artículo 284 del Código Penal, después de su reforma en 2010, ha quedado muy diluido, haciendo complicado su aplicación. Antes de su modificación, la norma hablaba de la maquinación para alterar el precio de las cosas. Sin embargo, hace cinco años se cambió y desde entonces se exige que la alteración del precio se haga con violencia, amenaza o engaño.
Precisamente, tanto Repsol como Cepsa alegaron ante la Sala de lo Penal que las prácticas colusorias como los acuerdos en la fijación de los precios han de quedar fuera del ámbito del tipo penal. Es decir, aunque se altere el precio eso debe quedar bajo el ámbito contencioso-administrativo.
Una instrucción "necesaria"
Sin embargo, la Audiencia Nacional hace una interpretación del artículo y señala en un auto al que ha tenido acceso EL ESPAÑOL que "resulta necesario" la oportuna investigación judicial sobre la materia a los efectos de conocer la trascendencia penal de los pactos que se mencionan”.
El tribunal, presidido por Ángela Murillo, tampoco acepta el segundo planteamiento de las defensas, que esperaban parar el asunto alegando que una vez que hay una sanción administrativa por estos mismos hechos por parte de la Comisión Nacional del Mercado de la Competencia (CNMC), no se puede llevar por la vía penal algo ya sancionado.
Sin embargo, la Sala ratifica que no hay ningún impedimento procesal para investigar penalmente el asunto: "Sólo en el caso de que se tratara de una cuestión prejudicial a resolver en la jurisdicción administrativa, procedería la suspensión de las actuaciones penales, si la misma fuera determinante de la culpabilidad o inocencia de los investigados, lo que no tampoco obstaría, en principio, a la investigación que pretende llevarse a cabo en vía penal".
Correos electrónicos con las pruebas del delito
La investigación se basa en el expediente iniciado por la CNMC cuando en mayo de 2013 inició una información reservada que culminó con una multa total de 32,4 millones de euros para determinar si las petroleras se habían puesto de acuerdo para influir en los precios. El organismo concluyó que había habido varios acuerdos entre Cepsa y Repsol. Concretamente, habían pactado en las estaciones de Brea de Aragón e Illueca en julio de 2013; un pacto de no agresión entre ambas entidades en el verano de 2011, e intercambios de información estratégica desde ese año hasta 2013.
Otro de los pactos de no agresión fijados fue entre Cepsa y Disa, en 2011 y en 2013; entre esta última entidad y Meroil, en 2012 y 2013, y entre Galp y Meroil, este último año. El objetivo de todos estos acuerdos, según recoge el auto de admisión, era “alterar los precios que hubieren resultado de la libre competencia entre las diferentes operadoras en el mercado de venta de combustible”.
Según fuentes del caso, para llevar a cabo ese expediente, la CNMC requisó correos electrónicos a las petroleras, en los que queda patente cómo pactaban los precios de la gasolina y se comunicaban qué iban a fijar cada una para mantenerlos. Estos pactos se produjeron en momentos en los que el precio del petróleo iba bajando pero esa reducción no se veía reflejada en el precio de la gasolina pudiendo afectar a los consumidores.
En 2013, el ministro de Industria, Energía y Turismo, José Manuel Soria, ya alertaba de que las petroleras estaban pactando precios y reconocía que el 85% del mercado de gasolinas y gasóleos está dominado por por cuatro grandes operadores. En ese momento, también aseguraba existir “evidencia empírica” de que las petroleras bajan sus precios los lunes, que es cuando los tienen que comunicar a Bruselas para la elaboración del Boletín Petrolero de la Unión Europea, y que los suben en los días posteriores.