Los vocales mayoritarios del Consejo Fiscal desafían a García Ortiz y hacen un informe contra la amnistía
Los consejeros de la AF elaboran un amplio dictamen en el que afirman que el olvido de los delitos del 'procés' es "inconstitucional" y "arbitrario".
9 abril, 2024 11:36Los vocales de la Asociación de Fiscales en el Consejo Fiscal han hecho público hoy un extenso informe sobre la proposición de ley de amnistía en el que sostienen que el olvido de las responsabilidades penales y administrativas por el proceso independentista catalán "carece de respaldo constitucional" y supone el incumplimiento del principio que prohíbe la arbitrariedad de los poderes públicos, entre otras tachas.
Con sus seis asientos en el Consejo Fiscal, los vocales que ostentan la mayoría en el único órgano del Ministerio Público que, al menos parcialmente, es fruto de la elección democrática de la carrera rechazan la tesis del fiscal general, Álvaro García Ortiz, de que el Consejo no tenga competencias para informar sobre la proposición de ley de amnistía.
Los vocales de la AF han pedido tres veces a García Ortiz que el Consejo Fiscal pueda debatir sobre esa ley y enviar al Senado el informe que la Cámara le ha pedido, lo que el fiscal general ha rechazado.
[El fiscal general vuelve a negar al Senado el informe sobre la amnistía: "No tenemos competencia"]
"Por tercera vez, las peticiones de los vocales han sido deliberadamente ignoradas por el fiscal general del Estado y, por toda respuesta, hemos recibido copias de las cartas remitidas al Senado declinando las peticiones de la Cámara", han informado los consejeros de la AF a la carrera en un comunicado conocido hoy.
"Nos resulta inconcebible que el fiscal general del Estado estime que las peticiones formuladas por los vocales no merezcan respuesta y, desdeñosamente, nos replique con una copia de la respuesta enviada al Senado", añaden.
Para los consejeros Jorge Andújar, Isabel Gómez, Eva María Mas, Miguel Rodríguez Marcos, Beatriz Sánchez Carreras y Roberto Valverde, el Consejo Fiscal tiene competencia para informar sobre la proposición de ley de amnistía ya que el Estatuto Orgánico del Ministerio Público "debe ser interpretado de manera conjunta y sistemática" y su facultad de informar sobre anteproyectos de ley "no es impedimento para la emisión de informe sobre una proposición de ley a solicitud de una de las Cámaras, con las que existe el deber de colaboración que establece el artículo 10".
Separación de poderes
Los vocales de la AF han elaborado un informe de 160 páginas muy crítico con la ley de amnistía, también conocido hoy.
A su juicio, la amnistía del 'procés' supone la quiebra del principio de separación de poderes al ser "un instrumento de injerencia del Poder
Legislativo en la actuación propia y exclusiva del Poder Judicial".
"Si la Constitución Española constituye la fuente de legitimación de los tres poderes del Estado y la que, además, delimita el ámbito de atribuciones propio de cada uno de aquéllos, cualquier intromisión de los otros dos poderes en la labor genuina y exclusiva del Poder Judicial, de juzgar y hacer ejecutar lo juzgado, tiene que venir expresamente reconocida por la Constitución", argumentan.
Igualdad ante la ley
La amnistía también "vulnera el principio de igualdad ante la ley", afirman.
Señalan, a este respecto que es el factor ideológico, expresado en la “intención de reivindicar, promover o procurar la secesión o
independencia de Cataluña”, el que se erige en presupuesto para la aplicación de la amnistía a los delitos cometidos.
Pero "lo que el Código Penal sanciona o excluye de la penalización no son los fines o intencionalidades ideológicas (...) sino los hechos tipificados como delitos que cometan las personas, con independencia de cuál sea el móvil o intencionalidad política que les impulse a aquella comisión".
Además, esos mismos delitos seguirán existiendo y se aplicarán a
todos los que no acrediten y no les sea apreciada esa intencionalidad política.
De este modo, "el presupuesto determinante de la aplicación de la amnistía en un contexto como el actual, la indeterminación de su contenido y la dificultad para el juzgador de apreciar esa intencionalidad actúan como factores de notoria inseguridad jurídica", salvo que "baste la mera alegación por parte del investigado, acusado o condenado" de que cometió los hechos con esa intencionalidad política, "lo que aún resulta mayormente discriminatorio, casi aleatorio", señalan los consejeros.
Arbitrariedad del poder
También sostienen que la amnistía supone el "incumplimiento" del principio de arbitrariedad de los poderes públicos.
Los beneficiarios serán, de un lado, el candidato a la Presidencia del Gobierno que fue investido gracias a los votos de Junts per Catalunya y ERC, y, de otro lado, los dirigentes y militantes de estas formaciones encausados por delitos relacionados con el 'procés'.
La ley de amnistía "aparece viciada de arbitrariedad desde el punto y hora en que no tiene por objeto la satisfacción de un principio de justicia o equidad, sino que se basa en un acuerdo entre dos formaciones políticas que obtienen un recíproco beneficio".
El informe llama la atención sobre el hecho de que, hasta las elecciones generales del pasado 23 de julio, el consenso social y político sobre la amnistía es que era inconstitucional, lo que ha sido sustituido "por un repentino cambio de opinión".
Ese "quiebro radical", en coincidencia con el resultado de las elecciones, "no se ha justificado como producto de una reflexión jurídico-política".
"Lo relevante ha sido la necesidad de alcanzar un acuerdo entre diversos partidos políticos para obtener el apoyo favorable a la investidura del candidato a la presidencia del Gobierno de la formación política que, el pasado 13 de noviembre de 2023, presentó la proposición de ley de amnistía en el registro del Congreso de los Diputados", manifiestan.
Contraria al Derecho de la UE
El informe sostiene, asimismo, que la amnistía del 'procés' "es contraria al derecho de la Unión Europea" porque determinados delitos especialmente graves -como la malversación o el terrorismo- "se verán beneficiados, en clara contravención de los compromisos asumidos por España como miembro de la UE que obligan a su persecución eficaz".
También critica las referencias de la proposición de ley a la sentencia dictada por el Tribunal Constitucional sobre el Estatuto de Cataluña. Según la exposición de motivos, ese fallo generó un “intenso debate sobre el futuro político de Catalunya” que habría actuado como “precedente” de los hechos amnistiables.
Ello "parece deslizar la idea de una cierta responsabilidad en la atribución de un denominado 'conflicto político' que, de existir, parece que sería 'sostenido en el tiempo', es decir, anterior a ese pronunciamiento", señala el informe.
"En cualquier caso", agrega, "el funcionamiento ordinario del Estado de Derecho no puede generar responsabilidad alguna en los graves hechos que se pretende amnistiar, responsabilidad que nunca puede residenciarse en un pronunciamiento del máximo órgano encargado de velar por la constitucionalidad de cualquier norma con rango legal (...). Los únicos responsables de esos hechos fueron sus autores".
En el mismo sentido, indica que la intervención de la Justicia en el 'procés' "no fue provocada por una 'tensión institucional',
como se afirma en la exposición de motivos, sino por la presunta comisión de hechos delictivos que corresponde depurar a los órganos integrantes del Poder Judicial".
"Otro tanto sucede con las referencias a la 'desafección de una parte sustancial de la sociedad catalana' o al 'trastorno grave (…) en la convivencia social', que parece atribuirse igualmente a la actuación judicial cuando, en realidad, solo puede imputarse a quienes, enarbolando la bandera de los derechos y libertades, solo pretendieron suprimir los derechos y las libertades que todos los ciudadanos españoles nos hemos dado a través de la Constitución y las leyes. Y, de modo particular, los ciudadanos españoles residentes en Cataluña", afirma.