El Pleno del Tribunal Constitucional, en una imagen de archivo./

El Pleno del Tribunal Constitucional, en una imagen de archivo./ EE/ Javier Carbajal

Tribunales

El TC paraliza por unanimidad la iniciativa independentista que tramita el Parlament

El Tribunal Constitucional admite a trámite la impugnación del Gobierno y frena una iniciativa legislativa popular para hacer otra DUI 

9 abril, 2024 12:54

El Tribunal Constitucional ha admitido a trámite este martes la impugnación promovida por la Abogacía del Estado, en representación del Gobierno, contra la decisión de la Mesa del Parlamento de Cataluña de admitir a trámite una iniciativa legislativa popular para que se acuerde una declaración unilateral de independencia.

Tal como instaba el Gobierno, el TC ha paralizado cautelarmente la tramitación de esa iniciativa legislativa, acordada por la Mesa del Parlament el pasado 20 de febrero. A diferencia de otras actuaciones legislativas, la iniciativa legislativa popular no decae con la disolución del Parlament acordada anticipadamente por el presidente de la Generalitat, Pere Aragonès, para convocar las elecciones autonómicas que se celebrarán el 12 de mayo.

La paralización de la iniciativa legislativa popular es automática -así lo establece la Constitución cuando quien recurre es el Gobierno de la Nación- y surte efectos desde el pasado 27 de marzo, fecha en la que la Abogacía del Estado presentó la impugnación.

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El TC ha acordado la admisión a trámite de la impugnación y ha suspendido la iniciativa legislativa popular por unanimidad, a propuesta del ponente, el magistrado Enrique Arnaldo.

El pleno ha debatido si el cauce utilizado por el Gobierno -la impugnación de disposiciones autonómicas- era o no procedente en este caso al tratarse de un acto de trámite de la Mesa.

Pero ha concluido que se trata de un acto de trámite cualificado, ya que crea efectos jurídicos 'ad extra', al desencadenar el proceso de recogida de, al menos 50.000 firmas que avalen la iniciativa legislativa popular.

El texto de la iniciativa reproduce las líneas maestras del proceso independentista de 2017, al sostener -en contra de reiterada jurisprudencia del TC- que "el pueblo de Cataluña es el único titular de la soberanía nacional".

Añade que "la decisión de declarar la independencia corresponde al pueblo de Cataluña como titular de la soberanía nacional y al Parlamento como representante suyo democráticamente elegido".

Entre sus previsiones se encuentra la de facultar al Gobierno de la Generalitat a "negociar el reconocimiento internacional de la declaración de independencia".

Según esa iniciativa legislativa popular, en el término de tres meses a partir de la aprobación de la ley "se constituirá la Asamblea de Representantes de la Nación catalana, que trabajará para que sea declarada la independencia del conjunto de los Países Catalanes".

El artículo 10 del texto prevé que la declaración de independencia de Cataluña será efectiva "cuando sea aprobada la presente ley procedimental de declaración de independencia", "cuando sea negociada con la comunidad internacional la forma y el momento de la declaración de independencia" y "cuando sea declarada por una mayoría absoluta de diputados en sesión solemne del Parlamento de Cataluña convocada al efecto".

Finalmente, establece que la declaración de independencia "se hará en la presente legislatura cuando se cumpla lo que dispone el artículo 10".

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