Nueva condena de los ERE: dos años de cárcel para dos empresarios por una ayuda de casi 400.000 euros
Ambos condenados tendrán que devolver a la Junta la cantidad defraudada hace 15 años.
24 noviembre, 2023 13:35La Audiencia de Sevilla ha condenado a penas de dos años y medio y de dos años de prisión, respectivamente, a los dos empresarios juzgados en una nueva pieza del caso ERE. Se trata del préstamo de 384.841 euros concedido por la Agencia IDEA a las empresas EDM y Séneca SA, sin cumplir el procedimiento legal ni el destino para el que fueron concedidos tales fondos públicos.
La peculiaridad de este caso es que fue el primer juicio de la macrocausa en el que no se sentaron en el banquillo ningún ex alto cargo de la Junta, únicamente los empresarios favorecidos.
Las penas son mínimas y si no cuentan con antecedentes estos empresarios evitarán la entrada en prisión. No obstante, ambos tendrán que devolver a la Junta la ayuda que cobraron en 2008 "sin sujeción a procedimiento legalmente establecido", según reza en la sentencia difundida por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).
Ambos acusados constituyeron la sociedad mercantil Electronics Devices Manufacturer S.A. (EDM) dos años antes, cuyo objeto social era la fabricación de componentes electrónicos. El 2 de agosto de ese mismo año constituyeron la sociedad mercantil Innovación y Desarrollo Empresarial Séneca S.A., con la que aspiraban a la comercialización al por mayor de equipos periféricos y programas informáticos.
El objeto social de ambas entidades, que tenían el mismo domicilio social, se desarrolló gozando de la consideración de centro especial de empleo. La primera de ellas por tener contratadas personas con discapacidad, en virtud de lo cual disfrutaron desde su origen de ayudas públicas de distinta naturaleza. La segunda, en cambio, actuaba complementando las carencias de EDM, operando "de facto como una misma entidad":
La Sección Cuarta de la Audiencia precisa que el número de trabajadores de EDM durante los cuatro años en que ejerció actividad mercantil osciló entre los 8 y los 168, mientras que el de Séneca fluctuó entre ninguno y los 116.
Ambos empresarios procuraban el mantenimiento de la proporción de empleados necesarios para acceder a las distintas ayudas públicas de que podía disponer, tanto para gozar de beneficios en materia de Seguridad Social como para obtener incentivos directos a la contratación de trabajadores con discapacidad.
Así, y según la sentencia, ambas entidades llegaron a disfrutar durante el tiempo en que se mantuvieron activas de ayudas por un importe aproximado a los seis millones, obtenidos a través de subvenciones gestionadas ante entidades públicas y relacionadas tanto con ese tipo de contratación como con los planes de explotación empresarial.
Embargo de todas las subvenciones
En estas condiciones, y en el año 2008, cuando ambas empresas presentaban el pico más alto de personas empleadas, se produjo una situación de crisis empresarial que se tradujo en el impago de obligaciones tributarias, en el impago de nóminas de trabajadores y en el impago a terceros.
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Para tratar de subvertir la situación generada, desde la empresa y bajo la dirección del varón acusado, se iniciaron las labores para la obtención de financiación, planteándose en un primer momento la articulación de un crédito participativo a otorgar por Invercaria.
El mismo no quedaría afectado por retención o embargo que pudiera decretarse en los procedimientos en los que la entidad EDM-Séneca se veía envuelta como demandada o ejecutada.
Los magistrados aseveran que el préstamo se llevó a cabo gracias a las gestiones llevadas a cabo por el entonces director de Inversiones de IDEA, Bienvenido Martínez -cuñado de la que fuera directora general de la Guardia Civil, María Gámez-, sin que conste solicitud formal alguna de ayuda por las empresas ni tramitación de expediente administrativo.
Los inculpados niegan haberse enriquecido
En su comparecencia judicial, los inculpados aseguraron que no se habían enriquecido, aunque sólo accedieron a responder a las preguntas de su abogado defensor, no así del resto de partes, que son la Fiscalía, la Junta de Andalucía y el PP andaluz.
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Sin embargo, según el tribunal, se trató de una subvención concedida "a sabiendas de que no se iba a devolver". Además, realizada "de modo arbitrario, sin sujeción a formalidad alguna, sin atención a fines legítimos, sin previsión sobre el cumplimiento de condiciones y sin más base que la simple voluntad discrecional de otorgarla" por parte del entonces director de Inversiones de IDEA.
El tribunal descarta además que los empresarios desconociesen tales extremos porque tenían "un notable manejo de los conceptos de ayuda y subvención pública", dado el volumen de ayudas recibidas previamente.