Audiencia Provincial de Navarra.

Audiencia Provincial de Navarra. Europa Press

Tribunales DELITOS SEXUALES

Condenas de 39 y 29 años de prisión por inducir a la prostitución a menores tuteladas en Navarra

Los dos proxenetas, un hombre y una mujer, suministraban a las menores cocaína, hachís y 'speed' para que realizaran los actos sexuales y como pago.

6 septiembre, 2023 16:34

La Audiencia Provincial de Navarra ha condenado a 39 y 29 años de prisión, respectivamente, a dos acusados por inducir a la prostitución a tres menores de edad tuteladas por el Gobierno de Navarra.

Así consta en una reciente sentencia, que también absuelve a dos personas acusadas de ser clientes de las menores, para quienes la Fiscalía solicitaba 15 años de prisión.

En la sentencia, que puede ser recurrida ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN), la Audiencia Provincial detalla que los dos proxenetas condenados, un hombre y una mujer, suministraban a las menores cocaína, hachís y speed para que realizaran los actos sexuales y como pago por los mismos.

Un tercer cliente, quien al comienzo del juicio, celebrado el pasado julio, reconoció los hechos, ha sido condenado de conformidad a dos años de prisión.

Los delitos enjuiciados se produjeron en septiembre de 2021. Las tres menores, nacidas en 2007 (dos de ellas) y en 2004 (la tercera), se encontraban tuteladas por la Agencia Navarra de Autonomía y Desarrollo de las Personas, dependiente del Gobierno Foral.

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Según relata un comunicado del TSJN, durante todo ese año, "era habitual que las menores, cuando se fugaban del centro o familia de acogida en que se encontraban, acudieran al domicilio en Pamplona de uno de los procesados". "Allí, este inculpado, conocedor de que una de las menores no había cumplido los 14 años, mantuvo relaciones sexuales dos veces con ella", añade.

Al igual que la mujer condenada, este varón instó a las víctimas a que se realizaran "fotografías de contenido sexual", en las que ocultó sus caras para que no se dedujera su minoría de edad. Y colgó estas imágenes, junto a rótulos con sus números de teléfono, en una web de contactos eróticos.

De acuerdo con la sentencia, desde el 23 al 29 de septiembre, las tres menores prestaron los servicios sexuales que los dos condenados les habían explicado. Las jóvenes recibieron pagos en metálico o mediante la aplicación Bizum.

Como prueba, la Audiencia navarra ha tenido en cuenta el testimonio de las tres víctimas, que estaban "desprotegidas".

"Los hechos ponen de manifiesto que, en esa inducción a la prostitución, hubo un prevalimiento de la situación de desprotección en que se encontraban las menores, ya no solo por su minoría de edad, sino derivado de la situación personal en que se encontraban, ya que se habían fugado de los centros o casa donde se encontraban acogidas, y sabiendo que no querían volver, se aprovecharon de ello", describen los magistrados.

El móvil

El tribunal fundamenta la absolución de uno de los supuestos clientes en que su móvil, desde el que se realizaron seis llamadas "muy breves" a los números que figuraban en la web, "lo usa de manera exclusiva y habitual" un hijo suyo. Por ello, no ha sido posible probar quién realizó estas llamadas. Desde el mismo terminal también se enviaron tres mensajes de texto.

Ahora bien, las tres víctimas sí le identificaron durante una rueda de reconocimiento fotográfico en comisaría y volvieron a incriminarle en el juicio. Para los magistrados, ese reconocimiento fotográfico no resulta suficiente "al no venir corroborado por dato objetivo alguno".

Un informe elaborado por la Policía Foral indica que dicho teléfono fue ubicado el 28 de septiembre a escasos metros del citado domicilio de Pamplona usado por los proxenetas. No obstante, la Audiencia Provincial de Navarra rechaza esa conclusión "por su falta de concreción" y porque "ni siquiera se llega a situar [el dispositivo] en el inicio de la manzana donde se encuentra ubicada la vivienda".

"Si bien los reconocimientos de las menores que, cierto es al ser coincidente entre todas ellas pudieran tener una entidad relevante, no puede obviar el tribunal la ausencia de unas corroboraciones objetivas (...) ante lo cual surge a este tribunal una duda racional sobre la identidad de la persona, [descrita como un] varón mayor, que tuvo relación sexual completa con la menor", argumentan los jueces. Ante esta "duda racional", optaron por absolver a este procesado.

Las penas

Para calcular sus penas, la Audiencia ha impuesto a los dos proxenetas —el hombre y la mujer— nueve años de prisión por cada uno de los dos delitos de inducción a la prostitución de menores de 16 años. A ellos se le suman un lustro y medio de cárcel por un delito de inducción a la prostitución de menor de edad y otros seis años por un delito contra la salud pública. Es decir, un total de 29 años y medio de prisión para ambos.

Al condenado, además, el tribunal le suma una década más de cárcel por un delito continuado de abuso sexual respecto de una menor de 16 años, lo que eleva su pena total a 39 años y 6 meses. No obstante, ninguno cumplirá más de dos décadas de cárcel, ya que la Audiencia ha fijado el límite máximo de cumplimiento en 20 años de prisión.