Juan Márquez, ex director general de Trabajo de la Junta condenado por el caso ERE.

Juan Márquez, ex director general de Trabajo de la Junta condenado por el caso ERE. EFE

Tribunales

Una nueva sentencia de los ERE apunta por falso testimonio a un ex alto cargo ya condenado

Condena a un empresario a dos años y nueve meses de cárcel por recibir una ayuda ilegal.

1 junio, 2023 14:32

Una nueva pieza del caso ERE ya tiene sentencia. La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Sevilla ha condenado a dos años y nueve meses de cárcel por delitos de prevaricación y malversación de caudales públicos al administrador único de la empresa Nerva Croissant S.L., tras recibir una ayuda ilegal de los ERE.

La empresa estaba radicada en la localidad onubense de Nerva y se dedicaba a la fabricación y venta al por mayor y al por menor de productos de panadería, bollería y pastelería.

Lo llamativo de esta causa es que pone en el punto de mira a un ex alto cargo de la Junta de Andalucía ya condenado en la pieza política que podría haber mentido en este juicio, al que asistió como testigo.

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Se trata del ex director general de Trabajo Juan Márquez. Junto al expresidente de la Junta José Antonio Griñán, es el único condenado que aún no ha ingresado en prisión. A este último el Supremo le rebajó la pena privativa de libertad a tres años y la Audiencia le dio uno de plazo mientras se tramita su solicitud del indulto al Gobierno.

En concreto, el tribunal condena a Carlos V.B. como cooperador necesario de un delito continuado de prevaricación en concurso medial con un delito continuado de malversación, con la atenuante simple de dilaciones indebidas, y le impone dos años y nueve meses de prisión y cuatro años y seis meses de inhabilitación absoluta.

En concepto de responsabilidad civil, la Sección Tercera condena al acusado a indemnizar a la Tesorería General de la Junta de Andalucía en la cantidad de 147.913,92 euros como resarcimiento por el perjuicio causado. También debe responder subsidiariamente del total de esta cantidad la entidad Nerva Croissant y de la cantidad de 84.522,13 euros la entidad Nerva Desarrollos Tecnoalimentarios S.L..

De igual forma, el tribunal acuerda deducir copia fehaciente del acta audiovisual del juicio oral y de la presente sentencia a la Fiscalía Anticorrupción por si interesa instrucción de procedimiento contra el testigo Juan Carlos Márquez por presunto delito de falso testimonio.

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La Audiencia considera que, pese a la promesa prestada y ser advertido de las consecuencias de su contravención, hay signos de que "ha faltado ostensiblemente a la verdad, signos suficientes para deducir testimonio en su contra".

El tribunal considera probado que el acusado, como administrador único de Nerva Croissant, "ya había percibido anteriores ayudas y subvenciones públicas relativas a cursos de formación con compromiso de contratación, que había incumplido".

Por tanto, considera que al conocer "la forma laxa y ajena a las normas reguladoras de las subvenciones" que venía utilizando la Dirección General de Trabajo y Seguridad Social, contactó con Márquez para obtener una ayuda o subvención pública para su propio beneficio. "Utilizó como pretexto de la mala marcha de su empresa y de la necesidad de mantener los puestos de trabajo".