Absuelven de nuevo a los presos del 'frente de cárceles yihadista' que loaban al Daesh por carta
La Audiencia Nacional reprocha a los investigadores policiales los "elementos tendenciales" en sus análisis de las misivas.
9 febrero, 2023 15:00La Audiencia Nacional ha vuelto a absolver a los cinco presos que fueron juzgados por, supuestamente, conformar un grupo terrorista en las cárceles en las que estaban internos, principalmente, a través del envío de cartas entre ellos en las que loaban al Estado Islámico (Daesh).
En una primera ocasión, un tribunal ya les exculpó, al considerar que no existían pruebas de la constitución de un grupo terrorista, "a pesar de la vehemencia de muchos de los textos religiosos que enviaban y recibían".
No obstante, tal y como avanzó EL ESPAÑOL, la Fiscalía recurrió esta decisión, al apreciar "contradicciones claras" entre los hechos probados de la resolución y el fallo absolutorio. Y un tribunal diferente al que les juzgó la primera ocasión ha tenido que redactar una nueva sentencia, que vuelve a exonerar a Abderrahmanen Tahiri (también conocido como Mohamed Achraf), Mohamed el Gharbi, Karim Abdeselam Mohamed, Abdelah Abdeselam Ahmed y Lahcen Zamzami. Para este último, la Fiscalía retiró la acusación en la vista oral.
En esta segunda sentencia, los magistrados defienden la absolución, pese al contenido de las cartas. Y reprochan que los informes policiales que analizaron las misivas "son meras interpretaciones de los funcionarios investigadores, sin tener en cuenta la esencia y los requisitos de los cargos criminales dirigidos contra los acusados".
Según los jueces, esas cartas son las propias de presos que ya estaban en prisión tras haber sido condenados por delitos vinculados al terrorismo, por lo que es habitual su contenido salafista. No obstante, no suponen, en ningún caso, la conformación de un grupo yihadista.
"Una vez desprovistas las misivas analizadas de los esenciales elementos intencionales o tendenciales expuestos por los funcionarios investigadores, no podemos conferir consecuencias criminales al contenido de las cartas, por mucha simbología yihadista y lectura islamista que figure en ellas", concluye la Sala. Entre otros elementos, alguna de estas misivas incluía una bandera del Estado Islámico, se congratulaba de las victorias militares de este grupo terrorista en Siria o incluía nasheeds, versos para infundir ánimos a los combatientes.
Al igual que hacía la primera sentencia, esta segunda sí da por probado que, entre 2015 y 2019, los acusados "efectuaron, cada uno por su cuenta, una intensa labor de emisión y recepción de cartas, muchas de ellas por circuitos no oficiales, alejados del control que ejercían los centros penitenciarios sobre su correspondencia".
Y reitera que, con estas cartas, los presos "establecían una corriente de mutuo apoyo", con el objetivo de "sobrellevar la vida en prisión" y "evitar caer en la desesperanza, (...), considerando a Alá como principal sostén de sus vidas".
Uno de los acusados, Abderrahmane Tahiri, cuando se produjeron los hechos, estaba en la cárcel de Estremera (Madrid) cumpliendo una condena de 14 años de prisión por el delito de integración en grupo terrorista. Huyó de España el 17 de diciembre de 2002 y el Juzgado Central de Instrucción número 5 de la Audiencia Nacional ordenó detenerle. Finalmente, fue detenido en Suiza y entregado a las autoridades españolas en octubre de 2005.