Tras el resultado cosechado en las elecciones municipales y autonómicas del 28 de mayo, que han evidenciado un cambio en el mapa político español, con un Partido Popular que sube posiciones y recupera su poder, Pedro Sánchez ha reaccionado convocando elecciones generales anticipadas, para que estas tengan lugar este verano, unos meses antes de lo que estaba previsto.
Después de los comicios celebrados el 28M, el Partido Sociales Obrero Español (PSOE) se ha quedado sin la victoria en la Comunidad Valenciana, Aragón, Extremadura, Islas Baleares, Islas Canarias y La Rioja, una gran pérdida de territorios que se suman a los numerosos fracasos que ha cosechado en diferentes municipios por todo el territorio español. Ante este panorama desolador para la izquierda, y con el objetivo de evitar una sangría de votos mayor en las elecciones generales, inicialmente previstas para el mes de diciembre, Sánchez ha decidido disolver las Cortes Generales y así anunciar un adelanto electoral.
La decisión de Pedro Sánchez
Pedro Sánchez siempre se mostró dispuesto a agotar la XIV Legislatura, al frente del primer Gobierno de coalición de izquierdas de la democracia. Tras ser investido como presidente el 7 de enero de 2020, la fecha máxima para celebrar las elecciones generales era el 10 de diciembre de 2023, es decir, cuatro años y un mes después de los anteriores comicios, celebrados el 10 de noviembre del año 2019.
[¿Cuándo sabré si me toca ser parte de la mesa electoral para las generales de España 2023?]
Sin embargo, y contra todo pronóstico, el jefe del Ejecutivo decidió hacer uso de su derecho para disolver las Cortes Generales de forma anticipada y convocar nuevas elecciones como respuesta a los resultados cosechados por la izquierda el 28M.
A pesar de que estos últimos comicios tenían un alcance autonómico y municipal, el propio Sánchez reconoció que "el sentido del voto traslada un mensaje que va más allá", al mismo tiempo que asumió "en primera persona" los resultados cosechados.
Tras asegurar que el país está "a punto de superar una etapa de crisis derivada de la emergencia de la Covid-19 y también de la guerra de Ucrania", ha recalcado que "el Gobierno ha sacado adelante grandes reformas", pero a pesar de todo cree que "lo mejor es que los españoles tomen palabra y se pronuncien sin demora para definir el rumbo político del país".
¿Cuándo son las elecciones generales?
La convocatoria de las elecciones generales en España 2023 se han publicado el martes 30 de mayo en el Boletín Oficial del Estado (BOE), quedando fijadas para el domingo 23 de julio de 2023, de acuerdo a los plazos que establece la ley.
Este será un calendario inédito en la historia de la democracia moderna de nuestro país, ya que nunca antes se habían celebrado las elecciones generales en pleno verano, ni en el mes de julio ni en el de agosto. De hecho, hasta el momento las votaciones más estivales celebradas habían sido las correspondientes a la III Legislatura, celebradas el 22 de junio de 1986; y las de la XII Legislatura, que tuvieron lugar el 26 de junio del año 2016.
La convocatoria de elecciones generales del 23 de julio
La convocatoria de elecciones generales el 23 de julio, un momento del año en el que gran parte del país se encontrará disfrutando de sus vacaciones de verano, hará que haya muchos usuarios que soliciten el voto por correo, al encontrarse fuera de su domicilio habitual.
Cómo solicitar el voto por correo
La normativa de la Junta Electoral Central (JEC) indica que los electores pueden solicitar el voto por correo si estiman que no se encontrarán en la localidad en la que deben votar, para lo cual es necesario hacer una solicitud previa a la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral, existiendo los siguientes requisitos para ello:
- El elector puede hacer la solicitud a la correspondiente Delegación de un certificado de inscripción en el ceso para el voto por correo. Esta solicitud se puede formular en cualquier oficina de Correos a partir de la fecha en la que se ha publicado la convocatoria de elecciones.
- La solicitud debe ser realizada de forma personal, debiendo el interesado identificarse presentado su DNI, pasaporte o permiso de conducción en vigor.
- Es posible solicitar el voto por correo a través de la página web de Correos, debiendo para ello acreditarse utilizando DNI electrónico o certificado digital.
- Si un ciudadano que desea realizar el voto por correo no puede llevar a cabo esta gestión de manera personal, puede hacerlo otra persona en su lugar, debiendo estar autorizada notarial o consularmente a través de un documento que se extiende de forma individual para cada elector, y sin que en el mismo puedan incluirse a varios electores. Además, una misma persona no puede representar a más de un elector.
- Los servicios de Correos remitirán en un plazo de tres días, toda la documentación que se presente entre ellos a la Oficina del Censo Electoral correspondiente.
Los plazos para la solicitud del voto por correo comienzan a partir de la fecha de convocatoria, por lo que desde el 30 de mayo se puede hacer esta solicitud, teniendo de plazo los ciudadanos hasta diez días antes de la votación, es decir, hasta el 13 de julio.
Por otro lado, conviene recordar a todos los interesados en realizar el voto por correo que, una vez solicitado y aprobada la solicitud, no será posible acudir a una mesa electoral para ejercer el derecho a voto el día de los comicios.