
Varios niños en una guardería
Ayudas de hasta 2.000 euros para la conciliación de empleados con reducción de jornada o excedencia de CyL
Se podrán solicitar del 31 de marzo al 30 de abril y hay varios requisitos a cumplir.
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El Consejo de Gobierno de la Junta de Castilla y León ha dado luz verde a una nueva convocatoria de ayudas dirigidas a personas que reducen su jornada laboral o solicitan una excendencia para el cuidado de hijos y familiares.
Estas ayudas, que cuentan con un importe inicial de 600.000 euros, 300.000 por línea, ampliable hasta los dos millones de euros, se podrán solicitar a partir del próximo 31 de marzo y hasta el 30 de abril.
Las solicitudes deberán realizarse a través del formulario puesto a disposición en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (www.tramitacastillayleon.jcyl.es) y la resolución llegará, como máximo, a los seis meses a contar desde el día siguiente a la finalización del plazo de presentación.
Las ayudas serán de 1.500 euros con carácter general. No obstante, si se trata de familias numerosas, monoparentales o en situación de acogimiento o guarda con fines de adopción del menor por el que se ejerce la excedencia o la reducción de jornada, puede incrementarse en 1.000 euros más.
Requisitos
Ahora bien, es importante tener en cuenta que, en el caso de las personas con reducción de jornada, se otorgarán las subvenciones cuando el derecho se ejerza por un periodo ininterrumpido de seis meses para el cuidado de hijo menor de 12 años.
De igual modo, por cuidado a una persona con discapacidad, cónyuge, pareja de hecho o de familiar hasta el segundo grado de consanguinidad, incluido el familiar consanguíneo de la pareja de hecho, que, por razones de edad, accidente o enfermedad no pueda valerse por sí mismo.
En el supuesto de los mayores de edad a cargo del solicitante, no pueden estar desempeñando actividad retribuida.
Además, las personas que opten a esta ayuda deben haber reducido su jornada un 40 %, con la correspondiente reducción de su salario. Esta también se aplica a los contratos a tiempo parcial, siempre y cuando supongan, al menos, 20 horas de trabajo semanales.
En cuanto a la excedencia, pueden optar a las subvenciones quienes la hayan practicado durante, como mínimo, tres meses ininterrumpidos, (mes y medio por miembro de la pareja de manera consecutiva o tres meses en el caso de familias monoparentales) por cuidado de hijo menor de tres años.
También del cónyuge o pareja de hecho, o de un familiar de primer grado de consanguinidad o afinidad, incluido el familiar consanguíneo de la pareja de hecho, cuando, por razones de edad, accidente o enfermedad no pueda valerse por sí mismo. En estos dos últimos casos, no pueden estar desempeñando una actividad retribuida.
Además, para poder recibir la ayuda es necesario tener residencia legal en España, llevar empadronados en Castilla y León al menos un año, y haber estado dado de alta como trabajador por cuenta ajena en la Seguridad Social hasta la fecha de inicio de la reducción de la jornada o excedencia.
A todo ello se suma que el nivel anual de renta de la familia no supere los 35.000 euros y los 17.500 en el caso de las monoparentales.