Valencia

Una doctora que fue suspendida de sus funciones durante dos años por varios casos de negligencia médica trabajó parte del último verano en el servicio de urgencias del Hospital General de Valencia pese a que no podía tratar a pacientes.

La sanitaria, que responde a las iniciales P.D.F., tiene prohibido ejercer en el sistema sanitario público y este tiempo ha estado trabajando de médico en servicios de la sanidad privada.

Sin embargo, y cuando la sanción seguía vigente, la doctora fue contratada para cubrir una baja de otra facultativa. En concreto, estuvo trabajando en las Urgencias del Hospital General los pasados meses de junio y julio, según confirma la documentación a la que ha tenido acceso EL ESPAÑOL.

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Ni la Conselleria de Sanidad ni el Hospital General se dieron cuenta de que contrataron a una médico suspendida. Fueron los antiguos compañeros de la médica los que comunicaron los hechos y alertaron de que la doctora estaba incumpliendo la sanción impuesta.

El comité de empresa del Hospital General trasladó los hechos a la dirección tras tener conocimiento de que la médica estaba tratando a pacientes sin ningún tipo de control.

Tras la denuncia, el consorcio del Hospital General, integrado por la Diputación y la Generalitat Valenciana, confirmó por escrito a los representantes de los trabajadores que P.D.F. "fue contratada para una sustitución en fecha 23 de junio".

"En fecha 31 de julio de 2023 se nos indica por la Conselleria de Sanidad que la trabajadora se encontraba en cumplimiento de una sanción, la cual finalizaba el 24 de julio", expuso el hospital.

"Visto lo anterior, esta administración y por indicación de la citada conselleria, procedió a anular los servicios como efectivamente prestados coincidentes con el periodo de sanción", trasladó el hospital al comité de empresa.

La dirección del centro también se dirigió a los empleados que, de manera particular, también trasladaron que la sanitaria amonestada estaba en contacto directo con los pacientes.

"Se procedió a su comprobación, confirmándose que durante un periodo de un mes solapó la sanción con la prestación de servicios en este centro, por lo que a los efectos correspondientes se procederá a la anulación de tiempo trabajado en este centro solapado con la suspensión de funciones", justificó el centro.

Según puntualizaron fuentes de la Conselleria de Sanidad a este periódico, el Hospital General publicó un procedimiento de provisión temporal de puestos de trabajo y esta facultativa especialista se presentó.

En concreto, "se le hizo un contrato de sustitución el 22 de junio de 2023 sin que el hospital tuviese conocimiento de que ella estaba cumpliendo una sanción". 

"El hospital tuvo conocimiento el 31 de julio de 2023 de que la facultativa había estado sancionada y de que la sanción impuesta había finalizado el 24 de julio. Entonces, se procedió a anular los servicios efectivamente prestados durante el mes que estuvo en esta situación", añadieron ayer desde Sanidad. 

Guardias sin descanso

El expediente por el que finalmente fue sancionada esta doctora se inició en abril del año 2021.

La investigación interna se abrió después de que varios sanitarios denunciaran que la médica acumulaba horas de guardia sin control ni ningún descanso en diversos centros sanitarios valencianos.

De este modo, sus compañeros de trabajo aseguraron que las guardias prolongadas suponían un peligro para los pacientes porque la sanitaria denunciada mostraba evidentes síntomas de agotamiento y erraba en los diagnósticos.

Tras la correspondiente instrucción del expediente, en noviembre del año 2021, la Conselleria de Sanidad dictó resolución declarando a la expedientada como autora de "dos faltas graves", en virtud del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud.

El motivo de la sanción fue "el incumplimiento de sus funciones" y "de las normas reguladoras del funcionamiento de los servicios".

El Estatuto Marco no establece el número máximo de horas que puede tener legalmente una guardia médica. No obstante, sí se especifica que no se pueden superar las 48 horas de trabajo por semana.

Los descansos tras la guardia médica están regulados por las normativas autonómicas. Por regla general, el periodo mínimo diario de descanso entre el fin de una jornada y el comienzo de la siguiente deberá tener una duración ininterrumpida de 12 horas.