
Mujer en la oficina del SEPE.
La dura batalla de una maestra contra la Seguridad Social: sufre fibromialgia, pero le niegan la incapacidad
La profesora decide demandar alegando que su condición no le permite realizar su trabajo de manera eficiente, la justicia no está de acuerdo.
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Una maestra de educación primaria de Logroño demanda a la Seguridad Social cuando esta se niega a concederle la incapacidad permanente y la prestación correspondiente.
La profesora padece fibromialgia, una enfermedad crónica que genera dolor muscular y cansancio profundo. Así, el caso llegó al Juzgado de lo Social número 1 de Logroño, que desestimó la demanda porque se considera que su enfermedad no reduce su capacidad laboral.
La afectada decide recurrir dicha decisión. El caso acaba en manos del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja, que pone el foco en las pruebas médicas que la recurrente alegaba que se habían interpretado mal.
El análisis del TSJ
Las pruebas médicas presentadas por la maestra denotaban que padecía fibromialgia, síndrome de fatiga crónica, dolor y rigidez en el hombro derecho, pinzamiento de un nervio en la columna y trastorno ansioso-depresivo reactivo a estresores.
Cada una de estas enfermedades, en efecto, significa una limitación, principalmente porque se caracterizan por ser dolores recurrentes.
Sin embargo, cabe recordar que la incapacidad permanente es una situación laboral en la que un trabajador, después de haberse sometido a tratamientos y haber sido dado de alta por un médico, ve reducida o anulada su capacidad para ejercer su profesión.
Para evitar que dichos empleados pierdan sus ingresos, se les concede una prestación de la que se encarga la Seguridad Social. Sin embargo, para ello deben cumplir con las condiciones previamente establecidas.
Una vez aclarado esto, la profesora alega que sus exámenes médicos no fueron bien interpretados y, por eso, se le negó esta prestación.
Sin embargo, el Tribunal Superior de Justicia mantiene que la valoración inicial del Juzgado, es coherente con los informes médicos presentados.
A pesar de que la profesora no esté de acuerdo con esta valoración, la Sala responde que este análisis “en ningún caso puede verse afectado o desvirtuado por conclusiones diversas o valoraciones distintas de parte interesada”.
Así, el TSJ expresa que la sentencia inicial relaciona correctamente las dolencias y limitaciones funcionales que sufre la profesora. Existen dichas limitaciones; sin embargo, en su día a día no se verían reflejadas.
Es decir, a pesar de que en efecto existe una enfermedad y unos dolores, la profesión de maestra no requiere ni “una carga física elevada, manejo de pesos, elevación del hombro por encima de la horizontal, ni permanecer de pie o deambular mucho”.
De esta forma, concluye que el estado de la trabajadora “no alcanza la entidad y gravedad suficientes como para anular su capacidad laboral”.
Así, se entiende que puede seguir ejerciendo su profesión, siempre y cuando las exigencias físicas no jueguen un papel trascendental.
Finalmente, el Tribunal Superior de Justicia de La Rioja desestima la demanda de la profesora y le niega la incapacidad permanente.