Con el propósito de alcanzar la máxima protección de los derechos y el bienestar de los animales, el pasado mes de marzo se aprobó en España la nueva Ley de Bienestar Animal. Uno de los principales objetivos de la nueva normativa es acabar con el maltrato hacia los animales y concienciar a la sociedad de la importancia de acabar con esta lacra. A pesar de que la normativa se aprobó el pasado mes de marzo, la nueva Ley de Bienestar Animal no entrará en vigor hasta el próximo 29 de septiembre.
La nueva ley incorporará una serie de novedades. Desde el mismo día que entre en vigor la normativa, las infracciones que se cometan contra los animales serán catalogadas como leves, graves o muy graves. Dependiendo de la gravedad de la acción, las multas irán desde los 500 hasta los 200.000 euros. Pero no será la única novedad que incorpore la normativa. La ley establece también, a través del artículo 30.3, la obligatoriedad de contar con seguros de responsabilidad civil para perros a nivel estatal.
También será necesario para los dueños de perros la realización de un curso de formación obligatorio. Se realizará vía online y tendrá una validez indefinida. Sin embargo, todavía falta mucha información por detallar sobre cómo será el curso y, por ejemplo, dónde deberán realizarlo los dueños de los perros.
Todos estos detalles se conocerán cuando se publique el decreto, que posiblemente será después de que entre en vigor la normativa. Lo que sí se sabe es que los dueños que ya tengan perros en casa tendrán dos años para realizar el curso. Por el contrario, aquellos que quieran adquirir uno deberán completar el curso antes de tener la mascota en casa.
Sin duda, el curso de perros ha sido uno de los puntos más polémicos de la normativa, pero no ha sido el único que ha llamado especialmente la atención. La nueva Ley de Bienestar Animal limitará a partir de ahora el número de mascotas que los ciudadanos podrán tener en casa. Es decir, desde el día que entre en vigor la normativa, el próximo 29 de septiembre, solo se podrá tener un máximo de cinco mascotas en una misma vivienda.
[Esto es lo que no puedes hacer desde este mes con la nueva Ley Animal: multas de hasta 200.000€]
Ante esta situación, uno de los supuestos que puede darse es que haya alguien que ya cuente con más de cinco animales en su casa. O, por el contrario, que no los tenga pero sí tenga en mente contar con ellos en un futuro. En estos casos, será necesario obtener un permiso especial que será otorgado por el Ayuntamiento de la localidad donde reside la persona.
En este sentido, el primer caso será acudir al Ayuntamiento y solicitar un permiso. Una vez hecha la petición, será la administración quien se encargue de valorar los casos de forma personal basándose siempre en un informe veterinario que acredite el bienestar de los animales en la vivienda.
Si el permiso es aceptado, no habrá problema en contar con más de cinco animales en casa. Por el contrario, si es denegado, la persona estará obligada a entregar a sus mascotas a un centro especializado con la licencia correspondiente.
En caso de incumplir la norma y desobedecer la decisión del Ayuntamiento, se establecerán las equivalentes sanciones que podrán ir desde leves a muy graves (desde 500 a 200.000€).
El famoso 'listado positivo'
La normativa, además del cursillo de perros, el seguro obligatorio y el límite de animales que se pueden tener en casa, incorpora un nuevo concepto: el listado positivo. Esta lista incorpora todos aquellos animales que el Gobierno considerará que sí se podrán tener en casa y que, por lo tanto, figurarán como mascotas oficiales. Por el momento, las tres mascotas reconocidas como domésticas son perros, gatos y hurones.
Por el momento, la lista no ha sido definida de forma completa por el Gobierno. Por ello, a partir del 29 de septiembre, habrá un tiempo en el que habrá animales de compañía que todavía no estén prohibidos, pero que sí habrá que notificarlos a las autoridades para evitar tener problemas con esta nueva Ley de Bienestar Animal.
Algunos de los animales que habrá que notificar, en caso de tener en casa, son: artrópodos, peces y anfibios cuya mordedura o veneno pueda suponer un riesgo grave para la integridad física o la salud de personas. También habrá que informar a las autoridades sobre la tenencia de los reptiles venenosos, todas las especies de reptiles que en estado adulto superen los 2 kg de peso, los mamíferos silvestres que en estado adulto superen los 5 kg, los primates y las especies incluidas en otra normativa sectorial a nivel estatal o comunitario que impida su tenencia en cautividad.