Los nuevos días libres que tendrás a partir de ahora con la Ley de Familias de Ione Belarra
Además, la nueva norma asimila las familias monoparentales con dos hijos a las numerosas y reconoce los diferentes tipos de familias.
28 marzo, 2023 20:33El Gobierno ha aprobado este martes la Ley de Familias para continuar el trámite parlamentario con la intención de que esté en vigor esta legislatura sin la prohibición del “pin parental”, una medida retirada finalmente por Derechos Sociales por recomendación del Consejo de Estado.
La norma incluye tres nuevos permisos para el cuidado de familiares o convivientes, asimila las familias monoparentales con dos hijos a las numerosas y reconoce los diferentes tipos de familias, como adoptivas, reconstituidas, LGTBI, con algún miembro con discapacidad, múltiples o acogedoras.
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La ministra de Derechos Sociales, Ione Belarra, ha anunciado su aprobación por parte del Gobierno en su perfil de Twitter, en un vídeo en el que detalla las medidas de la norma para abordar la “emergencia de la conciliación” y afrontar con nuevos permisos las “carencias históricas” en este ámbito.
“Las personas deben poder formar las familias que ellos decidan, si quieren hacerlo, y deben elegir con quien quieren compartir su vida. Y las instituciones estaremos ahí para acompañarlas, para protegerlas y para apoyarlas. Porque queremos un país con personas más libres y más felices”, asegura Belarra.
Esta ley crea un registro de parejas de hecho que podrán acceder a los distintos permisos, como los 15 días que se da por matrimonio, y reconoce el derecho a la atención temprana. También recoge la ampliación de la renta crianza de cien euros al mes por hijo menor de 3 años que solo cobraban las madres trabajadoras a aquellas que están en paro o que hayan cotizado al menos un mes, una medida que ya está en marcha desde enero.
Nuevos derechos de conciliación
La Ley también establece nuevos derechos de conciliación para que los trabajadores puedan compaginar su vida laboral y la profesional.
-Un permiso por cuidado de cinco días al año, retribuidos, para atender a un familiar hasta 2º grado o conviviente, que los trabajadores o trabajadoras podrán utilizar en caso de accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que necesite reposo.
-Un permiso parental de ocho semanas, que podrán disfrutarse de forma continua o discontinua, hasta que el menor cumpla ocho años.
-Un permiso por ausencia por fuerza mayor familiar que requiera atención inmediata, que será de cuatro días retribuidos al año y que se podrá disfrutar por horas.
Además, la ley extiende el subsidio por nacimiento y cuidado no contributivo a adoptantes y familias de acogida, se ampliará la pensión de orfandad un año (hasta los 26), y el permiso por cuidado de menor con cáncer o enfermedad grave hasta los 26 años en caso de discapacidad.