Todos los conductores están obligados a pasar la Inspección General de Vehículos (ITV) para poder circular y para evitar la siniestralidad en las carreteras españolas. Si el resultado es satisfactorio, los técnicos otorgan al usuario una pegatina que es obligatorio ponerla en el vehículo. De lo contrario, podrás exponerte a una multa de hasta 80 euros. Además de eso, también debes tener en cuenta también los nuevos cambios que podrían entrar en vigor en la inspección muy pronto.
La frecuencia con la que debes pasar la revisión a tu vehículo depende del tipo y va en función de los años que tenga en el momento de su compra. Por ejemplo, un turismo y una motocicleta nueva no tendrán que pasar su primera ITV hasta cumplidos los cuatro años, por ejemplo, y desde entoncés, cada dos años. En el momento en que pasen los diez años de antigüedad, se tendría que pasar cada año.
Según el Reglamento General de Vehículos, es obligatorio que todos los vehículos que pasen por la ITV porten la pegatina visible y colocada correctamente en el parabrisas del vehículo. Concretamente, la ley establece que el lugar idóneo donde se debe poner es en el ángulo superior derecho del parabrisas, ya que se supone que es el lugar en el que menos afecta a la visibilidad del conductor.
Si, por descuido o equivocación te la guardas o la colocas en otra parte sin hacer caso a la normativa, podrás exponerte a una sanción de hasta 80 euros sin pérdida de puntos. Sin embargo, en otros vehículos como las motocicletas la normativa es diferente si no tienen parabrisas. En este caso, el distintivo se debe colocar se debe colocarse en un lugar bien visible de la misma como el chasis o el guardabarros delantero.
Aquellos conductores que cumplen adecuadamente con la normativa solo pueden llevar una pegatina que es la que corresponde a la última revisión realizada por el vehículo. Por tanto, los que llevan una ristra de pegatinas de ITV de diferentes colores y años no está permitido, precisamente, porque la visibilidad del conductor podría reducirse.
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