Con la llegada del mes de agosto vienen los desplazamientos y las vacaciones, pero eso no es sinónimo de desconexión total. Aunque estés en la playa, en la montaña o disfrutando del tiempo libre en casa, hay una serie de plazos de obligado cumplimiento que precisan a ciertos turismos a pasar la Inspección Técnica de Vehículos. Pero esto no lo es todo, el pasado mes de julio se aplicaron una serie de cambios.
Aunque en la mayoría de casos la fecha de revisión puede depender del tipo de automóvil, existe la obligación de acudir a por primera vez a la estación. Esta primera inspección será diferente según el tipo de vehículo, que puede ser: nuevo, de Kilómetro Cero o seminuevo. Mientras que las motocicletas y los turismos no tienen la obligación de someterse a la ITV durante los primeros cuatro años, los ciclomotores de dos ruedas deben hacerlo por primera vez cuando cumplan tres años matriculados.
Este año las matrículas que se llevan el protagonismo son aquellas que empiezan por la K, y en concreto este mes son las siguientes: KNL, KNM, KNN, KNP, KNR, KNS, KNT, KNV, KNW, KNX, KNY, KNZ, KPB, KPC, KPD.
Si tu matrícula esta próxima a estas anteriores seguramente es porque te toque este año también. Si está comprendida entre KGN hasta KNK, corre que ya vas tarde. Por el contrario, si está en el tramo de KPD a KPS tienes septiembre para pasar la inspección, si está de KPD a KPS en octubre, de KRJ a KRZ noviembre y de KARZ a KSS diciembre es tu mes.
Pero ante la duda, lo mejor para comprobar la fecha correcta para pasar la inspección, es mirar en el permiso de circulación del vehículo la fecha de matriculación y sumarle los años correspondientes (cuatro en el caso de turismos y motocicletas).
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