Una unidad de cuidados intensivos durante la pandemia de Covid-19.

Una unidad de cuidados intensivos durante la pandemia de Covid-19.

LA TRIBUNA

Ozonoterapia: alentar la falta de confianza amenaza nuestro sistema de salud

Alentar la desconfianza hacia los médicos y el sistema de salud pone en riesgo la seguridad de los pacientes y fomenta la litigiosidad en el sector sanitario.

25 agosto, 2021 02:06

Hace escasos días saltó hasta los medios de comunicación la noticia de que un juzgado contencioso administrativo de Castellón ha acordado como medida cautelar la aplicación de un tratamiento de ozonoterapia a un paciente con Covid-19 ingresado en la Unidad de Cuidados Intensivos (UCI) de un hospital público de la zona.

No se trata de demonizar ninguna técnica. Muchísimo menos de cuestionar la solicitud judicial de los familiares del paciente. Estos ejercitan legítimamente un derecho e intentan así agotar desesperadamente cualquier recurso, en la creencia de que el tratamiento que solicitan pudiera ser la única curación para su familiar.

Lo preocupante e inquietante de esta noticia es que, al final, es un juzgado quien decide qué tratamiento debe aplicarse a un enfermo. Y, lo que es más llamativo aún, de forma contraria al criterio de sus médicos responsables en la UCI.

También es una forma de alentar a familiares de pacientes, en contextos de desesperación y angustia, a que desoigan y desconfíen del criterio científico de nuestros médicos y a que presenten ante los tribunales solicitudes de tratamientos que pudieran no estar indicados. Incluidas pseudoterapias o pseudociencias, autorizadas o no, acorde o contrarias a protocolos y guías clínicas. Lo mismo da.

El uso de la ozonoterapia no está autorizado en pacientes con coronavirus 

Los progresos en tecnología sanitaria y en conocimiento médico han generado un sistema de salud de una enorme complejidad y en el cual la seguridad del paciente es el fin último. De ahí que se cuente con una regulación en materia sanitaria muy amplia y especializada que no puede ser obviada. La formación en derecho sanitario y el asesoramiento especializado son indispensables.

Es cierto que la ozonoterapia está incluida en la cartera de servicios del Sistema Nacional de Salud, dentro de las unidades del dolor, desde 2011. Pero lo que no está autorizado es su uso en pacientes con coronavirus ya que no existe evidencia científica alguna ni de su seguridad ni de su eficacia.

La Agencia Española del Medicamento y Productos Sanitarios considera que la administración de ozono debe seguir la misma regulación que la de un medicamento de uso humano. ¿Por qué? Por tratarse del entorno regulatorio en el que mayores garantías se dan a los pacientes en cuanto a la calidad, seguridad y eficacia del tratamiento.

En consecuencia, su uso sólo puede producirse en el contexto de una autorización de comercialización, en el de un ensayo clínico o bien a través de una autorización de uso de medicamentos en situaciones especiales. En el presente supuesto, como es evidente, no se cumple ninguna de estas circunstancias.

Estamos ante una respuesta judicial sin precedentes que ya ha recibido respuesta por parte de la comunidad médica

Estamos ante una respuesta judicial sin precedentes que ya ha recibido respuesta por parte de la comunidad médica. Es más, el Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos ha contactado a su vez con el presidente del Consejo General del Poder Judicial advirtiendo de los futuros problemas que pueden producir estas injerencias judiciales en nuestro sistema sanitario.

Estamos viviendo una crisis de salud de dimensión mundial. En el caso de España, ya en la quinta ola de esta pandemia por coronavirus. Hace escasamente año y medio, cuando todo esto comenzaba, los españoles salíamos de forma recurrente a nuestros balcones a las 20:00 para homenajear a nuestros sanitarios. Esos mismos profesionales que ahora continúan luchando diariamente contra la pandemia.

No creo que a ninguna otra profesión se le pasase siquiera por la cabeza en mayo de 2020 que no les competiera a estos profesionales sanitarios (por formación, por experiencia y por conocimiento) la toma de decisiones clínicas conforme a la normativa sanitaria, la evidencia clínica, los criterios de normo praxis y, por supuesto, en cumplimiento de las obligaciones deontológicas.

El Comité de Bioética de España, en su informe del 25 de marzo de 2020, ya advertía de que siempre que se produce un acontecimiento con grave impacto en la salud es habitual ensalzar la labor de los profesionales sanitarios “aunque dicho esfuerzo suele caer poco tiempo después en el olvido”. No debemos permitirlo.

La polémica resolución judicial se ha adoptado sin oír a los médicos responsables o a la Gerencia del Hospital

Si cuando nuestro hijo está enfermo le llevamos al pediatra, cuando tenemos una patología cardiaca acudimos al cardiólogo o cuando nos rompemos un hueso, al traumatólogo, en este caso, y estando este paciente ingresado en la UCI, ¿no debieran haber sido escuchados por la juzgadora los especialistas en medicina intensiva antes de acordar una decisión clínica contraria al criterio de estos médicos? ¿No les correspondería a ellos determinar si es segura o no la aplicación de una técnica de ozonoterapia? Y ya no sólo para este paciente, sino también para el resto de pacientes ingresados en la UCI.

Es más, ¿no podría haber sido una mejor alternativa para solventar este conflicto la intervención de un tercero experto que informara y mediara?

No ha sido el caso. La polémica resolución judicial se ha adoptado sin oír a los médicos responsables o a la Gerencia del Hospital. “Consta suficientemente acreditada la concurrencia de circunstancias excepcionales de urgencia que justifican la resolución de la medida cautelar interesada sin la previa audiencia de la parte contraria, hallándose en juego la vida del paciente”.

¿Sobre qué base científica ha fundamentado la juzgadora su resolución? Considero que sobre ninguna. O, al menos, no ha trascendido.

Cualquier injerencia externa influye no sólo en el paciente, sino también en los que le rodean

Esta injerencia judicial, con el mayor de los respetos, únicamente supone debilitar la confianza que debe imperar en la relación médico-paciente. Y, desde luego, va a ser el origen de futuros litigios que se pudieran haber evitado.

Cualquier enfermo en la UCI se halla en una situación vital comprometida. Pero exactamente por esta razón se encuentra en la Unidad de Cuidados Intensivos de un Hospital a cargo y al cuidado de médicos especialistas para los cuales la salud y la vida del enfermo son la primera de sus preocupaciones.

Recordemos que una unidad de cuidados intensivos es un entorno cerrado y de una extraordinaria dificultad de gestión por la especial situación en la que se encuentran los pacientes allí ingresados. Debido a la excepcionalidad de la aplicación de una técnica como la ozonoterapia, que exige unas condiciones de ventilación permanente del entorno, la medida dictada por el juzgado tiene implicación directa sobre el resto de pacientes allí ingresados. En un lugar así, como en un frágil ecosistema, cualquier injerencia externa influye no sólo en el paciente tratado, sino también en los que le rodean.

Es cierto que, en la actualidad, la relación entre el médico y el paciente ya no descansa tanto en la confianza o en la habilidad del médico, sino en su experiencia y capacidad de trabajo. Que, además, se desarrolla en un medio más tecnificado, especializado y regulado.

Nadie debe olvidar que nuestro sistema de salud pivota sobre la seguridad del paciente

Lo anterior se traduce en que el paciente ya no concibe la salud como suerte, sino como derecho, lo que implica un cambio importante de actitud. Se pasa de una situación de sometimiento y resignación a otra de mayor exigencia de calidad y cantidad de prestaciones asistenciales.

Ahora bien, nadie debe olvidar que nuestro sistema de salud pivota sobre la seguridad del paciente. De ahí la importancia de la investigación, de los ensayos, de los procesos de validación, de los protocolos y de las guías clínicas. Todo ello de obligado cumplimiento para nuestros médicos.

No se debe alentar la desconfianza hacia nuestros médicos ni hacia el funcionamiento de nuestro sistema de salud, ni alimentar en situaciones desesperadas falsas esperanzas en tratamientos y soluciones milagro no avaladas por nuestra comunidad científica. Al final, esto pone en riesgo la seguridad de nuestros pacientes y fomenta la litigiosidad en el sector sanitario.

*** Ofelia de Lorenzo es vicepresidenta de la Asociación Española de Derecho Sanitario (AEDS).

.

La lista de Schánchez

Anterior

Sobre héroes y hombres

Siguiente