Los controles de alcoholemia son, sin lugar a dudas, uno de los momentos más temidos por la mayoría de conductores. Es una de las herramientas más importantes que disponen las autoridades para garantizar la seguridad en las carreteras.
Esto consiste principalmente en un procedimiento para determinar la concentración de alcohol en la sangre de una persona. Precisamente, estos controles suelen ser más comunes en fechas especiales y en horarios nocturnos en los que la gente suele regresar de cenas y/o fiestas.
Aunque en la mayoría de ocasiones este aspecto está estrechamente relacionado con la ingesta de bebidas alcohólicas, la realidad es que hay ocasiones en las que algunos alimentos pueden provocar que demos un falso positivo.
Como es lógico, este porcentaje de alcohol es bastante menor que si ingiriésemos una bebida alcohólica. Tal y como corroboran los expertos, esto se debe por la fermentación que tienen algunos alimentos y si se toma antes de un control es posible que más de uno se lleve un disgusto, incluso sin haber bebido una gota de alcohol.
En la larga lista de alimentos que pueden hacer que demos positivo en un control, se encuentran algunos productos de panadería, extractos, productos de higiene e incluso frutas.
En este sentido, y uno de los casos más conocidos es el del pan de semillas de amapola. Aunque a primera vista parece un snack saludable, puede desencadenar un resultado positivo en opioides, ya que las semillas contienen trazas de morfina.
Igualmente, existen algunos encurtidos que, debido a los procesos de conservación, pueden provocar que estos mismos contengan pequeñas cantidades de alcohol.
Asimismo, algunas frutas, especialmente cuando están muy maduras, comienzan un proceso de fermentación natural que genera pequeñas cantidades de alcohol. Las uvas y los plátanos son ejemplos de alimentos que pueden influir en los resultados de los controles. Lo mismo puede ocurrir con algunos vinagres y jugos.
Por último, pero no menos importante, también debemos tener especial cuidado con los enjuagues bucales. Los colutorios son uno de los ejemplos más claros en este tipo de falsos positivos. Al tener una alta concentración de alcohol, su uso puede provocar un repunte momentáneo en la prueba.
También algunos medicamentos como jarabes para la tos, aerosoles para el asma y remedios para el resfriado contienen alcohol en su composición, lo que puede influir en los resultados.
Además, no podemos olvidarnos de los caramelos con licor, bombones o postres con ron, que pueden elevar tu nivel de alcohol en sangre más de lo esperado.
Límite cervezas
A colación de los alimentos que pueden dar positivo en un control de alcoholemia, es necesario recordar el límite de la tasa máxima de alcohol permitida a todos los conductores de vehículos motorizados y no motorizado.
Este pasado jueves, el Pleno del Congreso instó al Gobierno a reducir la tasa máxima de alcohol. La nueva propuesta establece un límite de 0,2 gramos por litro en sangre y 0,1 miligramos por litro en aire espirado. En la actualidad, los límites se sitúan en 0,5 g/l y 0,25 mg/l, respectivamente, y en el caso de los conductores noveles, se fijan en 0,3 g/l y 0,15 mg/l.
El Gobierno defendió esta nueva normativa justificando que el consumo de alcohol supone uno de los principales factores de riesgo durante la conducción. De hecho, de acuerdo con datos del año 2023, el 32,7% de las víctimas mortales en accidentes de tráfico presentaban una tasa de alcoholemia positiva.
Este cambio supondrá que un hombre que beba un tercio de cerveza o una copa de vino podría dar positivo en los límites de alcohol con una tasa de alcohol en sangre de entre 0,21 y 0,28 gramos por litro de sangre. En el caso de las mujeres, estos niveles aumentarían hasta los 0,34 a 0,48 gramos por litro de sangre.
Sanciones económicas
Como decíamos anteriormente, conducir bajo los efectos del alcohol está duramente penado por la Dirección General de Tráfico. En el caso de dar positivo, la multa económica puede ser de hasta 1.000 euros.
Además, se pueden aplicar pena de prisión de tres a seis meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 30 a 90 días; así como la retirada del carné de conducir de uno a cuatro años.
Evidentemente, se recomienda aplicar la política 0,0 al volante pero las sanciones se aplican a partir de las siguientes cantidades:
- Si la tasa de alcohol en aire espirado se sitúa entre 0,25 mg/l y 0,50 mg/l (de 0,15 a 0,30 mg/l para noveles y profesionales), la multa es de 500 euros y la retirada de cuatro puntos en el carnet de conducir.
- Si la tasa de alcohol en aire espirado supera los 0,50 mg/l (0,30 mg/l para noveles y profesionales), la sanción es de 1.000 euros y la pérdida de seis puntos en el carnet de conducir.
- Si se supera la tasa de alcoholemia de 0,60 mg/l en aire espirado, se considera un delito contra la seguridad vial castigado con penas de prisión de tres a seis meses, multa de seis a 12 meses, o trabajos en beneficio de la comunidad de uno a tres meses; además, se perderá el carnet de conducir durante entre uno y cuatro años.