La Ley de Mercados Digitales (Digital Market Act, DMA) de la Unión Europea (UE), cuyo objetivo es regular el sector digital para que sea "más equitativo y competitivo", ya es una realidad.
El reglamento se publicó el pasado miércoles en el Diario Oficial de la UE, tras lo que se abre un plazo de 20 días para su entrada en vigor y seis meses como máximo para la aplicación efectiva de sus obligaciones. Es decir, a partir de abril de 2023 se empezarán a ver las primeras consecuencias derivadas de su implementación.
Esta ley apareció por primera vez a finales de 2020, dentro de un paquete de medidas sobre los servicios digitales presentados por la Comisión Europa (CE) con el objetivo de sistematizar todas las normas en una para agilizar el proceso y obligar a las tecnológicas que quieran operar en Europa a acatarlas.
En noviembre de 2021, menos de un año después, los estados miembros llegaron a un acuerdo provisional sobre este reglamento cuya intención es "mejorar la competencia y la innovación" dentro de la región y posibilitar que las pequeñas firmas puedan competir con las más grandes.
Cédric O, secretario de estado encargado de Transición Digital de Francia, destacaba en su momento que la UE ha sido el primer organismo que ha actuado de forma "decisiva" en este campo y esperaba que otras potencias sigan este camino, tal y como pasó con el Reglamento General de Protección de Datos (GDPR, por sus siglas en inglés).
Limitar los privilegios de los 'gatekeepers'
En concreto, la DMA pretende limitar la posición privilegiada de los gatekeepers o "guardianes de acceso", que se caracterizan por un volumen de negocio anual de, al menos, 7.500 millones de euros en la UE en los últimos tres años o una valoración de mercado de 75.000 millones de euros.
Además, deben contar con más de 45 millones de usuarios finales mensuales y, como mínimo, 10.000 usuarios profesionales establecidos en la mencionada región.
También, controlar uno o varios servicios básicos en, por lo menos, tres estados miembros, entre los que se incluyen mercados electrónicos, tiendas de aplicaciones, motores de búsquedas redes sociales o asistentes de voz, entre otros.
Multas de hasta el 20% de la facturación
La ley dispone que las firmas que cumplan los criterios deberán garantizar el derecho de los usuarios a darse de baja de los servicios básicos de plataforma en condiciones similares a las de suscripción, no podrán imponer un software por defecto en la instalación del sistema operativo y tendrán que garantizar la interoperabilidad de las funcionalidades básicas de sus servicios de mensajería instantánea.
A la par, deberán permitir a los desarrolladores de las aplicaciones acceder en igualdad de condiciones a las funcionalidades auxiliares de los teléfonos inteligentes, dar a los vendedores acceso a sus datos de rendimiento de comercialización o de publicidad en la plataforma e informar a la Comisión Europea de las adquisiciones y fusiones que lleven a cabo.
Las compañías afectadas tampoco podrán clasificar sus propios productos o servicios de manera más favorable que los de otros participantes en el mercado o reutilizar los datos personales recabados durante la prestación de un servicio para llevar a cabo otro.
Asimismo, no podrán establecer condiciones injustas a los usuarios profesionales, preinstalar determinados programas de aplicaciones o imponer a los desarrolladores de aplicaciones la utilización de determinados servicios.
El organismo regulador precisa que, de incumplir estos criterios, las multas podrían alcanzar hasta el 10% de su volumen de negocio total y, en caso de reincidencia, esta cantidad se podrá incrementar hasta el 20% e incluso conllevar una investigación derivada por la CE, así como "medidas correctoras estructurales o de comportamientos".
La innovación, en el punto de mira
Hace unos meses, D+I se puso en contacto con los portavoces de algunas de las grandes tecnológicas afectadas por la entrada en vigor de esta medida, entre ellas Apple o Google.
Desde la compañía de la manzana se mostraban preocupados por esta legislación que, en su opinión, paralizaría la innovación y la eficiencia del mercado. A la par, señalaron que "creará vulnerabilidades innecesarias de privacidad y seguridad para sus usuarios".
Mientras, desde la firma dueña del famoso buscador apuntaron que, aunque apoyaban muchas de las ambiciones, creían que podría reducir la disrupción y "la capacidad de elección de los europeos".
Por su parte, fuentes de la UE consultadas por D+I se mostraron contrarias a esta idea y señalaron que la DMA pretende crear condiciones equitativas en el sector digital y que, por tanto, la entrada de un mayor número de actores y, así, de más competitividad, se traducirá en un aumento de la innovación, no al contrario.
DMA y DSA, las claves para la autonomía tecnológica europea
No obstante, la DMA no viene sola a cambiar la regulación europea, sino que lo hace acompañada de la Ley Servicios Digitales (Digital Service Act, DSA), que tiene como objetivo obligar a las grandes plataformas digitales a moderar sus contenidos, retirar los ilegales y hacer los algoritmos más transparentes.
En concreto, la DSA, cuya publicación en el Diario Oficial de la UE se espera para antes de que finalice el año, afectará de forma directa a todos los intermediarios digitales que ofrezcan sus servicios en esta región, ofreciendo una "mejor protección a los usuarios y sus derechos" y definiendo "un conjunto único de reglas en el mercado interno que favorecerá que las pequeñas plataformas se expandan".
Según apuntan desde la asociación DigitalES, ambas normas, la DMA y la DSA, representan dos piezas fundamentales de las bases jurídicas de la Europa digital del futuro y van a jugar un papel muy importante en el objetivo de que Europa ostente una mayor autonomía tecnológica.