La Fiscalía del Tribunal Supremo apoya a Mediaset y a los periodistas de la cadena Cuatro que fueron demandados por los nietos de Francisco Franco a raíz de la emisión en televisión de un reportaje sobre la herencia del dictador.
Dos sentencias previas, del Juzgado de Primera Instancia número 43 de la capital y de la Audiencia Provincial de Madrid, ya habían considerado que los nietos del Generalísimo no tenían razón en su demanda y avalaron la emisión del reportaje La herencia del dictador, el programa En el punto de mira. Aquel programa fue retransmitido en abierto el 22 de julio de 2018, un antes de la exhumación de los restos de Franco del Valle de los Caídos.
Pero los nietos del dictador presentaron en el Tribunal Supremo un recurso de casación contra este fallo, que fue admitido a trámite. Y, ahora, en un escrito fechado el pasado 30 de noviembre y al que ha tenido acceso EL ESPAÑOL, el fiscal Carlos Ganzenmüller solicita a la Sala Primera del Alto Tribunal que desestime las pretensiones de los Franco.
Los herederos del dictador consideran que la emisión del reportaje vulneró su derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen, pese a que sus peticiones no sólo cayeron en saco roto por la vía civil, sino también por el flanco penal. La Justicia también archivó su querella contra Mediaset, los autores del reportaje y los expertos que participaron en él, sin llegar a celebrarse un juicio.
En su escrito, el fiscal subraya que en el reportaje "no se traslada objetivamente al receptor (...) la idea de que los demandantes estén cometiendo delitos en la administración y disposición del patrimonio heredado".
Tampoco se difundieron "expresiones vejatorias ni afrentosas" contra ellos, señala la Fiscalía. Uno de los entrevistados en el programa fue Jimmy Jiménez-Arnau, quien fuera marido de Merry Martínez-Bordiú, una de las nietas de Franco.
Y "ni siquiera el señor Giménez-Arnau" aporta datos sobre la vida privada de los demandantes, indica el fiscal. Lo que sí hizo fue "limitarse a opinar sobre aspectos tangenciales de la personalidad de quienes fueron sus parientes, sin desvelar nada del marco íntimo protegido".
"El visionado del programa televisivo objeto de controversia muestra que el mensaje cardinal trasladado al espectador es el modo que tuvieron los abuelos de los demandantes de obtener su patrimonio, especialmente el inmobiliario", añade el escrito.
A ojos del fiscal, lo que a sí relató aquel reportaje es que los Franco "están viviendo de lo heredado de su abuelo", algo que confirmaron varios entrevistados y expertos, que emitieron opiniones sobre su "derroche e improductividad".
Reportaje neutral
En contra de lo sostenido por los nietos de Franco en su recurso, Ganzenmüller considera que la mayor parte del programa sí cumplió con los requisitos del denominado "reportaje neutral".
Es decir, que Cuatro trasladó opiniones de expertos y recogió informaciones ya conocidas, sin alterarlas ni manipularlas. Y, por eso, al tratarse de una mera difusión de datos públicos, la cadena del grupo Mediaset, tal y como establece la doctrina del Tribunal Constitucional, quedaría exonerada del contenido de las declaraciones ajenas. Porque, simplemente, las recoge y transmite.
Además, el Ministerio Público concluye que dichas informaciones no ocasionaron una intromisión ilegítima en el derecho al honor, "pues, con independencia de las opiniones y valoraciones realizadas por quienes intervienen y la voz en off, no se introducen datos falsos o comentarios que alteren la verdad de los ya conocidos".
Tampoco se manipularon las declaraciones de los testigos ni se afea a los herederos del dictador las conductas que los expertos que fueron entrevistados —como el prestigioso investigador Javier Otero Bada— sí reprocharon a Francisco Franco y su mujer, Carmen Polo.
No obstante, la Fiscalía del Supremo admite que una parte del programa puede no encajar en esta definición de "reportaje neutral". En el punto de mira reveló que uno de los nietos del dictador, Francis Franco Martínez-Bordiú, mantenía un conflicto con las inquilinas de un inmueble que había adquirido, debido a la renovación de los alquileres.
El programa difundió los testimonios de dos mujeres que narraron ante las cámaras que fueron engañadas para renunciar a sus contratos con prórroga forzosa y firmar otros nuevos, menos beneficiosos para ellas.
Y esa información sí era novedosa. Por tanto, exige un grado de comprobación superior a quien la difunde. Aunque en el reportaje no se entrevista a Francis Franco ni a ningún empleado de su sociedad para recabar su versión, el grado de diligencia de los periodistas, a ojos de la Fiscalía del Supremo, sí fue suficiente.
"Y si lo anterior es claro y manifiesto, (...) todavía más palmario resulta la ausencia de intromisión ilegítima en el derecho a la propia imagen", subraya el Ministerio Público. Y recuerda que todas las imágenes emitidas por Cuatro en las que aparecen los demandantes "se tomaron en lugares públicos".
Por todo ello, la Fiscalía del Tribunal Supremo manifiesta su oposición al recurso de casación interpuesto por los herederos de Francisco Franco y pide desestimarlo.