El juez de la Audiencia Nacional Manuel García-Castellón, quien reabrió la investigación por el asesinato de Miguel Ángel Blanco, ha citado como investigados a los jefes de ETA Mikel Albisu Iriarte (alias Mikel Antza), María Soledad Iparaguirre (Anboto) y José Javier Arizcuren Ruiz (Kantauri).
Para convocar a este último, García Castellón ha acordado emitir una nueva Orden Europea de Detención y Entrega a Francia, ya que, como adelantó EL ESPAÑOL, las autoridades galas se habían opuesto a que declarase por estos hechos por defectos de forma en la petición de la Justicia española.
En un auto de 20 páginas, fechado este mismo viernes y al que ha tenido acceso este periódico, García-Castellón indica que precisará en una resolución futura la fecha y hora de las declaraciones. Les imputa por los delitos de secuestro terrorista y asesinato terrorista.
Asimismo, ha declarado "la prescripción de los delitos que se imputan" a otro jefe de ETA, Ignacio Miguel Gracia Arregui (alias Iñaki de Rentería).
La banda terrorista asesinó al concejal del PP en Ermua Miguel Ángel Blanco el 13 de julio de 1997, tras haberle secuestrado tres días antes. Por ello, este domingo (día 10) se celebra el vigesimoquinto aniversario de su secuestro.
El juez acuerda la citación de estos tres jefes de ETA tras analizar un extenso informe de la Guardia Civil que apunta a los miembros de la cúpula de la banda armada como quienes ordenaron el asesinato —aunque no lo cometieran personalmente— y tuvieron en su mano impedirlo.
Según señala García-Castellón, los investigados, pese a no ser los ejecutores materiales, tuvieron "una participación en comisión por omisión, atendida la posición de dominio que ostentaba el órgano ejecutivo de la organización terrorista con capacidad real durante las más de 48 horas en las que se prolongó el secuestro, para poder detenerlo, pudiendo deducir de la negativa a hacerlo una intención manifiesta en la producción del resultado".
El magistrado también recuerda que estos jefes de ETA "eran plenamente conscientes de la posición de mando que ostentaban" y "de su amplia capacidad de actuación" para "ordenar" los ataques y también frenarlos.
La banda terrorista estaba fuertemente jerarquizada y en su cúspide se situaba este comité, denominado zuba, al que pertenecieron Anboto, Kantauri y Mikel Antza; cada uno, con unas responsabilidades propias.
"Pese a los múltiples llamamientos que, tras el secuestro de la víctima, se produjeron por parte de la gran mayoría de la sociedad civil española y de la clase política dirigente en ese momento, los miembros del comité ejecutivo de ETA no realizaron ningún acto para que finalizara el secuestro", reprocha el juez.
"Secuestro o en la cabeza"
La causa se deriva de una querella de la asociación de víctimas Dignidad y Justicia, presidida por Daniel Portero. El Ministerio Fiscal también se había mostrado a favor de citar como investigados a los etarras.
"Teniendo en cuenta el modo de actuar de ETA en el que su principal estructura directiva, su comité ejecutivo, era el órgano donde se decidían, planificaban, dirigían y autorizaban las acciones terroristas que cometían los comandos de acción de ETA, se considera improbable que una acción terrorista como la llevada a cabo contra
el concejal del Partido Popular don Miguel Ángel Blanco Garrido en 1997, su secuestro y su posterior asesinato, fuese realizada por un comando de ETA sin que mediase una decisión y una planificación previa, así como unas órdenes concretas y específicas, emanadas de la principal estructura directiva", resume el auto.
Los dos autores materiales del asesinato ya fueron condenados. Se trata de los integrantes del comando Donosti Javier García Gaztelu (Txapote) e Irantzu Gallastegui (Amaia).
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Tal y como recuerda la Fiscalía, fue el jefe de ETA Kantauri quien comunicó por carta a otro comando de liberados, el Vizcaya, "lo importante" que resultaba para la banda el secuestro de concejales del PP para chantajear al Estado, en el marco de la llamada estrategia de desestabilización.
"Si no podéis hacer un secuestro, darle en toda la cabeza. Pero tened en cuenta que es el secuestro lo que crea inestabilidad y contradicciones mayores por su dureza", les advierte en una de estas misivas, publicadas por este periódico. Poco después, otro comando secuestró a Miguel Ángel Blanco.
"La víctima de esta acción, en su calidad de miembro del citado partido político, se había convertido en objetivo preferente de ETA, no ya del comando Donosti [el que le secuestro y asesinó], sino de toda la organización terrorista, a través del comité ejecutivo de la misma, que en el verano de 1997 buscaba con urgencia secuestrar y asesinar a un cargo electo de la referida formación", concluye García-Castellón.
Para decretar el sobreseimiento de la causa contra Iñaki de Rentería, el magistrado explica que "el momento de su detención" —15 de septiembre del año 2000— es en el que "deberá computarse, a efectos de la prescripción", el plazo de 20 años que el Código Penal vigente entonces establecía para los delitos castigados con 15 o más años de prisión. Por ello, a día de hoy, en 2022, los hechos habrían prescrito en su caso.