El juez instructor del caso Púnica, Manuel García-Castellón, ha archivado la investigación al empresario Luis Gálvez, dueño de la constructora Ploder, al concluir que no está "mínimamente acreditado" que, como aseguró Luis Bárcenas, entregara una donación de 60.000 euros para el PP de Madrid en la época de Esperanza Aguirre.
El archivo se produce a petición de la Fiscalía Anticorrupción sólo 24 horas después de que Gálvez desmintiera a Bárcenas en una comparecencia ante el juez en calidad de investigado.
El pasado 24 de febrero Bárcenas declaró a García-Castellón, en demostración de su intención de colaborar con la Justicia, que él y el anterior tesorero del PP, Álvaro Lapuerta (ya fallecido), recibieron donativos de constructores "que querían que se aplicasen los fondos directamente a la campaña electoral de Madrid".
El extesorero citó un único caso, el de Gálvez. Aseguró que "en 2007 o 2008" este empresario "nos visitó a Álvaro Lapuerta y a mí" para "entregar 60.000 euros que nos dice que quiere que se empleen para la campaña de Esperanza. Bajamos juntos Álvaro y yo a la primera planta [sede del PP de Madrid en Génova], donde estaban Esperanza, Francisco Granados y Beltrán Gutiérrez, y Álvaro le dio a la presidenta Aguirre el dinero en un sobre".
Luis Gálvez manifestó el jueves al juez que no sólo no hizo esa donación sino que ni siquiera conoce a Bárcenas o a Lapuerta. "Nunca he estado en la sede del PP", aseguró.
"Este magistrado coincide con el criterio de la Fiscalía al constatar que, de las actuaciones practicadas, no se desprende la existencia de indicios racionales de la participación del investigado en los hechos", afirma García-Castellón en una resolución dictada este viernes.
Explica que la citación como investigado de Gálvez "se basaba, en esencia, en las manifestaciones del testigo Luis Bárcenas, quien involucró a éste en los hechos, sin más sustento indiciario que su mera referencia".
"Teniendo en cuenta, por un lado, la falta de indicios que sustentan las manifestaciones de Bárcenas y, de otro, la verosimilitud en la declaración del investigado señalada por la Fiscalía, atendidas las contradicciones observadas, no puede mantenerse la investigación de Luis Gálvez".
También prescripción
El juez entiende además que, de haber existido algún indicio de esa donación, los hechos estarían prescritos dado el tiempo transcurrido.
La fecha en la que se habría producido la "supuesta aportación" sería anterior al 27 de mayo de 2007, fecha de las elecciones autonómicas a las que concurrió Aguirre.
El instructor indica que en ese momento no existía el delito de financiación ilegal de los partidos políticos.
Un hipotético delito de tráfico de influencias -en aquel tiempo castigado con un máximo de un año de cárcel- habría prescrito a los tres años de haberse cometido. Y lo mismo ocurre con un supuesto delito de cohecho.
A este respecto, el juez analiza que "no consta en absoluto que Bárcenas hubiera señalado que la entrega [de la donación] fuera para la comisión de un acto constitutivo de delito o para la realización de un acto injusto no constitutivo de delito, ni que se hubiera traducido en la realización de actuación alguna por el receptor".
Se trataría, por tanto, de una donación que efectuada en consideración a la función de la supuesta receptora, Esperanza Aguirre. Ese delito, llamado cohecho impropio, estaba en aquellas fechas castigado con pena de multa y, por tanto, también habría prescrito a los tres años de su presunta comisión.
"En el supuesto de haber resultado mínimamente acreditado la posible existencia del hecho investigado, que no es el caso, tampoco hubiera sido posible seguir adelante con la imputación al haber quedado afectados por el instituto de
la prescripción los hechos relatados por Luis Bárcenas respecto de Luis Gálvez", concluye el juez instructor.
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