El concejal de Movilidad, Giuseppe Grezzi, junto al alcalde, Joan Ribó, en una rueda de prensa reciente.

El concejal de Movilidad, Giuseppe Grezzi, junto al alcalde, Joan Ribó, en una rueda de prensa reciente.

Comunitat Valenciana ANTIFRAUDE

Compromís mantiene en Valencia el bus turístico del empresario condenado por pagar un soborno

Antifraude reprocha al Ayuntamiento que no haya sacado un concurso público en 7 años y da tres meses para cobrar un canon a la empresa.

7 junio, 2022 01:12
Valencia

Noticias relacionadas

Compromís mantiene desde hace siete años el contrato adjudicado a dedo que regula el autobús turístico de Valencia y cuyo empresario, U. C., acaba de ser condenado en firme por sobornar con relojes de lujo entre 2010 y 2011 al exvicealcalde del PP, Alfonso Grau.

La adjudicación, muy criticada por el equipo que encabeza el alcalde Joan Ribó, sigue vigente gracias a "una prórroga irregular", según ha concluido la Agencia Valenciana Antifraude, y el Ayuntamiento no recibe ni un solo euro en concepto de canon. La empresa únicamente abona una mínima cantidad por la ocupación de espacio público al estacionar en las paradas permitidas, no por el servicio.

Antifraude ha emitido un extenso dictamen en el que rechaza las alegaciones del equipo de Ribó y da un plazo de tres meses al Ayuntamiento de Valencia para que inicie un nuevo proceso administrativo y que la prestación del servicio se realice "en régimen de concurrencia competitiva".

De esta manera, ha concluido el organismo que dirige el abogado Joan Llinares, se lograrían "mayores ingresos públicos para las arcas municipales". Además, Antifraude alerta de que se "ha autorizado una prórroga de forma irregular por cuanto fue solicitada dicha prórroga de forma extemporánea", según consta en el escrito remitido al Ayuntamiento, al que ha tenido acceso EL ESPAÑOL.

Desde 1999, el Ayuntamiento de Valencia autoriza a la empresa Transvía, y desde 2012 también a viajes Privilege, a realizar el servicio de bus turístico por la ciudad y La Albufera sin pagar un solo euro como canon al Ayuntamiento de Valencia. Ambas sociedades están relacionadas con el empresario valenciano U. C., condenado la semana pasada por el Tribunal Supremo a 9 meses y 1 día de prisión por un delito continuado de cohecho.

Según concluyó el Supremo, U. C. hizo los regalos "en atención a que Alfonso Grau era el primer teniente de alcalde del Ayuntamiento, así como director y coordinador general del Área de Dinamización Económica y Empleo de la Corporación local, entre cuyas delegaciones estaba la de contratación".

Los hechos por los que ambos han sido condenados se remontan a las Navidades de 2010 y 2011. El empresario adquirió un reloj Breuguet Classique en la conocida joyería Rabat de Valencia el 29 de diciembre de 2010. Al año siguiente, le compró un Piaget Polo 45 MM Tit AC Cromo.

La sentencia asegura "que los regalos se hicieron por razón de las relaciones comerciales existentes entre las empresas de Urbano Catalán Lorente y el Ayuntamiento de Valencia". 

Pese al paso del tiempo y la alternancia política, el concurso sigue sin salir adelante. El Ayuntamiento ha alegado falta de medios para justificar los retrasos. Se desconoce cuándo estará lista una nueva contratación más ventajosa para el interés público.

Anomalía en España

La prestación del servicio del autobús turístico de Valencia representa una anomalía que no se reproduce en ninguna de las grandes ciudades de España. La denuncia inicial que llegó a Antifraude de manera anónima alertó de que en Madrid o Barcelona, por ejemplo, sí que cobran un importante canon de explotación a las empresas.

De hecho, la sociedad de U. C. presentó una oferta de 2,6 millones al Ayuntamiento de Madrid, aunque no ganó el concurso por quedarse con la segunda mejor puntuación.

El actual concejal de Movilidad en Valencia, Giuseppe Grezzi (Compromís) reconoció en 2016 que este negocio era un "regalo" realizado por el anterior Gobierno local del PP porque la empresa obtiene beneficios explotando un servicio en exclusiva sin tener que pagar nada al consistorio.

Grezzi aseguró entonces que el Ayuntamiento de Valencia perdía al menos medio millón de euros al año y defendió que en otros ayuntamientos, como el Madrid, la UTE que realiza el servicio de bus turístico abona 3 millones de euros al año más un 6% variable.

Igualmente, el regidor explicó que en Toledo ingresan un mínimo de 166.000 euros; y en Barcelona el servicio lo realizan una empresa pública y otra UTE que paga al consistorio.

El concejal hizo públicos estos datos solo unos días después de que la Guardia Civil detuviera a Grau y U. C. por el soborno. Compromís se comprometió a sacar adelante un nuevo concurso cuando venciera la última prórroga del PP, acordada unos días antes de las elecciones de mayo de 2015, para no pagar ninguna indemnización.

Pero han pasado siete años desde el cambio de ciclo político en Valencia y nada se sabe de la promesa de Compromís. El Ayuntamiento continúa prorrogando el contrato sin ingresar ni un euro. "La fórmula empleada es la que menos dinero reporta a las arcas municipales", ha lamentado Antifraude.

El organismo ha pedido que se le notifique "los responsables políticos" y "el personal del ayuntamiento" que deberá sacar adelante un nuevo concurso público, en el caso de que acepte su dictamen. El Ayuntamiento no está a obligado a seguir las recomendaciones de Antifraude.

La condena

El Supremo ha concluido que el empresario Catalán hizo los regalos a Grau mientras sus empresas se beneficiaban de este acuerdo excepcional. U. C. negó el cohecho y alejó que cuando se compraron los relojes estaba de viaje en Andorra.

En cambio, ha afirmado el TS, el argumento "es un descargo no sólo extraño al cauce procesal empleado, sino inconsistente para la prueba existente".

"Frente a la afirmación de los responsables de la joyería de que la compra la realizó el recurrente, y frente a una prueba documental que evidencia que el reloj se facturó primero al acusado, luego a una empresa del recurrente, acreditando también que Urbano Catalán asumió el pago de la adquisición e informó de los motivos de la compra a la Administración Tributaria, nada aportan unas facturas de gasto en Andorra durante los días 28 y 29 de diciembre", recoge la sentencia.

"Nada acredita que las facturas respondan a la presencia personal del acusado en ese país o que no realizara la compra por encomienda o aun telefónicamente, o incluso recogiendo los objetos en cualquier día entre el 28 de diciembre y el día que el otro acusado retornó el reloj al comerciante, concretamente el 9 de enero de 2012", ha concluido el TS.