Una joven de Albacete ha conseguido cancelar la deuda de 114.000 euros que le quedó después de avalar a sus padres gracias a la Asociación de Ayuda al Endeudamiento, que la ha podido resolver aplicando la Ley de Segunda Oportunidad.
Aprovechando su estabilidad laboral y económica, M.A. quiso ayudar a sus progenitores avalando los diferentes préstamos y tarjetas que necesitaban para reflotar su negocio. La intención no era mala, pero no supuso una solución definitiva a la falta de ingresos de sus seres queridos.
En esta tesitura, sus padres decidieron declararse insolventes y todo el dinero fue reclamado a la avalista, a quien resultaba inviable afrontar esa cuantía. Así, un mes más tarde decidió acogerse al mismo procedimiento que ellos y acudió a la Asociación de Ayuda al Endeudamiento, entidad especializada en procesos de liberación y negociación de deudas.
Los letrados, que llevaban el caso de sus padres, escucharon su caso y aconsejaron la tramitación de la Ley de la Segunda Oportunidad.
Desde el inicio, los abogados de la entidad aseguraron que eliminarían cualquier obligación que le pudieran reclamar. Así lo explica Pepe Domínguez, letrado de la entidad: “Además de las deudas reclamadas a su nombre por impago de sus padres, su figura como avalista se elimina de todas las obligaciones existentes”.
Pasos para cancelar las deudas
Desde el primer momento, la deudora obtuvo el primer beneficio del proceso. Se presentó un escrito ante el juzgado correspondiente informando de la situación de los deudores y comenzó un periodo de negociaciones. El respiro económico fue inmediato, ya que no tuvo que pagar nada estando protegida de embargos hasta el final del proceso.
Posteriormente, se presentó ante notario un plan de pagos acorde con sus ingresos intentando un acuerdo con los acreedores, que mostraron su negativa a aceptar tal propuesta. Este rechazo sirvió para demostrar la buena fe de los deudores y permitirles el perdón de toda la deuda.
Dóminguez ha afirmado que este deja de ser un requisito para acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad desde el 26 de septiembre de 2022. “El acuerdo extrajudicial de pagos deja de ser obligatorio para justificar la buena fe del solicitante. Realmente no ha cumplido con su propósito inicial que era, precisamente, evitar concursos de acreedores. Los acreedores por regla general siempre rechazaban o no atendían a las propuestas de convenio. Es una buena noticia que no sea preceptivo, ya que se agilizan los trámites, se acortan tiempos y se ahorran costes en honorarios de notaría y mediador concursal, el cual deja de existir”, indica.
Finalmente, los abogados hicieron efectiva esta solicitud presentando la demanda de concurso frente al Juzgado de Primera Instancia N.º 7 de Albacete. Tras comprobar que estos cumplían todos los requisitos, se aprobó la exoneración del 100 % de la deuda acumulada.
Requisitos para tramitar la Ley
Para tramitar la Ley de la Segunda Oportunidad es obligatorio que el interesado tenga insolvencia, que no haya estado en concurso en los últimos cinco años ni haya sido exonerado en 10 y, por supuesto, que no haya sido condenado por delitos socioeconómicos.
En el caso de la albaceteña, una vez comprobados estos presupuestos, se dictó la sentencia concediéndole el BEPI (Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho) para dejarla libre de los 113.986,23 euros que tenían que pagar.