Segundo congreso de mujeres cigarreras españolas.

Segundo congreso de mujeres cigarreras españolas.

Historia LA HISTORIA ES DE ELLAS

Amas de casa, presas del hogar

Ser madres y ocuparse del hogar fue una actividad incompatible con trabajar fuera de casa a partir del 15 de agosto de 1927, cuando se prohibió el trabajo nocturno femenino en España.

6 agosto, 2016 09:20

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El 15 de agosto de 1927, un decreto ley del Gobierno español estableció "un descanso mínimo y continuo de 12 horas para todas las mujeres, sin distinción de edad, empleadas en fábricas, talleres y demás explotaciones y establecimientos industriales y mercantiles" para el período nocturno. Se consideraba que era "el intervalo de las nueve de la noche a las cinco de la madrugada siguiente". Las numerosas mujeres que trabajaban en las fábricas de sectores como el textil o el del tabaco en esos turnos debían dejar sus puestos a sus compañeros varones.

En realidad, la norma no hacía más que confirmar lo establecido en una anterior de 1912 y seguía, en líneas generales, lo establecido por la Organización Internacional del Trabajo (OIT). La razón aducida fue que era un grave error separar a las mujeres de su labor como amas de casa: se establecía que el ser madres y ocuparse del hogar era una actividad incompatible con trabajar fuera de casa, y se consideraba que, de esta manera, no sólo se protegía a las familias, sino también a las mismas mujeres. Había quien incluso enarbolaba que era una forma de prevenir la posible caída femenina en la prostitución.

Mujeres trabajadoras en la antigua fábrica de cerillas de Tarazona.

Mujeres trabajadoras en la antigua fábrica de cerillas de Tarazona.

La norma fue una conquista por parte de los sindicatos y el socialismo español. Los empresarios se opusieron con uñas y dientes, pero no porque creyeran en la igualdad: en realidad, les era muy conveniente el contar con mujeres en sus fábricas y negocios. Escudándose en las características físicas y en una supuesta menor capacidad para el trabajo, los jornales femeninos eran sensiblemente inferiores a la de sus compañeros masculinos. Por ello, el empresariado luchó con fuerza para evitar la reducción de la jornada laboral y la prohibición del turno de noche para las mujeres (como antes había sucedido con los niños).

Las obligaciones

En el otro extremo, el decreto ley fue muy bien recibido por el movimiento obrero por cuanto, se pensaba, contribuiría a incrementar los salarios y favorecería que el hombre pudiera ganar dinero suficiente como para mantener él solo a toda la familia. El problema era que, de esta manera, se prejuzgaba que la labor primordial de la mujer debía ser ocuparse del hogar y los hijos; si traía algún salario a casa debía ser, en todo caso, un complemento secundario a esa labor principal.

Evidentemente, en el debate la opinión de las mujeres fue inexistente: fueron exclusivamente hombres los que debatieron lo que se suponía que era mejor para ellas, y no se llamó a ninguna obrera para conocer lo que pensaba. Y eso, a pesar de que, desde el arranque de la Revolución Industrial, la mujer había tenido una presencia muy importante en las fábricas, donde compartía las mismas pésimas condiciones que los varones, aunque con menor sueldo.

Escudándose en las características físicas y en una supuesta menor capacidad para el trabajo, los jornales femeninos eran sensiblemente inferiores a la de sus compañeros masculinos 

Junto a esta medida, se implementaron otras como la prohibición de que las mujeres se dedicaran a labores consideradas "peligrosas" y el establecimiento de medidas de protección a la maternidad, estableciendo períodos de descanso antes y después del parto y la reserva del puesto de trabajo para que la madre pudiera reincorporarse después.

Pero las supuestas buenas intenciones de la prohibición del trabajo nocturno quedaban al descubierto si uno se fijaba en las excepciones. Así, quedaban fuera de la prohibición "las mujeres dedicadas al servicio doméstico, las que trabajan a domicilio y las que trabajan en talleres de familia"; nadie se preocupaba, pues, de las sirvientas de las clases altas ni de las mujeres que trabajaban en casa: en esos casos, no parecía tan importante el cuidado de los hijos.

La explotación

Tampoco en el caso de situaciones excepcionales en las fábricas (como un accidente), picos en la actividad agrícola, en el de las que trabajaban en hospitales o como cuidadoras (labores atribuidas tradicionalmente a las mujeres), los espectáculos públicos (donde se podían trabajar hasta cuatro horas del período nocturno) o en los talleres con dos turnos de trabajo diurnos. En todos estos casos, la supuesta protección de la mujer frente a los intereses del empresario quedaba en un segundo lugar.

Mujeres en una fábrica de salazón de Bermeo (1920).

Mujeres en una fábrica de salazón de Bermeo (1920).

La norma de 1927 fue la base para que, durante el franquismo, se mantuvieran las limitaciones al trabajo femenino. Había muchas restricciones para las mujeres casadas y, por supuesto, la prohibición del trabajo nocturno se mantuvo vigente. No fue hasta la llegada de la democracia y, sobre todo, a las necesidades de adaptar la normativa a las exigencias europeas, que terminó eliminándose cualquier restricción al sexo en el trabajo nocturno y la igualdad se convirtió, aunque no sin dificultades, en el criterio último para la selección laboral. Antes, en aras de un presunto proteccionismo de la familia, lo que se consiguió fue poner trabas en muchos casos insuperables para que las mujeres pudieran desarrollar carreras laborales plenas, unos prejuicios cuyos resabios todavía de vez en cuando resuenan en nuestro día a día.