Antonio de Felipe, condenado a reconocer la coautoría de Fumiko Negishi en 221 cuadros
La Audiencia de Madrid obliga al artista valenciano a comunicar a los compradores que las obras no son de su exclusiva realización.
2 junio, 2021 11:40Noticias relacionadas
El pintor Antonio de Felipe, apodado por algunos medios como 'el Warhol español', ha sido condenado por la Audiencia Provincial de Madrid a reconocer que 221 obras firmadas por él en solitario fueron, en realidad, realizadas en coautoría con la artista japonesa Fumiko Negishi, tal como ella ha venido sosteniendo en los últimos cinco años.
La Sección 28 de la Audiencia, especializada en Derecho Mercantil, ha declarado que 221 cuadros de De Felipe -entre ellos sus obras más emblemáticas, como las series de Marilyn o de Audrey- no fueron ejecutadas únicamente por el pintor valenciano sino también por Negishi, que tuvo una "relevante contribución" en esas creaciones y tiene el "derecho moral de reconocimiento de la autoría".
De esta forma, los jueces condenan a De Felipe a comunicar a los compradores de sus cuadros la coautoría de Negishi y a emitir un certificado en consonancia con esa realidad.
Además, "puesto que las obras han sido objeto de publicitación por catálogo y de pública exposición en múltiples y diferentes lugares atribuyéndolas a la autoría exclusiva del demandado", la Audiencia condena a Antonio de Felipe a publicar un anuncio, a su costa, en una revista del sector del arte de difusión nacional admitiendo la coautoría de la pintora en esas 221 creaciones.
"Con ello se contribuirá a prevenir que las obras pudieran circular ni ser expuestas sin la mención de la coautoría de Negishi", afirma la Audiencia en una sentencia con ponencia del magistrado Enrique García y que estima en lo sustancial la tesis de las abogadas de la pintora, Cruz Sánchez de Lara y María José Rodríguez Rojas.
Negishi demandó a De Felipe en octubre de 2016 pero sus pretensiones fueron desestimadas, con dudas, por el Juzgado Mercantil número 3 de Madrid. Este fallo ha sido revocado ahora en la fase de apelación, tras quedar probado que De Felipe elegía la temática de la obra, entregaba a Fumiko fotografías o incluso le proporcionaba bocetos, "pero quien procedía a la ejecución personal de la pintura del cuadro, plasmando en imágenes lo planeado, era Fumiko Negishi, aunque De Felipe incluía también, según el caso, de su propia mano, líneas, manchas o grafismos de diversas formas".
También quedó probado que Antonio de Felipe González viajaba con frecuencia a diversas partes del mundo y quien acudía a diario a pintar al estudio era Negishi, "lo que permitió que se alumbrara durante el período de colaboración entre ambos una muy fecunda obra pictórica, que fue divulgada bajo la firma del primero".
Despido improcedente
De Felipe despidió a Fumiko el 31 de marzo de 2016 alegando que su situación económica era delicada, despido que fue declarado improcedente por el Juzgado de lo Social.
La Audiencia remarca que el hecho de que entre ambos hubiera una relación de carácter laboral, siendo Fumiko empleada de De Felipe, "no resulta incompatible con que ella pudiera efectuar una labor artística y adquiriese derechos morales sobre la obra creada, tales como la autoría".
"La existencia de dependencia laboral no implicaba, necesariamente, que se borrase todo resquicio de aportación artística por parte del empleado a favor del empleador, por tratarse éste, a su vez, de un artista", añade. Ello dependerá de la real aportación de uno y otro a la creación.
Para los jueces, la acomodación de Fumiko Negishi al estilo 'pop art' ("de lo que era capaz al estar dotada de la destreza y de la cualificación técnica precisa para ello, así como el seguimiento de las premisas marcadas por De Felipe"), "no implica una abdicación, por completo, de la aportación artística que efectuaba al ser ella quien pintaba los cuadros".
Fuerza creativa "indiscutible"
Negishi accedió, a cambio de ser retribuida, a plasmar en el lienzo lo que Antonio de Felipe le pedía ("en realidad, operaba ante ella como encargante del cuadro", dice la Audiencia), pero lo hizo "conforme no sólo a su dominio de la técnica pictórica, sino también fruto de su capacidad artística para conseguir que una realidad preexistente se plasmase en un soporte material con una fuerza creativa indiscutible".
La sentencia destaca que, aunque De Felipe "tratase de negarlo" en el juicio, reconoció a la prensa, en concreto en un artículo publicado por EL ESPAÑOL, que Fumiko pintaba en sus cuadros, "lo que denota la patente contradicción en la que ha incurrido".
Para el tribunal, son "múltiples" los indicios que permiten concluir que la tarea de Fumiko Negishi "no era algo accesorio, sino central en la realización de los cuadros".
En primer lugar, su cualificación como pintora artística profesional, lo que denota que el encargo "no se hacía a un aprendiz ni a un neófito".
En segundo término, la "significativa retribución" que percibía, "que no se compadecía con una labor de mera ayudantía como la que describió el demandante, que insinuaba, paradójicamente, que el grueso del trabajo de la actora consistía en empaquetar cuadros, cubrir zonas con cinta de pintor, realizar tareas administrativas, etc, lo que no se aviene con lo que, en un contexto de mayor espontaneidad, había declarado ante la prensa".
En tercer lugar, la dedicación diaria de Fumiko al estudio, "que contrasta con las significativas ausencias del mismo de Antonio de Felipe".
Rol "relevantísimo"
"Es difícil pensar que el demandante, por sí solo, sobre todo con el ritmo de vida que éste llevaba (continuos viajes de promoción, etc), no negado por él y documentado además en autos, hubiera podido conseguir que sus ideas fueran llevadas al lienzo, y de manera tan manifiestamente fecunda, pues las obras ejecutadas son numerosas, si no hubiera contado con la aportación artística de Fumiko".
"No discutimos que Antonio de Felipe tuviera un papel primordial en el alumbramiento de la idea, pero resulta bastante claro que Fumiko Negishi tuvo un rol relevantísimo en su ejecución y para eso hace falta, porque de otra forma es francamente difícil poder conseguirlo, poner en juego una capacidad de expresión artística propia", concluye a Sala de apelación.
El resultado final, afirma, fue el fruto de una suerte de "simbiosis artística" fruto de la colaboración entre dos profesionales de la pintura, "uno capaz de imaginar escenografías sugestivas, Antonio de Felipe, y otra capaz de expresarlas en un lienzo, Fumiko Negishi, en colaboración con aquél e incluso accediendo a sus indicaciones, en la fase de ejecución de la obra pictórica".
"He recuperado mi honor"
Además de obligarle a reconocer la coautoría y a comunicarla a los compradores y galeristas, la Audiencia condena a Antonio de Felipe a pagar las costas derivadas de la primera instancia del litigio.
EL ESPAÑOL se ha puesto en contacto con la artista japonesa, "muy contenta" porque la sentencia, dice, contiene "todo" lo que solicitaba, y "muy agradecida" con todas las personas que la han apoyado desde el inicio del proceso, en 2016. Celebra Fumiko que el tribunal "refleja una realidad" y considera su fallo "un paso para cambiar el mundo del arte" porque "todo trabajo ha de ser reconocido".