Julio Iglesias en una imagen de archivo.

Julio Iglesias en una imagen de archivo. Gtres

Famosos TRIBUNALES

La Fiscalía pide cuatro años de cárcel para el hermano de Julio Iglesias por fraude a Hacienda

Los hechos, según relata la Fiscalía, tienen su origen en la venta de unos terrenos en Vicálvaro (Madrid).

13 octubre, 2023 12:45

La Fiscalía de Madrid pide cuatro años de prisión para Carlos Iglesias, hermano del cantante Julio Iglesias (80 años), por defraudar supuestamente junto a otro empresario 19 millones de euros a Hacienda en 2001 al no tributar la venta de varios terrenos alegando que tenían la residencia fiscal en Panamá.

La Audiencia Provincial de Madrid sentará en el banquillo este martes 17 de octubre al hermano del cantante, para quien la Fiscalía pide también en su escrito de conclusiones provisionales una multa de 98,2 millones de euros y le acusa de un delito contra la Hacienda Pública.

En su escrito, el ministerio público también solicita la misma pena para un segundo empresario, si bien éste ya ha fallecido, de modo que el juicio solo se dirigirá contra Carlos Iglesias.

Los hechos, según relata la Fiscalía, tienen su origen en la venta de unos terrenos en Vicálvaro (Madrid) por la entidad Rolimpa Trading Corporation a dos sociedades españolas por un importe total de 46,2 millones de euros.

Estas operaciones se pagaron por transferencia bancaria y el destinatario final fue una cuenta del banco Continental de Panamá, en la que estaba autorizado Carlos Iglesias.

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El cantante en uno de sus conciertos en Mónaco.

El cantante en uno de sus conciertos en Mónaco. Gtres

A su vez, las acciones de Rolimpa pertenecían a una mercantil que era propiedad de una sociedad de Carlos Iglesias quien, además, fue apoderado de la propia Rolimpa Trading Corporation hasta el 2 de marzo de 2001, "compartiendo dicho poder" con el otro acusado, aunque cuando este se revocó, según la Fiscalía, continuó gestionando la sociedad.

El ministerio fiscal cree que "con el fin de procurarse un beneficio fiscal ilícito", Carlos Iglesias no declaró el Impuesto de la Renta de No Residentes de esta mercantil, que se declaraba residente fiscal en Panamá, ni tampoco tributó por las ganancias obtenidas en esta operación.

Y aunque en febrero de 2001 formalizó un contrato para vender la totalidad de sus acciones de Ganivet Investment S. A. -que tenía a su vez las acciones de Rolimpa- a otra entidad panameña, este documento "no se correspondía a la realidad", pues esta mercantil se constituyó por testaferros del acusado para "simular" esta operación y así "eludir sus futuras responsabilidades tributarias por la operación de venta de los terrenos".

La Fiscalía cree que Carlos Iglesias no ha acreditado que sea residente fiscal en Panamá y sostiene que ha pasado "temporadas en España, donde en el ejercicio 2001 y 2002 tiene sus intereses económicos principales y mayor obtención de renta consecuencia de las ganancias de esta operación", de modo que "ha de considerarse residente fiscal en nuestro país".

También afirma en su escrito que Rolimpa Trading Corporation debe considerarse residente fiscal en España y que, como tal, estaba sujeta al Impuesto de Sociedades del 2001 y no al Impuesto de la Renta de No Residentes, y señala que esta mercantil era "una sociedad de mera tenencia de bienes con un único socio".

Por tanto, añade, Carlos Iglesias, gestor de hecho de Rolimpa y socio y beneficiario último del precio de la venta, debió haber declarado "la ganancia patrimonial por la venta de los terrenos en el Impuesto de Sociedades del ejercicio 2001 de Rolimpa", y también haber incluido en su IRPF de 2002 la base imponible del Impuesto de Sociedades de la mercantil, "deduciéndose después la cuota pagada por dicho" tributo.

Como consecuencia de todo esto, "la cuota defraudada por el Impuesto de Sociedades asciende a 19.650.232,84 euros".

Añade la Fiscalía que "en realidad la cuota dejada de ingresar" ascendería a 19.439.382,27 euros, "si bien en la medida en que procede deducir a esta cuota la cuota pagada en el Impuesto de Sociedades de 2001, una vez realizada la deducción no se ocasionaría perjuicio a la Hacienda Pública por este hecho".