El Supremo corrige a la Audiencia Nacional y permite mantener sus empleos a 92 auxiliares del Banco de España
El organismo admite irregularidades en un proceso de selección realizado en 2018 al que se presentaron 2.849 personas.
6 marzo, 2023 02:39Decisión salomónica del Tribunal Supremo. El órgano judicial soluciona el entuerto causado hace ya cinco años en una selección de personal del Banco de España para cubrir 92 plazas de auxiliar administrativo, a las que se presentaron 2.893 personas.
Los aspirantes que superaron aquellas pruebas y lograron empleo en el organismo podrán mantener sus plazas, mientras que los que denunciaron el proceso podrán ahora repetir la fase del concurso cuestionada.
Éstos últimos, si alcanzan una nota igual o superior a la que obtuvo el último de los que aprobaron con plaza, tendrán empleo en Banco de España. Además, podrán recurrir los salarios y antigüedad debidos, cinco años después.
El organismo presidido por Pablo Hernández de Cos anunció en septiembre de 2017 un proceso de selección para proveer 92 plazas de auxiliar administrativo de caja, en Madrid y sucursales. El concurso constaba de una primera fase eliminatoria de aptitud con tres pruebas -una general de suficiencia, otra de conocimientos teóricos y una tercera de práctica- y una fase de valoración de méritos.
Al proceso concurrieron 2.849 personas; tras la fase eliminatoria de aptitud, el número quedó reducido a 200. A continuación, se procedió a la prueba de valoración de méritos.
Parte de los aspirantes denunciaron que lograron una puntuación excelente en la primera fase y que en la fase de valoración de méritos se vieron reducidos y desplazados al tenerse en cuenta solamente la experiencia de los últimos cinco años. Y también que, en esa segunda fase, primó la arbitrariedad frente a la discrecionalidad técnica, al haber delegado el tribunal las entrevistas a una empresa ajena a Banco de España.
La Sala de los contencioso administrativo de la Audiencia Nacional sentenció, en marzo de 2021, que era procedente "la repetición de la fase de valoración de méritos con el fin de garantizar los derechos e intereses legítimos de todos los aspirantes a ser valorados en las mismas condiciones por el tribunal (...)".
Regusto amargo
Las recientes sentencias del Supremo, como la anterior de la Audiencia Nacional, han dejado un regusto amargo entre los afectados.
Los 92 aspirantes que lograron plaza en el Banco de España han estado sometidos desde la sentencia de la Audiencia Nacional a la incertidumbre sobre el mantenimiento de su empleo.
Los que no aprobaron y recurrieron, a pesar de que ahora podrán reclamar antigüedad y salarios en el caso de superar la prueba, lamentan el transcurso ya de cinco años.
Buena parte de los aspirantes que lograron plaza, representados por Cristina Moscoso del Prado Ucelay, del despacho CMU Abogados, solicitaron en su recurso al Supremo que se matizara la jurisprudencia de los terceros de buena fe, y confirmar que es de aplicación en este caso.
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La Sala de lo Contencioso Administrativo, sección cuarta, del Tribunal Supremo estima dicho recurso de reposición en sentencia fechada el pasado 16 de febrero.
En ella, recuerda que las infracciones determinantes de la invalidez del proceso selectivo "son imputables exclusivamente a la Administración, mientras que los aspirantes que lograron el nombramiento son ajenos a ellas".
Los aspirantes que no lograron plaza y recurrieron, muchos de ellos representados por la letrada María Jesús Valentín Sastre, denunciaron que el tribunal calificador hizo "dejación de funciones y, sin publicidad, acordó delegar en personas ajenas el diseño de criterios y ejecución del proceso de valoración de méritos".
El Supremo indica en su reciente sentencia al respecto que el tribunal calificador del Banco de España puede valerse de colaboradores, pero que esa "labor auxiliar" no excluye "que sea el tribunal calificador el que deba, antes de resolver al respecto, conocerlos en su totalidad (...)".
Banco de España acata la sentencia
"Banco de España acatará los términos de la sentencia, como no podría ser de otra manera", indican desde el organismo a este periódico.
"Aunque la sentencia manifiesta algunas irregularidades en el proceso, también reconoce que el mismo respetó los principios de méritos y capacidad. Es decir, que aquellos que aprobaron, lo hicieron merecidamente", añade.
"Hay que aclarar además que en realidad fueron finalmente 128 aprobados los que entraron", señala Banco de España. "Esto es así porque a los aprobados con plaza hay que añadir los aprobados que se quedaron en la lista de reserva y que entraron posteriormente para cubrir vacantes adicionales a las anunciadas inicialmente cuando se convocó el proceso", explica.