Una mujer en su casa de Aldaia.

Una mujer en su casa de Aldaia. Pablo Miranzo EL ESPAÑOL

Macroeconomía

Declaración de zona catastrófica: estas son todas las ayudas que pueden pedir los afectados por la DANA

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La DANA que ha afectado a todo el litoral mediterráneo, desde Cataluña a Andalucía, y con especial incidencia en la Comunidad Valenciana, se marcha de España. Detrás ha dejado pérdidas tanto materiales como de vidas humanas.

Será el próximo martes, 5 de noviembre, cuando el Consejo de Ministros apruebe finalmente la declaración de zona catastrófica. Una medida que, entre otras cosas, facilitará una serie de ayudas económicas a las víctimas de esta catástrofe natural que ya dejado más de 200 víctimas.

A continuación, te mostramos cuáles son las ayudas que pueden recibir quienes se han visto afectados por la DANA y las correspondientes cuantías económicas a las que tienen derecho.

¿Cuál es la definición de zona catastrófica?

Para responder a la pregunta, hay que remitirse a la ley 17/2015 del 9 de julio, del Sistema Nacional de Protección Civil. Según esta norma, se considera como catástrofe “una situación o acontecimiento que altera o interrumpe sustancialmente el funcionamiento de una comunidad o sociedad por ocasionar una gran cantidad de víctimas, daños e impactos materiales, cuya atención supera los medios disponibles de la propia comunidad”.

Y las ayudas que se pueden conseguir abarcan diferentes campos. Por ejemplo, hay ayudas económicas para particulares daños en vivienda habitual y enseres de primera necesidad; compensación a corporaciones locales por gastos derivados de actuaciones inaplazables; ayudas a personas físicas o jurídicas que hayan llevado a cabo prestación personal o de bienes; y ayudas destinadas a establecimientos industriales, mercantiles y de servicios.

También subvenciones por daños en infraestructuras municipales, red viaria provincial e insular; ayudas por daños en producciones agrícolas, ganaderas, forestales y de acuicultura marina; apertura de líneas de préstamos preferentes subvencionadas por el Instituto de Crédito Oficial: medidas fiscales y medidas laborales y de Seguridad Social.

Otra norma que hay que tener en cuenta es el real decreto ley 11/2019, publicado en el Boletín Oficial del Estado del 20 de septiembre de 2019. En el mismo se adoptan actuaciones urgentes para paliar los daños causados por temporales y otras situaciones catastróficas. 

¿Qué cantidades pueden recibir los afectados?

Según el Real Decreto 307/2005, el Ministerio del Interior es el encargado de gestionar las ayudas para las personas y entidades afectadas por desastres:

-Por destrucción total de la vivienda habitual, se podrá conceder ayuda, según el coste económico valorado de los daños, hasta una cuantía máxima de 15.120 euros.

-Por daños que afecten a la estructura de la vivienda habitual, referidos únicamente a las dependencias destinadas a la vida familiar, se concederá una cantidad correspondiente al 50% de los daños valorados, no pudiendo superar la ayuda la cantidad de 10.320 euros.

-Por daños que no afecten a la estructura de la vivienda habitual, se concederá una cantidad correspondiente al 50% de dichos daños según valoración técnica, no pudiendo superar la ayuda la cantidad de 5.160 euros.

-Por destrucción o daños en los enseres domésticos de primera necesidad de la vivienda habitual que hayan resultado afectados por los hechos causantes de la solicitud, se concederá una cantidad correspondiente al coste de reposición o reparación de los enseres afectados, que no podrá ser en ningún caso superior a 2.580 euros.

-Por daños en elementos comunes de uso general de una Comunidad de Propietarios en régimen de propiedad horizontal, se concederá una cantidad correspondiente al 50 por ciento de dichos daños, según la valoración técnica, hasta una cantidad máxima de 9.224 euros.

En el caso de fallecimiento, la cantidad es de 18.000 euros por cada miembro fallecido de la unidad familiar o de convivencia. “Idéntica cantidad se concederá en el supuesto de incapacidad absoluta y permanente del miembro de la unidad familiar o de convivencia, siendo el beneficiario la persona declarada en dicha situación”, explican en el Ministerio de Interior.

Por último, y para daños en elementos comunes de comunidades de vecinos, se pueden otorgar hasta 9.224 euros. Esa cantidad se repite en el caso de titulares de negocios industriales, comerciales y de servicios. Los gastos realizados por corporaciones locales en actuaciones urgentes pueden ser cubiertos entre el 50% y el 100%.