Absuelven a una mujer acusada de estafar casi 60.000 euros a un hombre del que cuidaba para comprar una casa en Burgos
La Sala considera que no está acreditado si la firma del documento de cancelación del préstamo fue realizada por la víctima, la acusada o un tercero
2 octubre, 2023 14:35Una mujer acusada de estafar casi 60.000 euros a un hombre del que cuidaba y desempeñaba servicios de limpieza en su vivienda ha sido absuelta por la Audiencia Provincial de Burgos. La supuesta víctima, que falleció en 2018, había dejado la cuantía económica a la acusada para la compra de una casa.
La sentencia, a la que ha tenido acceso EL ESPAÑOL - Noticias de Castilla y León, considera probado que la mujer trabajó desde 2007 y hasta 2017 en favor del hombre, cambiando su condición en febrero de 2016 para trabajar siete horas diarias por las patologías que sufría la presunta víctima y necesitando de atención continua y distintos cuidados hasta el 13 de febrero de 2018, cuando falleció el varón.
El hombre tenía una incapacidad reconocida del 82%, si bien "no afectaba a su facultades mentales, las cuales conservaba plenamente". Fue en junio de 2016 cuando se suscribió en contrato de préstamo en favor de la acusada, llegando a un acuerdo de devolución en 12 años a razón de cuotas mensuales de 400 euros.
El contrato fue gestionado por una gestoría que ya había realizado otras acciones con el hombre y la acusada abonó la cuota durante siete meses, habiendo llevado a cabo una devolución de 2.800 euros. Fue en enero de 2017 cuando la presunta víctima acudió hasta la gestoría para manifestar que quería cancelar el contrato, matizando que ya había quedado "arreglado y que no le debía nada".
Por ello, redactaron un documento de cancelación que fue entregado a la acusada, precisando esta que la supuesta víctima no podía acudir en persona y siendo entregado al día siguiente firmado. No obstante, el escrito judicial relata que "no ha resultado acreditado" que la firma que aparece en dicho documento haya sido realizado por él mismo, la acusada o una tercera persona.
Asimismo, tampoco ha quedado demostrado que la acusada engañase al hombre para que le prestase el dinero y posteriormente para cancelar la deuda y condonar ésta. Tras el fallecimiento del hombre, sus tres hijas, una vez comprobaron que no había fondos en las cuentas bancarias y averiguar el destino del dinero, solicitaron a través de un buró-fax a la acusada el importe sin que esta lo realizase.
A pesar de que la Fiscalía y la acusación particular solicitaban una pena de 3 años y seis meses y cuatro años de prisión respectivamente para la acusada, la Audiencia Provincial de León ha absuelto la misma de los delitos de estafa y apropiación indebida, así como de la responsabilidad civil.