Inadmiten la nulidad de actuaciones por el presunto asesinato de un policía en Ourense
Esta nueva resolución ratifica el archivo de la causa, en la que se investigaba a dos hermanos por, supuestamente, orquestar como un suicidio la muerte de un compañero de la comisaría ourensana
12 abril, 2024 09:51La Audiencia Provincial de Ourense ha dado a conocer la inadmisión del incidente de nulidad de actuaciones por la muerte de un policía en la comisaría de Ourense, solicitada por una de las acusaciones particulares.
La sala señala que "el promotor del incidente trata de utilizar el cauce procesal como nueva instancia jurisdiccional ordinaria" con la que procura "contrarrestar la fundamentación jurídica sustantiva del auto de 29 de enero", por el que se acordó cerrar el caso del presunto crimen de la comisaría de Ourense.
Así pues, inadmiten a trámite el incidente de nulidad por "no cumplir los requisitos de admisibilidad". Contra esta decisión ya no cabe presentar recurso.
El pasado mes de enero la Audiencia Provincial de Ourense decidía cerrar el caso del presunto crimen de la comisaría de Ourense, ocurrido en el 2016, en el que estaban investigados dos gemelos también pertenecientes a la Policía Nacional.
En enero la Audiencia trasladaba que había estimado los recursos de apelación interpuestos tanto por los hermanos investigados como por el Ministerio Fiscal contra el Auto de Transformación en Procedimiento del jurado con fecha 9 de mayo de 2023, dictado por el Juzgado de Instrucción núm. 3 de Ourense, que revocaba la resolución recurrida y acordaba el sobreseimiento provisional y archivo del procedimiento en una resolución firme contra la que ya no cabe recurso.
En ese auto el tribunal rebatía todos los argumentos escribidos por la juez encargada del caso en el Juzgado de Instrucción número 3, que sostenía que los gemelos habían acabado con la vida de su compañero orquestando un suicidio para ocultar su participación en un robo de armas.
Desde la Audiencia defendieron que "un único indicio sostiene la atribución de la muerte del agente como fruto de una actividad violenta desarrollada por un tercero"; , en concreto, "la posición final en la que quedó la corredera del arma utilizada en situación de apertura".
Alertaban de que "se trata de una indicación ciertamente controvertida cuando sobre un mismo peritaje se impugnan diferentes peritajes", pero indicaban que "aún admitiendo que la muerte pudo ser consecuencia de la acción violenta de un tercero", no encontraban "acervo probatorio con la suficiencia necesaria" para señalar a los hermanos investigados como esa tercera persona.
"El conocimiento que pudiesen tener de este hecho no puede identificarse con su autoría", argumentaban tras lo que indicaban que "tampoco existe constancia de un supuesto móvil" ya que "no hay indicios de que tuviesen miedo a una manifestación inculpatoria de la víctima por el robo de armas" en la comisaría o "por la confección de los anónimos que extendiese la responsabilidad sobre su persona".