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Recurren ante el TSXG el certificado covid en hostelería y el toque de queda en Galicia
El presidente de Vox en Pontevedra ha presentado un recurso contencioso-administrativo contra la orden de la Xunta
7 enero, 2022 19:33SANTIAGO DE COMPOSTELA, 7 Ene. (EUROPA PRESS) –
El Tribunal Superior de Xusticia de Galicia (TSXG) tendrá que pronunciarse de nuevo sobre el uso del certificado covid en toda la hostelería y el toque de queda, entre las 3 y 6 de la madrugada, que estará vigente hasta el próximo 18 de enero.
Lo hará después de que la formación política Vox –que ya lo ha hecho en otros puntos del Estado– haya presentado, a través de su presidente provincial en Pontevedra, Álvaro Díaz-Mella, un recurso contencioso-administrativo contra la Orden del 29 de diciembre de 2021 de la Consellería de Sanidad de la Xunta de Galicia que establece "medidas específicas a consecuencia de la situación epidemiológica derivada de la covid-19 en la Comunidad Autónoma".
Además, la formación política también ha pedido la suspensión cautelar de las medidas adoptadas por la Xunta, que incluyen la obligación de presentar el certificado de vacunación para entrar en los establecimientos de hostelería, ocio nocturno, centros hospitalarios –como acompañantes de pancientes ingresados–, eventos o centros deportivos. También se prohibieron las reuniones de no convivientes entre las 3 y 6 de la madrugada.
En el recurso, se expone que la resolución "vulnera los derechos fundamentales reconocidos en los artículos 14, a la igualdad; 18.1, a la intimidad; y 19, a la libertad de circulación; de la Constitución Española (CE), todos ellos derechos amparados a través del artículo 53.2″.
Recurso
Con respecto al certificado covid-19, el recurso se basa en que la resolución impugnada "es arbitraria, desproporcionada y no supera el juicio de proporcionalidad".
El escrito recoge que "la Orden dictada por el Gobierno de Galicia diferencia entre dos categorías de personas en el acceso a los derechos fundamentales, en virtud de un criterio irrazonable y arbitrario".
En referencia al toque de queda establecido por el Gobierno gallego, el recurso incide en que "vulnera el derecho de protección de los derechos fundamentales de las personas" y recuerda que "la libre circulación de las solo puede ser suspendida con motivo de la declaración del Estado de excepción o sitio".